Proyecto de Reparcelación. Iniciativa privada (X124)
Se entiende por reparcelación la agrupación de fincas comprendidas en la unidad de ejecución para su nueva división ajustada al planeamiento, con adjudicación de las parcelas resultantes a los interesados en proporción a sus respectivos derechos y de los terrenos de cesión obligatoria a favor del municipio.
La reparcelación tiene por objeto distribuir justamente los beneficios y las cargas de la ordenación urbanística, regularizar la configuración de las fincas, situar su aprovechamiento en zonas aptas para la edificación con arreglo al planeamiento y localizar sobre parcelas determinadas el aprovechamiento que corresponda al Ayuntamiento.
El proyecto de reparcelación puede ser redactado por la junta de compensación o por el propietario único de los terrenos, en su caso.
NORMATIVA
Con carácter general:
- Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector público y otras medidas de reforma administrativa
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
- Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística.
- Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza (PGOUZ)
PROCEDIMIENTO
A. Iniciación
- Las solicitudes se presentarán presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al Ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20, planta bj.), acompañando la siguiente documentación:
- 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
- 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional.
- 3) Tres ejemplares de proyecto que contendrá la siguiente documentación (artículo 145 T.R. Ley Urbanística de Aragón):
- 1. El proyecto de reparcelación habrá de estar integrado por la documentación que se establece en las disposiciones reglamentarias de aplicación y, en todo caso, deberá contar con:
- a) Memoria.
- b) Relación de propietarios e interesados.
- c) Propuesta de adjudicación.
- d) Tasación de los derechos, edificaciones, construcciones o plantaciones que deban extinguirse o destruirse para la ejecución del plan.
- e) Cuenta de liquidación provisional.
- f) Planos.
- 2. El proyecto de reparcelación incorporará una propuesta de adjudicación, sobre la que en su caso se elaborarán las certificaciones inscribibles en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con las normas sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos de naturaleza urbanística.
- 3. La documentación anterior podrá reducirse o ampliarse en congruencia con el contenido efectivo de cada reparcelación, garantizando el fin que justifica su exigencia.
- 1. El proyecto de reparcelación habrá de estar integrado por la documentación que se establece en las disposiciones reglamentarias de aplicación y, en todo caso, deberá contar con:
B. Ordenación e Instrucción
- Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y, en su caso, de otros servicios municipales (Servicio de Administración de Suelo y Vivienda si hay propiedades municipales).
- Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística.
- Sometimiento a aprobación inicial:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Gobierno de Zaragoza. - Información pública durante el plazo de un mes, como mínimo.
- Publicación en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y Web municipal.
- Audiencia a los interesados incluidos en el ámbito: propietarios, titulares de derechos reales sobre los terrenos afectados por la reparcelación, arrendatarios y cualesquiera otros interesados que comparezcan y justifiquen su derecho o interés legítimo.
- Si hay alegaciones se examinan desde un punto de vista técnico y jurídico, resolviéndose en el trámite de aprobación definitiva, previo traslado al promotor del expediente a fin de que pueda alegar lo que convenga a sus intereses.
- Si el acuerdo de aprobación inicial incluía prescripciones, una vez cumplimentadas éstas y examinadas las alegaciones, se informa el proyecto técnica y jurídicamente.
C. Terminación
- Aprobación definitiva:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Gobierno de Zaragoza.
D. Notificación
- A todos los interesados, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o presencial.
- Publicación del acuerdo de aprobación definitiva en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón.
- Una vez firme en vía administrativa, emisión de la certificación del acuerdo de aprobación definitiva y descripción de las parcelas aportadas y resultantes para acceso del proyecto de reparcelación al Registro de la Propiedad, acompañada de plano diligenciado y con los siguientes requisitos:
1. Que se expida, en ejemplar duplicado, por el Secretario de la entidad u órgano actuante y con inserción literal del acuerdo adoptado.
2. Que se exprese que el acto pone fin a la vía administrativa.
3. Que se hagan constar en ella, en la forma exigida por la legislación hipotecaria, las circunstancias relativas a las personas, los derechos y las fincas a los que afecte el acuerdo.
E. Traslados
- Servicio de Información Geográfica, con un ejemplar del proyecto.
- Servicio de Licencias Urbanísticas, con un ejemplar del proyecto.
- Servicio de Administración de Suelo y Vivienda, con fotocopia de la certificación.
- A los restantes Servicios de la Gerencia de Urbanismo.
F. Archivo del Expediente