Adquisición derivada de concesión de licencias (X209)
Se trata de las adquisiciones de Suelo procedentes del proceso urbanizador y edificatario.
El art. 31.4.b del Texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, exige la cesión gratuita de los terrenos afectados por las alineaciones y rasantes establecida, en proporción no superior al 15% de la superficie de la finca, por lo que deberá indemnizarse el exceso de cesión.
NORMATIVA
Con carácter general:
PROCEDIMIENTO
Iniciación
De Oficio: escrito procedente del Servicio de Licencias Urbanísticas haciendo constar las obligaciones de cesión de dotaciones públicas o terrenos de cesión obligatoria derivadas de licencias urbanísticas y actividad en tramitación.
A instancia del particular.
- Las solicitudes se presentarán presencialmente en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
- 1) Instancia formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
- 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
- 3) Copia de escritura pública de segregación y cesión (original).
- 4) Ofrecimiento de cesión a favor del Ayuntamiento del suelo destinado a viales o dotaciones públicas emplazadas en su propiedad.
- 5) Plano de emplazamiento con señalización de las alineaciones previstas en el vigente Plan General de Ordenación Urbana.
- 6) Nota simple de Registro de la Propiedad
- Se deberán cumplir las obligaciones tributarias derivadas de la cesión (pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos documentados. La cesiónde suelo para viales y chaflanes está exenta de dicho impuesto.)
El expediente se remite al Servicio de Administración de Suelo y Vivienda para su tramitación.
B.Ordenación e Instrucción
- La Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones emite el correspondiente informe con propuesta de resolución aceptando la cesión de tales superficies, (que deberán segregarse de la finca matriz a través de la escritura aportada por el particular).
*Aceptar la cesión correspondiente:
*Informe Jurídico.
*Comisión Técnica de Asesoramiento.
*Coordinador General de Urbanismo y Sostenibilidad.
C.Terminación
- Inscripción registral a favor del Ayuntamiento de Zaragoza.
- Traslado al Inventario General de Bienes para su incorporación en el mismo.
D.Notificación
- Al interesado en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
E.Traslados
- Servicio de Licencias.
- Servicio de Inventario General de Bienes.
- Servicio de la Sección Técnica de Administración del Patrimonio Municipal del Suelo.
F.Archivo del Expediente
OBSERVACIÓN:En el supuesto de existir cesiones que superen el 15% de la superficie de la finca, se continúa el expediente para valorar y abonar dicho exceso, como si se tratase de la fase de justiprecio y pago de un expediente expropiatorio, previo informe y tasación de la Unidad de Proyectos y Valoraciones, tal y como señalan las Normas Urbanísticas del Plan General.