VIV 3-2025 - SERVICIOS DE DIRECCIÓN DE OBRAS Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE OBRAS DE URBANIZACIÓN-REURBANIZACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁMBITO 3, FASE 1 (CUI BALSAS DE EBRO VIEJO) DE ZARAGOZA A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO EN EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXT GENERATION


Desierto Desierto

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Zaragoza Vivienda
  • Organismo Contratante: SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA, S.L.U.
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 6.996,00€
  • Importe (sin IVA): 6.996,00 € (con IVA: 8.465,16 €)
  • Objeto: La Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda, S.L.U. actúa como Agente Rehabilitador dentro del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de Barrio (Programa 1) regulado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea -Next Generation EU-. En este contexto, y en paralelo a las obras de rehabilitación de los edificios de uso residencial y viviendas dentro del Ámbito de Balsas del Ebro Viejo de Zaragoza que están acometiendo las comunidades de propietarios, Zaragoza Vivienda asume la gestión e impulso de las actuaciones de urbanización y reurbanización de los espacios públicos incluidos dentro del ámbito de actuación correspondiente. Con fecha 14 de mayo de 2024 se adjudicó el Proyecto de urbanización del ámbito a Ariño Cervero Arquitectos S.C.P., habiéndose solicitado al Ayuntamiento de Zaragoza el correspondiente Título habilitante para la ejecución de Obras Ordinarias con número de expediente 5213/2025 y obtenido autorización para la realización de las obras en fecha 17 de marzo de 2025.
  • Duración: 300 días
  • CPV:
    • Servicios de supervisión de obras
    • Servicios de arquitectura, construcción, ingeniería e inspección
    • Servicios de arquitectura para edificios
    • Servicios de consultoría en salud y seguridad
  • Materia:
    • Dirección y Coordinación en Seguridad y Salud en Construcción
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 26 % Tiempo de presencia del director de ejecución a pie de obra

La puntuación aplicable a este criterio será como máximo de 26 puntos. En este apartado se valora la presencia diaria del técnico en la obra durante la jornada de trabajo de la empresa constructora, ejerciendo competencias de dirección de obra. El técnico a pie de obra será el profesional que se haya indicado a los efectos de acreditar la solvencia técnica y se haya adscrito a la ejecución del contrato. La puntuación se otorgará conforme a los siguientes criterios:

• No se oferta el técnico a pie de obra: 0 puntos.

• Se oferta el técnico a pie de obra, con una dedicación del 10% jornada laboral: 13 puntos

• Se oferta el técnico a pie de obra, con una dedicación del 20% jornada laboral: 26 puntos

Subjetivo Otros 6 % Memoria de calidad

La memoria de calidad describirá los planteamientos de la Dirección de Obra referidos a la Calidad de los resultados: Oficina de obra, ejecución de las inspecciones y visitas, informes, controles, documentación, certificaciones, etc., indicando modelos de referencia, comparación con casos realizados, aplicación de fórmulas probadas en otras obras, etc., que demuestren la viabilidad de una dirección enfocada para una obra de calidad.

Subjetivo Otros 4 % Memoria de características de control

La memoria de características de control describirá los planteamientos enfocados al control de la obra (económico, constructivo, documental, de seguridad, etc.)

Subjetivo Otros 15 % Memoria general

La memoria general reflejará un planteamiento global del desarrollo de los trabajos de la Dirección de Obras y la CSS, tanto técnica como económicamente, aplicado a las diferentes áreas o espacios de la urbanización, si esta es susceptible de ello, derivándose de este documento un conocimiento adecuado del proyecto y de las circunstancias en las cuales se realizarán los trabajos. Así mismo se describirá el proceso metodológico con el que se abordará el desarrollo de los trabajos, definiendo un cronograma con las actividades a realizar.En especial se definirán los siguientes aspectos:

1.1) Organización de la Dirección de Obra y CSS, describiendo detalladamente los equipos y medios, la coordinación con las obras de edificación, organigrama, responsables, etc. En el organigrama se indicarán detalladamente los nombres y la cualificación profesional del personal responsable. Dentro de este apartado se acompañará copia de la documentación de solvencia, tanto la general como las condiciones particulares exigidas.

1.2) Programación de las Actividades de Dirección de Obra y CSS, describiendo los trabajos y documentos a elaborar en función de los plazos totales y parciales de la obra, diagramas Gant por fases, calendarios, programación de visitas, etc. En este apartado deberá reflejarse de forma adecuada la coordinación con las obras de acondicionamiento que se llevarán a cabo de forma simultánea a la urbanización

Objetivo Precio 49 % Oferta económica

La puntuación aplicable al criterio de oferta económica será como máximo de 49 puntos. En este apartado la máxima puntuación (49 puntos) se asignará al licitador que presente la oferta económica más baja, que no sea considerada anormalmente baja y que reúna todos los requisitos de los pliegos de condiciones administrativas y técnicas. Al resto de los proponentes, se asignará la puntuación proporcional con una aproximación de dos decimales, según la fórmula que se indica a continuación (a efectos del cálculo de la fórmula, la baja ofertada se aplicará sobre el presupuesto base licitación, sin IVA):

Pn = 49 x (Ob/On)

En donde: Pn Puntuación obtenida para el presente criterio On Precio de la oferta que se valora Ob Precio oferta más baja La oferta económica no podrá superar el presupuesto base de licitación del contrato, IVA excluido. Si no se realiza baja respecto del presupuesto base de licitación del contrato obtendrán cero (O) puntos. El importe de baja requerido vendrá referido a un máximo de dos decimales.

TipoDescripción

a) Relación de los principales servicios realizados en los últimos 3 años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato: en los últimos 3 años el licitador deberá haber desarrollado las funciones de dirección de obra en al menos una actuación de urbanización y/o en edificios de equipamientos o viviendas de titularidad pública o privada cuyo PEM tenga un importe igual o superior a 500.000 €. Acreditación: cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, el licitador propuesto como adjudicatario acreditará los servicios o trabajos efectuados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los certificados deberán indicar el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se deberá atender a los tres primeros dígitos del código CPV del contrato, según el Vocabulario común de contratos públicos aprobado por Reglamento (CE) 2195/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002.La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas (ROLECE) o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón acreditará frente al órgano de contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia técnica y profesional del empresario.

b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad: un técnico con titulación universitaria de Arquitecto, Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniero Civil o Ingeniero Técnico de Obras Públicas, con una experiencia mínima de 3 años en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Se entenderá como tales los trabajos de dirección de obra realizadas en urbanizaciones y edificios de equipamientos o viviendas de titularidad pública o privada. Acreditación: cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, el licitador propuesto como adjudicatario, aportará la titulación universitaria; los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del profesional. Los certificados deberán indicar el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras.

Disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales cada uno de los técnicos adscritos participantes en el contrato tendrán suscritas y mantendrán al corriente de pago las pólizas de seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior a 500.000 € por siniestro que deberá estar vigente durante todo el plazo de ejecución del contrato. Acreditación: cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, el licitador que resulte propuesto como adjudicatario deberá aportar copia de la póliza o certificado expedido por la entidad aseguradora y compromiso vinculante de mantener la vigencia del seguro durante todo el plazo de ejecución del contrato.

TipoDescripción
Condición especial de ejecución del contrato de carácter social relativa al cumplimiento de los pagos a empresas subcontratistas o suministradoras

21.2.1. La mínima generación de residuos, así como su reutilización o reciclabilidad deberá ser tomada en consideración durante la fase de obra, dando cumplimiento a lo establecido en el Anejo de cumplimiento de la ISO 20887 incluido en el proyecto.

21.2.2. Disponer de Sistemas de Gestión Ambiental certificados para los servicios de dirección de obras (EMAS, ISO 14001, o equivalente) o de Sistemas de Gestión Energética (ISO 50001); o disponer de procedimientos e instrucciones de trabajo para la salud laboral y el cuidado del medioambiente, adjuntando los procedimientos para evaluar su solvencia.

21.2.3. Control y supervisión de que todas las maderas y productos de madera utilizados (incluidos mostradores de fibra de madera, contrachapados, DM y otros productos similares) deberán disponer de garantías de procedencia de explotaciones forestales sostenibles, acreditables mediante la certificación de gestión forestal sostenible, de acuerdo con los sistemas de certificación FSC o PEFC u otro sistema de certificación equivalente. Alternativamente, se admitirá la utilización de madera reciclada con certificación, verificable mediante la ficha técnica del producto o documentación que acredite el cumplimiento del estándar “EPF recycled wood” o “FSC recycled”.

Tendrán la clasificación E1 conforme a la norma EN 13986, los materiales de madera tales como:

  • Los tableros de partículas (según UNE-EN 312)
  • Los tableros de fibras (según UNE-EN 622)
  • Los tableros de virutas (según UNE-EN 300)
Condición especial de ejecución del contrato de carácter social referente a los salarios

a) Las empresas licitadoras deberán garantizar que la oferta económica deberá ser adecuada para hacer frente al coste derivado de la aplicación del convenio colectivo sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios / hora de los salarios puedan ser inferiores a los precios / hora del convenio más los costes de Seguridad Social.

b) La empresa adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar a los trabajadores y trabajadoras el salario mensual, en la cuantía y en los periodos establecidos en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.

c) El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de las nóminas del personal que participe en la ejecución del contrato. Se considerará que incumple la citada condición cuando se produzca el impago o un retraso en el abono de las nóminas en más de dos meses. El órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que la empresa contratista ha de hacer a los trabajadores y trabajadoras que participen en la ejecución del contrato. A tal efecto podrá exigir, junto a la factura mensual, una certificación emitida por la representación legal de la empresa acreditativa de que se encuentra al corriente en el pago de las nóminas de acuerdo con las retribuciones fijadas en el convenio y la fecha en que fueron abonadas.

Transparencia y justicia fiscal

Todos los contratistas se comprometen a ejecutar el contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, por lo que los ingresos o beneficios procedentes del contrato serán íntegramente declarados y tributados conforme a la legislación fiscal vigente, sin que en ningún caso puedanutilizarse domicilios fiscales incluidos en algún país de la lista de paraísos fiscales establecida por la OCDE, bien sea de forma directa o a través de empresas filiales o personas interpuestas

Condición especial de ejecución del contrato de carácter social relativa al mantenimiento de la plantilla

La empresa adjudicataria tiene la obligación del mantenimiento de la plantilla adscrita al objeto del contrato, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la Sociedad o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria

Condición especial de ejecución del contrato de carácter social referente al convenio colectivo de aplicación.

a) La empresa licitadora que resulte adjudicataria deberá indicar el convenio colectivo que se aplicará a los trabajadores y trabajadoras que realicen la actividad objeto del contrato, así como facilitar cuanta información se requiera sobre las condiciones de trabajo que, una vez adjudicado el contrato, se apliquen efectivamente a esos trabajadores y trabajadoras.

b) La empresa contratista durante la ejecución del contrato aplicará, a la totalidad de la plantilla adscrita al mismo, las condiciones de trabajo establecidas por el último convenio colectivo sectorial y territorial en vigor en el que se encuadre la prestación contractual o, en su caso, el convenio de empresa vigente que mejore lo dispuesto en el citado convenio colectivo, en cuyo caso aplicará el de empresa.

c) La empresa adjudicataria deberá mantener las condiciones de trabajo de la plantilla adscrita al contrato durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, en los términos del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente vigencia como consecuencia de la ultraactividad. Asimismo, deberá introducir cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable en virtud del convenio colectivo en vigor.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos