Plan de Ajuste

Plan de Ajuste ya ha finalizado . El tercer trimestre del 2017 fue el último informe

Las Corporaciones Locales deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas antes del día 31 de enero de cada año o antes del día 30 del primer mes siguiente a la finalización de cada trimestre, si se trata de Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo de los aftículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el informe sobre la ejecución del plan de ajuste, con el siguiente contenido mínimo:

  • Resumen trimestral del estado de ejecución del presupuesfo. Si se trata de Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo delos artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales también se incluirá información referida a la previsión de liquidación del ejercicio, considerando la ejecución trimestral acumulada.
  • Ejecución de las medidas de ingresos y gastos previstas en el Plan y, en su caso, de las medidas adicionales adoptadas.
  • Comparación de los detalles informativos anteriores con las previsiones contenidas en el Plan para ese año y explicación, en su caso, de las desviaciones.
Presupuestos,
  • Economía
  • Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Actualizado
1
niveles de transparencia
Motivo de publicación:

Obligación

Normativa

Ordenanza de Transparencia

art 21 e) Los informes de auditoría de cuentas y los de fiscalización que se realicen sobre las cuentas municipales, las de las entidades de titularidad o iniciativa municipal y las de las participadas mayoritariamente por el Ayuntamiento

Ficha

  • Fecha de creación 17 marzo 2017
  • Última modificación 20 junio 2022

Datos

  • Última actualización 06 abril 2018
  • Cobertura temporal
    • Inicio 01 enero 2016
    • Fin 30 septiembre 2017
Órgano que genera la información

Intervención General

Motivo de publicación

Obligación

Categorías