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Según la Ley 11/2014 de Prevención y Protección Ambiental de Aragón en su anexo V, esta es una actividad excluida de licencia ambiental de actividad clasificada, por lo tanto, el procedimeitno a seguir es la solicitud de licencia urbanistica y apertura (X414) por declaración responsable (modelo 440) y tramite conjunto.

En caso de que el local tenga antecedente y no necesite de obras, la tramitación será una licencia de apertura (X547) por comunicación previa (modelo 430)

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Para los locales de uso comercial, con superficie menor de 2500 m2 , se necesitan, en caso de tener antecedente y no necesitar obras:

  • Solicitud en impreso normalizado (modelo 430) que contendrá, entre otros, los datos de identificación y de notificación ( nº, piso , letra, teléfono, fax)
  • Etiqueta o en su defecto fotocopia del NIF o DNI.
  • Copia de la Autoliquidación de la Tasa según Ordenanza Fiscal nº 13.
  • Memoria técnica que acredite el cumplimiento de medidas de prevención de incencios..
  • Plano del local y de emplazamiento firmado por técnico competente.
  • Declaración, (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad, que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT-).

Si el aforo es mayor de 100 personas, en lugar de Memoria técnica, hay que presentar Documentación técnica.
En ambos casos, si se van a realizar obras, habrá que solicitar además licencia urbanística, que se tramita en trámite y resolución conjunta, procedimiento X414 por declaración responsable.

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