DEP09-2025 - OBRAS DE VALLADO DE PROTECCIÓN EN CINCO INSTALACIONES DEPORTIVAS ELEMENTALES DE ZARAGOZA


Desierto Desierto

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S.A.
  • Servicio Gestor: ZARAGOZA DEPORTE MUNICIPAL, S.A.
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 205.818,48€
  • Importe (sin IVA): 205.818,48 € (con IVA: 249.040,36 €)
  • Objeto: Obras de vallado de protección en cinco Instalaciones Deportivas Elementales de Zaragoza
  • Duración: 90 días
  • CPV:
    • Reparación y mantenimiento de instalaciones deportivas
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 90 % Oferta económica

Para la valoración de la Oferta Económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima de 90 puntos, calculando la ponderación de los demás con arreglo a la fórmula:

P = 90 x |raiz cuadrada (B/Bmax) |

Donde, P es la puntuación obtenida, Bmax es la mayor baja ofertada, y B la baja correspondiente al licitador que se valora. La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos, en este caso 90, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). Estos dos últimos valores se podrán aplicar
indistintamente en cuantía monetaria o en porcentaje respecto del tipo de licitación.

Objetivo Otros 3 % Oferta de mejora del plazo de garantía

Se asignarán 1,5 puntos por cada año adicional que se oferte sobre el plazo de garantía de DOS (2) años establecido en la Cláusula 30 del presente Pliego, hasta un máximo de 3 puntos, es decir, DOS (2) años adicionales.

Objetivo Otros 7 % Oferta de mejora de revisión anual y reparación de elementos de cerrajería:

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos, en este caso 90, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). Estos dos últimos valores se podrán aplicar
indistintamente en cuantía monetaria o en porcentaje respecto del tipo de licitación Se asignarán 7 puntos, a las ofertas que presenten durante el periodo de garantía (incluida la posible mejora del plazo de garantía), una revisión anual de los elementos de cerrajería de los vallados: ajustes
de tensores, mallas, grupillas, soldaduras y cualquier otro elemento del vallado susceptible de reparación. Se deberá incluir un informe anual del estado de cada una de las instalaciones.
La valoración de este apartado en función de la opción ofertada es la siguiente NO ADMITIÉNDOSE VARIANTES A LAS 2 OPCIONES DETALLADAS:
 No oferta revisión anual y reparación de elementos de cerrajería 0 puntos
Oferta revisión anual y reparación de elementos de cerrajería durante el periodo garantía (incluida la posible mejora del plazo de garantía) 7 puntos

TipoDescripción
Economica

Los licitadores deberán tener, en el mejor de los últimos tres (3) ejercicios económicos cerrados disponibles (en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas), un volumen anual de negocios igual o superior a 308.727,72 € - IVA no incluido. Ver cláusula 11.1 del PCAPE. De conformidad con el artículo 77.1 de la LCSP, la solvencia, tanto económica y financiera como técnica o profesional, podrá acreditarse mediante la correspondiente clasificación en el siguiente grupo, subgrupo y categoría para la obra: Grupo C (Edificaciones),Subgrupo 2 (Estructuras de fábrica u hormigón), Categoría 2 Umbral: 308727.72 Periodo: últimos tres (3) ejercicios económicos cerrados

Tecnico
  • Relación de las principales obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco (5) años de IGUAL O SIMILAR naturaleza a las que constituyen el objeto del contrato, avalada por certificados de buena ejecución, indicándose su importe, fechas y destino público o privado de los mismos. El importe anual acumulado que la empresa deberá acreditar en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior 144.072,94€ - IVA no incluido. Para las empresas de nueva creación, conforme al artículo 86.1 y 88.1 c) y f) de la LCSP, se indicará la maquinaria, material y equipo técnico del que dispondrá para la ejecución de la obra, al que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del Órgano de contratación, junto con los títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la obra. Ver cláusula 11.2. del PCAPE. De conformidad con el artículo 77.1 de la LCSP, la solvencia, tanto económica y financiera como técnica o profesional, podrá acreditarse mediante la correspondiente clasificación en el siguiente grupo, subgrupo y categoría para la obra: Grupo C (Edificaciones), Subgrupo 2 (Estructuras de fábrica u hormigón), Categoría 2. Umbral: 144072.94 Periodo: últimos cinco (5) año

Tecnico

Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales: Jefe de Obra (Dedicación parcial) Ingeniero o Ingeniero Técnico o Arquitecto o Arquitecto técnico, con experiencia mínima de 10 años en obras similares a las del objeto del contrato. Encargado de Obra (Dedicación completa), con experiencia mínima de 3 años en obras similares a las del objeto del contrato. Ver cláusula 12 del PCAPE.

TipoDescripción
Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra

Sin perjuicio de los análisis y ensayos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Programa de Control, la Dirección Facultativa podrá ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes. Los gastos que se originen serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del uno por ciento (1%) del presupuesto del contrato.

La Dirección Facultativa fijará el número, forma y demás características que deben reunir las muestras y probetas para ensayo y análisis, caso de que no exista disposición general al efecto, ni establezca tales datos el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el programa de control.

Protección de Datos

La empresa adjudicataria estará obligada a someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos, siendo la misma una obligación contractual esencial a los efectos del artículo 211.1.f) LCSP

Condiciones de carácter medioambiental
  • Todos los equipos y maquinaria susceptibles de producir ruidos y vibraciones empleados en las obras deberán cumplir lo establecido en la normativa sectorial que resulte de aplicación.
  • La mínima generación de residuos, así como su reutilización o reciclabilidad.
Cláusulas sociales

De conformidad con la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y entidades del Sector Público Municipal, y con el artículo 41 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón:

  • Toda la documentación, publicidad o imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.
  • Las empresas obligadas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, modificada por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, constando inscrito en el Registro Laboral correspondiente. Son empresas obligadas las indicadas en el artículo 45 y de acuerdo con la disposición transitoria decimosegunda de la citada Ley 3/2007, añadida por el artículo 3.1 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo.
  • La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.
No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2023, con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la
contratista principal asegurar su cumplimiento.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos