0028651-25 - SERVICIO DE REDACCIÓN DEL PROYECTO DE RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA ACERA SUR DE LA CONFLUENCIA ENTRE VÍA HISPANIDAD Y LA N-II


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONCEJALIA DELEGADA DE INFRAESTRUCTURAS Y CICLO INTEGRAL DEL AGUA
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE NUEVAS ACTUACIONES EN VIARIOS
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 25.000,00€
  • Importe (sin IVA): 25.000,00 € (con IVA: 30.250,00 €)
  • Objeto: El objeto del presente contrato es la redacción del proyecto técnico para la reforma integral de la calle incluida en el PCAP: REDACCIÓN DEL PROYECTO DE RENOVACIÓN INTEGRAL DE LA ACERA SUR DE LA CONFLUENCIA ENTRE VÍA HISPANIDAD Y LA N-II. El presente documento tiene por objeto describir los trabajos y definir las condiciones que han de servir para el cumplimiento del objeto del contrato y además, concretar los documentos en cuya realización ha de intervenir el Consultor para que el trabajo pueda ser aceptado por el Ayuntamiento de Zaragoza.
  • Duración: 120 días
  • CPV:
    • Servicios de arquitectura, construcción, ingeniería e inspección
  • Licitadores: 3
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 40 % Oferta económica

La propuesta económica del candidato consistirá en un precio ofertado (IVA no incluido) que no podrá ser superior al presupuesto base de licitación.

Para la valoración de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la puntuación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Np * | √B / Bmax |

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), en este caso 40, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Objetivo Otros 15 % Experiencia del redactor del proyecto

Se valorará la experiencia acreditada en trabajos similares del técnico encargado de la ejecución directa del contrato aludidos en la clausula 9.3 de este Pliego, valorando su participación en condición de redactor de proyecto en los últimos diez años contados a partir la fecha de publicación de la licitación en el perfil del contratante, en uno o varios proyectos de urbanización o renovación de viario en suelo urbanizado o urbanizable que lleven aparejados la construcción o renovación de servicios urbanísticos.

Se otorgará un (1) punto por cada 500.000 € de presupuesto de ejecución material acumulado (sin IVA) de proyectos referidos a obras de urbanización o renovación de viario en suelo urbanizado o urbanizable según legislación urbanística vigente que lleven aparejados la construcción o renovación de servicios urbanísticos, en los que figure como autor.

En el caso de proyectos conjuntos de edificación y urbanización, se tendrá en cuenta solo la parte proporcional de los mismos referentes a urbanización y servicios, debiendo por tanto aparecer diferenciados los importes de cada uno de ellos.

Para la valoración de la experiencia, se aportará un listado de proyectos de obras de urbanización o renovación de viario en suelo urbanizado o urbanizable en los que se figure como autor. La autoría de los proyectos efectuados se acreditará mediante certificados de buena ejecución que se aportarán en el sobre n.º 2, junto con la oferta económica, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario que acredite la intervención de estos sujetos en la realización de la prestación.

En los citados certificados se deberá describir de forma expresa el título del proyecto, el nombre del autor, el presupuesto de ejecución material (sin gastos generales, ni beneficio industrial, ni impuestos), las fechas de redacción de los proyectos, y los destinatarios de los mismos. A tales efectos, la fecha en la que se considerarán efectuados los trabajos será la de finalización indicada en los certificados acreditativos de la realización de la prestación o en su caso en la declaración del empresario.

Subjetivo Otros 15 % Plan de ejecución y programación

se detallará y describirá un calendario o Plan de Ejecución de los trabajos donde se indiquen las tareas a realizar, plazos de obtención de información, instalaciones y ejecución de los trabajos de redacción. Este Plan de Ejecución incluirá, al menos, un diagrama Gantt y un análisis de las principales tareas críticas.

Obtendrán la puntuación más elevada, sin que sea necesariamente la máxima establecida, aquellas propuestas que presenten una planificación y organización de medios que optimicen los trabajos en función de las necesidades a satisfacer.

Igualmente se valorará con mayor puntuación las empresas que realicen un análisis de las medidas para minimizar las desviaciones de la planificación propuesta para la redacción de los proyectos.

Aquellas ofertas en las que, a la hora de detallar su planteamiento, se observe una mera y reiterada reproducción del contenido del Pliego de Prescripciones Técnicas, una profusa vaguedad o una incoherencia palmaria respecto a los trabajos a desarrollar se valorarán con una puntuación baja.

Subjetivo Otros 15 % Propuesta de diseño

se explicará brevemente las opciones de diseño general que existen para proyectar cada zona, calle o avenida, se propondrá la selección de la más adecuada y se definirán los principales detalles, materiales y diseños propuestos. Se valorará positivamente la presentación de croquis, esbozos o planos de planta. Dichos diseños no tienen porqué ser los elegidos finalmente para el proyecto, si bien los diseños propuestos por el adjudicatario podrán ser tenidos en cuenta para el mismo.

Características de la memoria: tendrá un máximo de 50 páginas, con letra Arial o equivalente, de tamaño legible, en tamaño DIN-A4 con planos en DIN-A4 o en DIN-A3. No se estudiará ni se valorará todo aquello que exceda de este número máximo de páginas, a excepción de portada e índice. Se incluirán los 3 apartados mínimos que permitan identificar los 3 criterios de valoración a aplicar. No se deberá incluir detalle alguno acerca de la experiencia de los perfiles que serán objeto de valoración en el sobre n.º2, so pena de exclusión.

Umbral mínimo: al objeto de garantizar una calidad mínima, los licitadores deberán obtener una puntuación mínima de 22,5 puntos sobre los 45 totales en los apartados anteriores relativos a criterios evaluables mediante juicio de valor para continuar en el proceso, de conformidad con el artículo 146.3 de la LCSP. De lo contrario, serán eliminadas del procedimiento de licitación por considerarse que no alcanzan el umbral mínimo de calidad exigible.

Subjetivo Otros 15 % Descripción de los trabajos a realizar

Se pondrá de manifiesto el conocimiento que el licitador tenga de los trabajos a realizar en el servicio así como de la situación actual de la zona afectada con las peculiaridades de la misma: calles, entorno y servicios afectados, afecciones a la movilidad, necesidad de cortes de circulación, etc., para tenerlos en cuenta a la hora de proyectar los trabajos.

Obtendrán la puntuación más elevada, sin que sea necesariamente la máxima establecida, aquellas propuestas que presenten un mayor grado de conocimiento de las necesidades a satisfacer y su adecuación, concreción y coherencia con la naturaleza de los trabajos a desarrollar, valorándose especialmente que la memoria analice, con el suficiente grado de detalle, las peculiaridades específicas y no genéricas que han de ser tenidas en cuenta a la hora de redactar y aprobar el oportuno proyecto. Se valorará la exposición detallada de cómo se van a ejecutar y organizar las distintas partes de los trabajos de redacción, incluyendo descripción de los medios a utilizar.

Se valorará la aportación de un organigrama con las tareas y responsabilidades de cada uno de los miembros del equipo, así como las relaciones entre ellos y la utilización de los recursos en situaciones normales y/o excepcionales de carga de trabajo en la fase de redacción de proyecto.

Se incluirá descripción desglosada de la estructura y medios humanos (sin detalles concretos de los nombres o perfiles) que el licitador propone para la realización de cada una de las tareas necesarias para la redacción del proyecto.

EsteSo pena de exclusión, no se podrá incluir referencia alguna acerca de la experiencia de los perfiles cuya valoración será objeto de valoración mediante fórmula matemática.

Aquellas ofertas en las que, a la hora de detallar su planteamiento, se observe una mera y reiterada reproducción del contenido del Pliego de Prescripciones Técnicas, una profusa vaguedad o una incoherencia palmaria respecto a los trabajos a desarrollar se valorarán con una puntuación baja.

TipoDescripción

De conformidad con el artículo 87.3 b) de la LCSP, considerando que se trata de un servicio profesional, conforme a la disposición adicional cuadragésima primera de la LCSP, se exige la disposición de un s eguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior al valor estimado del contrato (25.000,00€ IVA excluido), acompañado además, de un compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, de conformidad con el Anexo V de este pliego.

El cumplimiento de este requisito se acreditará por medio de un certificado expedido por la aseguradora, en el que consten los importes, los riesgos asegurados, la fecha de vencimiento del seguro, justificante de abono de la póliza del seguro, y documento de compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro.

De conformidad con el artículo 90.1.e) de la LCSP, se exige la presentación de un equipo técnico dirigido por un Arquitecto o Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o cualquier titulación universitaria competente en la materia que cuenten con la titulación habilitante para el ejercicio de sus profesiones.

El cumplimiento de este requisito se acreditará mediante la presentación de fotocopias compulsadas de los títulos académicos de las personas que vayan a realizar la ejecución directa de dichas funciones.

Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal, aquellas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, de conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, su solvencia técnica o profesional se acreditará, así mismo, con las titulaciones académicas anteriormente referidas, según el artículo 90.1.e) de la LCSP.

TipoDescripción
No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, las empresas licitadoras adquirirán con la presentación de sus ofertas el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del convenio colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.

Cláusulas sociales de género

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023. A estos efectos, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo VII del presente PCAPE.

c) En todo caso, y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar mujeres y en función del número de contrataciones, estas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E.

d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual. e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo IX a este Pliego.

Otras clausulas de carácter social

a) En cumplimiento del acuerdo del Gobierno de Zaragoza de 10 de octubre de 2014, es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria viene obligada, durante todo el periodo de ejecución del contrato, a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores/as en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable, que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo de aplicación, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de ultraactividad. Y ello salvo acuerdo explícito entre la empresa y la representación de los trabajadores/as.

b) Es condición especial de ejecución tener disposición la documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando este lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

c) Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos. d) El adjudicatario vendrá obligado a mantener el personal que defina la oferta, tanto en número como en cualificación. La empresa deberá cumplir en todo momento el convenio colectivo sectorial aplicable, así como cualquier otro acuerdo laboral vigente.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos