0017558-25 - SERVICIO DE CORRECCIÓN, MEJORA Y MANTENIMIENTO DE LA RED DE INFRAESTRUCTURAS PARA USO DE CICLISTAS Y VMP DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ZARAGOZA.


Adjudicación Adjudicación

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: AREA DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 1.150.413,24€
  • Importe (sin IVA): 793.388,43 € (con IVA: 960.000,00 €)
  • Objeto: El presente Pliego Técnico tiene por objeto definir y valorar las actuaciones necesarias para corregir, mejorar y mantener la red de infraestructuras para el uso de ciclistas y VMP (Vehículos de Movilidad Peresonal) del término municipal de Zaragoza. El contrato a cargo del Ayuntamiento de Zaragoza, tiene por objeto enmendar los posibles desperfectos producidos en las infraestructuras para el uso de ciclistas y de VMP, para su normal uso.
  • Duración: 1460 días
  • CPV:
    • Servicios de reparación y mantenimiento
    • Servicios de mantenimiento de señales de tráfico
    • Servicios de reparación, mantenimiento y servicios asociados relacionados con carreteras y otros equipos
    • Servicios varios de reparación y mantenimiento
  • Licitadores: 2
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 75 % P recio

Se otorgará la máxima puntuación al licitador que oferte la mayor baja porcentual, conforme a la siguiente fórmula:

Pi = Pmax * √Bi / Bmax

Donde,

  • Pi = puntuación de la oferta “i”.
  • Pmax = puntuación máxima posible.
  • Bi = baja correspondiente a la oferta “i”.
  • Bmax = baja correspondiente a la oferta más económica.

Se propone otorgar hasta un máximo de 75 puntos a los licitadores que oferten la mayor baja porcentual en en el precio de licitación.

Subjetivo Otros 25 % Memoria descriptiva de la organización de los trabajos

La Memoria describirá la disponibilidad y el modo en que el licitador va a organizar los medios materiales, humanos e instalaciones que pondrá a disposición del contrato, especificando los procedimientos de trabajo a seguir para la realización de los trabajos. Obtendrán la puntuación más elevada sin que sea necesariamente la máxima establecida, aquellas propuestas que presenten un mayor grado de conocimiento de las necesidades a satisfacer y su adecuación, concreción y coherencia con la naturaleza de los trabajos a desarrollar, valorándose especialmente que la memoria analice, con el suficiente grado de detalle, las peculiaridades específicas y no genéricas que han de ser tenidas en cuenta a la hora de realizar el contrato.

La valoración de cada uno de los aspectos incluidos en este apartado, “Descripción de los trabajos” se repartirá, con un máximo de 25 puntos, de la siguiente manera:

• Organización general (hasta 10 puntos)

Se evaluará la manera en que se estructuran y distribuyen las tareas y responsabilidades de la empresa. Se valorará positivamente la optimización la eficiencia en la utilización de los medios materiales y productividad de los medios humanos, valorando la asignación correcta de roles de trabajo de los miembros del equipo (jerarquía, división del trabajo, coordinación interna y con otros servicios municipales, integración de las partes).

Dentro de este apartado también resulta positivo para el Ayuntamiento de Zaragoza el empleo de ropa de trabajo que identifique adecuadamente a los trabajadores, vehículos y maquinaria asignados al contrato. La composición de la imagen corporativa a recoger deberá estar específicamente aprobada por la Unidad de Señalización, Obras y Proyectos de Señalización, y será acordada con el departamento municipal correspondiente.

• Organización de medios materiales y humanos así como su disponibilidad. (hasta 5 puntos)

Se evaluará la idoneidad de los medios materiales propuestos así como las especificaciones de los mismos, con referencia concreta a sus características y a la ventaja que dichos medios pudieran suponer y aportar frente a los exigidos en el pliego y recogidos en cuadro de precios.

• Impacto en la comunidad y en la movilidad de medios no motorizados. (hasta 5 puntos)

Hace referencia entre otros aspectos a la proposición de horarios de trabajo adaptados a las horas punta de empleo de carriles bici, a la garantía de accesibilidad y circulación parcial en los carriles bici, de acuerdo a lo determinado en la Ordenanza de Movilidad de Zaragoza y siempre que los trabajos lo permitan.

• Diseño de las órdenes y partes de trabajo, así como su forma de transmisión de la información entre adjudicatario y responsable del contrato. (hasta 5 puntos)

Se evaluará el diseño y el sistema de transmisión de partes y órdenes de trabajo entre el personal municipal y el del adjudicatario. Se evaluará la capacidad de flujo bidireccional de información, la operatividad del sistema, su adaptación a las labores de mantenimiento de carriles bici, así como su condición de sistema remoto que permita la consulta de órdenes y partes de trabajo.

Todos los aspectos que aparezcan recogidos en la Memoria que presente cada licitador tendrán carácter contractual, siendo exigibles sin contraprestación económica alguna por encima de la oferta económica presentada.

La Memoria Técnica, estructurada en los aspectos valorables no podrá exceder de 30 páginas excluidos diagramas y/o fotografías.

TipoDescripción

El empresario acreditará su solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado, de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media, es decir, 161.057,85 €.

Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acredite la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

2. La acreditación de los requisitos de solvencia económica y financiera, y técnica o profesional se producirá mediante la presentación de la documentación indicada previa solicitud por el Ayuntamiento al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en relación a la calidad-precio. No obstante ello, el órgano de contratación podrá recabar a los licitadores, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, para que aporten la documentación señalada en esta cláusula.

3. No obstante lo anterior, la solvencia podrá acreditarse, a opción del licitador, presentando la siguiente clasificación (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas):

Grupo O, Subgrupo 2, Categoría 2.

De conformidad con el artículo 87.3 a) de la LCSP, el empresario podrá acreditar su solvencia económica y financiera mediante su cifra anual de negocios que, referida al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos, deberá ser igual o superior a 345.123,98 € (1,5 veces el valor estimado anual del contrato).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
CLÁUSUL AS SOCIALES DE EMPLEO

1. Con la presentación de sus ofertas, las empresas licitadoras adquirirán el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del Convenio Colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento.

2. Es condición especial de ejecución tener a disposición documentación completa y verificable sobre los trabajadores y trabajadoras empleados, a presentarla al órgano de contratación cuando éste lo requiera y a advertir a las personas trabajadoras sobre la posibilidad de una inspección por parte de dicho órgano.

3. Es condición especial de ejecución que el contratista deberá abonar puntualmente a los trabajadores/as adscritos a la ejecución del contrato los salarios pactados o legalmente establecidos.

4. Resultará necesario controlar en todo momento la adscripción del número de trabajadores/as fijados en pliegos y/u ofertas exigidos y el desarrollo de sus tareas, para lo cual el contratista deberá enviar, con carácter mensual, un informe de las incidencias producidas en materia laboral incluyendo los documentos de cotización y los certificados de la seguridad social. La empresa estará obligada a cubrir todas las bajas y vacaciones de su plantilla de manera que el número de personal dedicado a las tareas objeto del contrato no sea nunca inferior a la plantilla ofertada.

En caso de incumplimiento de estas condiciones especiales de ejecución. El incumplimiento de estas condiciones especiales será considerado como infracción grave, con sanción del 5% del precio de adjudicación del contrato (IVA excluido) por cada una de ellas con el límite contemplado en el artículo 64 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

C LÁUSULAS SOCIALES DE GENERO

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019.

c) En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y, en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población activa del l.N.E.. (Se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.ine.es/dynt3/inebase/es/index.htm? padre=1004&capsel=1010)

d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato.

f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1. de la lnstrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial.

Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo V a este Pliego.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos