Plan General, corrección de error de Plan General
Última actualización: 16 octubre 2015
Concepto:
Su objeto es la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en el Plan General de Ordenación Urbana.
Unidad Responsable: DIRECCIÓN DE SERVICIOS DE PLANIFICACIÓN Y DISEÑO URBANO
NORMATIVA
Con carácter general:
- Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley Urbanística de Aragón en materia de planeamiento urbanístico.
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza (PGOUZ)
PROCEDIMIENTO
A Iniciación
- Las solicitudes se presentarán por los siguientes medios:
- Electrónicamente a través de www.zaragoza.es.
- Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
- Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de:
- Identificación: Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.
- Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
- Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
- Documentación necesaria para justificar la existencia del error.
Se dará número de entrada en el Registro General y de expediente a la solicitud, entregándose copia sellada al interesado, que contiene fecha de recepción.
El expediente se remitirá al Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística. - Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de:
B Ordenación e Instrucción
- Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación. Si la corrección de error es a instancia de parte, el informe técnico puede ser favorable o no a la solicitud formulada.
- Informe del Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística, favorable o no a la propuesta planteada, si la corrección de error es a instancia de parte, con propuesta de adopción de acuerdo.
- Trámite de audiencia, en caso de informes desfavorables, durante 15 días hábiles.
- Si se producen alegaciones, análisis técnico y jurídico de las mismas, previo a la elevación de propuesta de acuerdo.
- Propuesta al Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza de la corrección de error planteada o no admisión a trámite de la misma:
- Gerente de Urbanismo.
- Consejo de Gerencia.
- Pleno del Ayuntamiento.
C Terminación
- Acuerdo del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza, favorable o no a la corrección de error planteada.
- Si la resolución es favorable, la Diputación General de Aragón publica el acuerdo en el Boletín Oficial de Aragón.
D Acuse del acuerdo
- El Pleno del Ayuntamiento queda enterado del acuerdo adoptado por el Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
E Notificación
- Si la corrección de error es a instancia de parte, notificación al particular, en el plazo de 10 días desde la fecha de adopción del acuerdo, por medio que se haya hecho constar en la solicitud:
- electrónico, o
- correo-reparto,
- presencialmente.
F Traslados
- Dirección de Servicios de Planificación y Diseño Urbano, para que se proceda a rectificar el error existente en los documentos gráficos y escritos del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza.
- Servicio de Licencias Urbanísticas.
- Sección de Información Urbanística del Servicio de Información y Atención al Ciudadano.
- Servicio de Información Geográfica.
- Infraestructuras.
- Dependiendo de los supuestos, a otros servicios de la Gerencia de Urbanismo.
G Archivo del Expediente