IBI: División de recibo de IBI por cotitularidad


Descripción

Procedimiento para la inscripción en el padrón de IBI de la división del recibo entre cotitulares de cara a la emisión de recibos individuales en futuros ejercicios.

Requisitos


Lo podrá solicitar cualquiera de las personas que figuren como cotitulares en un mismo inmueble, podrá solicitar la división del recibo del IBI. Cuando se trate de un bien inmueble en una unidad conyugal en régimen de ganancial, no se podrá realizar la división del recibo entre los cónyuges. La división no se aplicará para ejercicios anteriores a aquel en que se realice la solicitud (es decir, con deudas en periodo ejecutivo). Una vez concedida la división de recibos no será necesario renovar la solicitud para años posteriores, mientras no se modifiquen las condiciones de titularidad y los porcentajes catastrales.

Órgano gestor


Sección Impuesto Bienes Inmuebles
  • Vía Hispanidad, 20 - 50071
  • 976 724560, 3440, 3441, 3438
  • 976 721766
  • Horario: De lunes a viernes: de 8,30 a 13 h