Ayuntamiento

Licencia urbanística y ambiental de actividad clasificada, acondicionamiento de local X448

Descripción

  • Instancia-formulario normalizada (modelo 450).
  • Fotocopia del NIF/DNI
  • Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
  • Declaración (en el caso de no estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.) y no ejercer la actividad, que recogerá el epígrafe(s) en el que se encuadrará) o copia del alta en el mismo si ya ejerce la actividad, o de alta en el Censo (Modelo 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria).
  • Justificación de pago electrónico o copia de Documento de ingreso de la Autoliquidación de las Tasas Urbanística, Actividad y publicación en el Boletín Oficial (Ordenanzas Fiscales 13 y 11).
  • Un Proyecto técnico de Obras, dos cuando se trate de Casco Histórico o Pública concurrencia y tres cuando se den las dos circunstancias anteriores, referido a la cartografía municipal, suscrito por técnico competente y visados por el Colegio Oficial correspondiente si el proyecto tiene por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

    Casco Histórico y Conjunto de Interés y edificios Catalogados:

    • Fotos del edificio y de la fachada en los supuestos en que sean necesarias para informe de la Comisión Municipal de Patrimonio o Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de la Diputación General de Aragón.
    • Plano Cartográfico en formato digital (CAD) georeferenciado sobre la cartografía municipal y alineaciones oficiales y con la información geométrica básica del ámbito de proyecto objeto de licencia (Desarrollo en planta con expresión de alturas de la edificación, retranqueo a linderos, dimensiones de los mismos, etc) suscrito por el técnico autor del proyecto.
    • Plano de alzado de la situación actual
    • Plano de alzado de la situación reformada
  • Dos Proyectos técnicos de Actividad, suscritos por técnico competente o tres Proyectos cuando el expediente debe remitirse al Instituto aragonés de gestión ambiental o a informe del Servicio de Prevención de Incendios, referido a la cartografía municipal.
    A estos efectos, deberá tenerse en cuenta el Anexo de la Orden de 28-11-96 de la Diputación General de Aragón en virtud de la cual la calificación de la actividad se realizará por la Ponencia Técnica Municipal o por el Instituto aragonés de gestión ambiental del Gobierno de Aragón.
    El proyecto deberá contener como mínimo las siguientes particularidades:
    • Hoja de características de la actividad o instalación.
    • Definición del emplazamiento y situación del local y usos permitidos según el Plan General de Ordenación Urbana.
    • Descripción de las características del local, con indicación de la distribución de superficies.
    • Descripción detallada de la actividad, indicando materias utilizadas, proceso de trabajo y almacenamientos.
    • Relación nominal de máquinas, motores y elementos de carácter productivo de la actividad, con indicación de la potencia de los motores en C.V. y de los demás elementos en Kw. Situación de estos en planos de planta, sección y alzado así como las medidas correctoras proyectadas.
    • Descripción de las instalaciones de confort, higiénicas y de servicio (ventilación, calefacción, iluminación, etc.), con indicación nominal de aparatos y potencias.
    • Descripción de las posibles incidencias de la actividad o instalación sobre el medio ambiente (ruidos, vibraciones, humos, gases, olores, aguas residuales, residuos sólidos, etc.).
    • Todas las actividades susceptibles de generar ruido deben de cumplir la Ordenanza Municipal en materia de ruidos y vibraciones de 2001.
    • Dicha ordenanza en su art. 32 distingue el grado de aislamiento que en función de los horarios deberá exigirse a las distintas actividades.
    • En el art. 41 regula el grado de molestia máxima admisible dentro de una vivienda de cualquier fuente de ruido: de 8 h. a 22 h. 40 ó 45 dbA. De 22 h. a 8 h. 27 ó 30 dbA.
    • Relación y descripción detallada de las medidas correctoras previstas que eviten las posibles incidencias sobre el medio ambiente, incluidos, en su caso, los cálculos justificativos correspondientes, según las Ordenanzas Municipales y demás normativa vigente.
    • Plano parcelario de emplazamiento a escala 1:1.000 con la situación de la actividad o instalación, abarcando una zona mínima de 50 metros en torno a la misma.
    • Plano de planta del local a escala 1:100 en relación con el resto de la planta del edificio, incluyendo accesos y comunicaciones interiores, así como los usos de los locales colindantes.
    • Planos de planta y sección a escala 1:100 de los locales de la actividad o instalación, reflejando en ellos las máquinas y elementos, así como las medidas correctoras indicadas. La escala de los planos podrá variarse por razones técnicas, debidamente justificadas por el técnico firmante.
    • Presupuesto de las instalaciones proyectadas, con precios actuales de mercado.
    • Estudio de Protección contra Incendios según la Ordenanza Municipal, que se presentara como anexo al proyecto.
    • Datos de la actividad con respecto a su incidencia en el tráfico rodado, según el Plan General de Ordenación.
    • Anexo de Supresión de Barreras Arquitectónicas.
  • Estudio de gestión de residuos de construcción y demolición como documento integrante del proyecto (Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, de producción y gestión de residuos y Ley 3/2009, de 17 de junio, Urbanística de Aragón D.A. 8ª y Decretos del Gobierno de Aragón nº 262/2006 y 117/2009).
  • Fianza por la generación de residuos prevista en el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, de producción y gestión de residuos y Ley 3/2009, de 17 de junio, Urbanística de Aragón D.A. 8ª y Decretos del Gobierno de Aragón nº 262/2006 y 117/2009).

En las actividades reguladas por Reglamentos, Disposiciones, Ordenanzas especiales, se completará la documentación indicada con los datos específicos correspondientes, a saber:

  • Garajes (sólo comerciales; Anexo VII, apartado d) 8, Ley 7/2006).
    • Número de plazas.
    • Dimensión de plazas y pasillos.
    • Rampas y gálibos.
    • Señalización.
    • Cálculo justificativo de la ventilación.
    • Cálculo, en su caso, del sistema de detección y control.
    • Plano de sección completa de rampas.
    • Se especificará si se encuentran comunicados con las viviendas.
  • Estaciones de Servicio
    • Determinación de la zona, según arts. 19 a 24 del Reglamento de 10 de abril de 1980.
    • Plano a escala adecuada, con situación de la estación en relación con el núcleo de población más cercano y de la gasolinera más próxima. (sólo si radica en suelo no urbanizable, ver art. 6.1.19.5 de las Normas Urbanísticas del PGOUZ 2007).
    • Distribución de la superficie total de terreno en viales de circulación, depósitos de almacenamiento de carburante e instalaciones, edificios auxiliares.
  • Industrias de la alimentación
    • Se indicarán con detalle las condiciones higiénico-sanitarias del local, características del agua, productos a utilizar, conservación y envasado, así como garantías de la salud del personal, todo ello de acuerdo con la Reglamentación Técnico- Sanitaria que afecta a la actividad.
  • Actividades Agropecuarias
    • Justificación de las Directrices Parciales Sectoriales sobre Actividades e Instalaciones Ganaderas aprobadas por Decreto 94/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la revisión de las Directrices Sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas (BOA nº 106, de 5 de junio de 2009), corrección de errores del Decreto 94/2009, de 26 de mayo (BOA nº 142, de 24 de julio de 2008), en lo referido a licencia de actividad.
  • Supermercados
    • En caso de actividades de supermercados y autoservicios, cuando el local exceda de 1.000 m2 deberá justificar la reserva de carga y descarga en vía pública.
  • Centros o establecimientos sanitarios
    • Se aportará autorización administrativa de instalación o modificación del centro o establecimiento sanitario expedido por la D.G.A.
  • Otros
    • En fondas, hostales, hoteles, etc., se especificará el número de habitaciones de que disponen.
    • En actividades en suelo no urbanizable la documentación señalada en el título sexto de las Normas del Plan General según tipo de actividad. Deberá aportarse asimismo Impreso cumplimentado de Declaración de vertido en las siguientes actividades:
      • Toda actividad que utilice agua con un destino distinto del domestico.
      • Actividades que supongan almacenamiento de productos susceptibles de añadirse al vertido.
      • Talleres de reparación, pintura de vehículos con carácter general.