0044446-25 - ACTUACIONES PROFESIONALES EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD PARA EL CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 1627/1997 DE 24 DE OCTUBRE, RELATIVAS A LOS PROYECTOS Y OBRAS DE LA DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 24 % Memoria técnica: planificación del servicio
Objetivo Otros 7 % Experiencia adicional.
Objetivo Otros 10 % Reducción de los plazos
Subjetivo Otros 24 % Memoria técnica: calidad del trabajo a desarrollar
Objetivo Precio 35 % Oferta económica
TipoDescripción
Tecnico

Cláusula 12.2 PCAPE: De conformidad con los artículos 90.1 a) y 90.2 de la LCSP, el empresario acreditará su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando importe, fechas (por anualidades) y destinatario, público o privado, de los mismos. A estos efectos, se considerarán servicios de igual o similar naturaleza, aquellos trabajos encaminados a garantizar la adecuada protección de los trabajadores; concretamente, la seguridad y salud en las obras de construcción en sus fases de proyecto y ejecución de trabajos. El importe anual acumulado que el empresario deberá acreditar como ejecutado en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, será igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, al menos, 46.280,99 € (IVA excluido) – correspondientes al 70% de la anualidad media del contrato.

Economica

 Cláusula 12.1 PCAPE: De conformidad con el artículo 87.3.b) de la LCSP, considerando que se trata de un servicio profesional, se exige la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por un importe no inferior al valor estimado del contrato (370.247,92 euros IVA excluido), acompañado de un compromiso de renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato, de conformidad con el Anexo III de este pliego.

Tecnico

 Adscripción de medios personales:

De conformidad con lo estipulado en el artículo 76.2 de la LCSP, se deberá adscribir a la ejecución del contrato los siguientes medios personales mínimos, que deberán estar permanentemente disponibles durante el desarrollo de los trabajos.

  • Responsable general del contrato. Un Técnico competente en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción, que será el interlocutor general con la Administración Municipal y coordinador del resto del equipo. Con titulación de Arquitecto/Arquitecto Técnico o Ingeniero/Ingeniero Técnico, o titulaciones universitarias equivalentes. Deberá acreditar una experiencia mínima de 5 años en trabajos relacionados con la materia objeto del servicio. 
  • Responsables específicos de los trabajos. Dos Técnicos competentes en materia de Seguridad y Salud en obras de construcción, que serán los titulares de la coodinación en materia de seguridad y salud durante el proyecto y la ejecución de las obras. Uno de ellos con titulación de Arquitecto/Arquitecto Técnico y otro con titulación de Ingeniero/Ingeniero Técnico, o titulaciones universitarias equivalentes. Ambos deberán acreditar una experiencia mínima de 5 años en trabajos relacionados con la materia objeto del servicio
TipoDescripción
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer

Cláusula 27.2 PCAPE: documentación, imágenes... lenguaje no sexista, evitando discriminación y fomentando igualdad: Plan para la igualdad entre hombres y mujeres; porcentaje de mujeres en caso de nuevas contrataciones; medidas contra el acoso; informes con datos porcentuales desagregados por edad y sexo; mínimo tres medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral

Consideraciones de tipo social

Cláusula 27.1 PCAPE: no minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores según convenio coletivo aplicable al presentarse la oferta. Cláusula 27.2.b, párrafo 2: reserva legal del empleo a personas con discapacidad o medidas alternativas. Cláusula 27.3: mantenimiento plantilla de personal mínimo adscrito al contrato, que se controlará en todo momento

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos