Estudio de detalle, iniciativa privada y sus modificaciones (X135)
Figura complementaria del planeamiento que participa de la misma naturaleza de los planes en cuanto destinado a prever, modificar o reajustar alineaciones y rasantes señaladas en los Planes Generales, Parciales o Especiales, ordenar los volúmenes determinados en éstos y completar las condiciones estéticas y de composición de la edificación complementarias del planeamiento
Su contenido posible se circunscribe a prever o reajustar:
- El señalamiento de alineaciones y rasantes.
- La ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del Plan del que traiga causa.
- Las condiciones estéticas y de composición de la edificción complementarias del planeamiento.
NORMATIVA
Con carácter general:
- Decreto 52/2002, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley Urbanística de Aragón en materia de planeamiento urbanístico.
- Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Ordenanzas Generales de Edificación
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza (PGOUZ)
PROCEDIMIENTO
A. Iniciación
Iniciativa privada:
- Las solicitudes se presentarán por los siguientes medios:
a) Electrónicamente a través de www.zaragoza.es.
b) Presencialmente, en el Servicio de Información y Atención al ciudadano (edificio Seminario, Vía Hispanidad, 20), acompañando, en ambos casos, la siguiente documentación:
- 1) Instancia-formulario normalizada que incluye, entre otros, los datos de: Identificación (Etiqueta fiscal o N.I.F. o D.N.I.) y Notificación (calle, número, piso, letra y teléfono / fax / correo electrónico).
- 2) Acreditación de representación, en su caso, tanto a título particular, legal o profesional
- 3) Tres proyectos debidamente visados que contendrán la siguiente documentación (artículo 129 del Reglamento):
- a) Memoria justificativa de las soluciones adoptadas y de la adecuación a las previsiones del Plan que los reclame. Cuando se modifique la disposición de volúmenes se efectuará un estudio comparativo de la edificabilidad resultante por aplicación de las determinaciones previstas en el Plan y de las que se obtienen en el Estudio de Detalle.
- b) Planos de información de la ordenación pormenorizada del ámbito afectado según el planeamiento y de la perspectiva del mismo y su entorno visual.
- c) Planos de ordenación a escala adecuada y, como mínimo, 1:500, que expresen las determinaciones que se completan, modifican o reajustan, con referencias precisas a la nueva ordenación y su relación con la anterior.
Iniciativa municipal:
De oficio remitiendo escrito del Gerente de Urbanismo o, en su caso, del Director de Servicios de Planificación y Diseño Urbano al Registro General a fin de dar número de expediente aportando 3 ejemplares de proyecto que (redactados por los servicios municipales) contendrán la misma documentación que hemos indicado para los casos de Iniciativa Privada.
B. Ordenación e Instrucción
- Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y, en su caso, de otros servicios municipales.
- Informe del Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística.
- Sometimiento a Aprobación inicial:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Consejo de Gerencia.
Gobierno de Zaragoza
- Información pública durante el plazo de un mes, como mínimo.
- Publicación en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón y tablón de anuncios municipal.
- Audiencia a los interesados incluidos en el ámbito.
- Si hay alegaciones se examinan desde un punto de vista técnico y jurídico, resolviéndose en el trámite de aprobación definitiva.
- Si el acuerdo de aprobación inicial incluía prescripciones, una vez cumplimentadas éstas y examinadas las alegaciones, se informa el proyecto técnica y jurídicamente.
C. Terminación
- Aprobación definitiva:
Comisión Técnica de Asesoramiento.
Consejo de Gerencia.
Comisión de Pleno de Urbanismo.
Acuerdo del Pleno de la Corporación.
D. Notificación
- Al interesado, en el plazo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido adoptado, por el medio que se haya hecho constar en la solicitud: electrónico, postal o
presencial.
- Publicación del acuerdo de aprobación definitiva en la sección provincial del Boletín Oficial de Aragón.
E. Traslados
- Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza.
- Servicio de Información Geográfica.
- Servicio de Información y Atención al Ciudadano (Sección de Información Urbanística).
- Servicio de Ingenieria y Desarrollo Urbano.
- Servicio de Licencias.
- Servicio Técnico de Infraestructuras.
- Servicio de Distritos.
F. Archivo del Expediente