0088714-24 - REFORMA CENTRAL TÉRMICA FRÍO/CALOR EN EDIFICIO DE ZARAGOZA ACTIVA


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGIA Y VIVIENDA
  • Servicio Gestor: DIRECCION DE ARQUITECTURA
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 301.157,22€
  • Importe (sin IVA): 301.157,22 € (con IVA: 364.400,24 €)
  • Objeto: Es objeto del contrato a que se refieren estos pliegos la realización de las OBRAS DE REFORMA DE CENTRAL FRÍO/CALOR EN EDIFICIO DE ZARAGOZA ACTIVA cuyo proyecto anexo figura en el expediente, teniendo sus documentos integrantes carácter contractual, y habiendo sido aprobado por decreto del Consejero Delegado de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda de fecha 18 de octubre de 2024. De acuerdo con el Art. 232 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el tipo de obra a realizar cabe clasificarla como: Grupo a, Obras de primer establecimiento, reforma, restauración, rehabilitación o gran reparación.
  • Duración: 120 días
  • CPV:
    • Trabajos de instalación de calefacción, ventilación y aire acondicionado
    • Trabajos de instalación eléctrica
  • Materia:
    • Reforma y adecuación de edificios
    • Climatización de edificios
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 80 % Oferta económica

Para la valoración de la Oferta Económica se aplicará un cirterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima de 80 puntos, calculando la ponderación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Np x |√ Bi / Bmax|

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), en este caso 80, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax). Estos dos últimos valores se podrán aplicar indistintamente en cuantía monetaria o en porcentaje respecto del tipo de licitación.

Objetivo Otros 10 % Limpieza final completa de la obra

Se considerará limpieza total o completa del edificio, de tal modo que no requiera de ninguna otra limpieza adicional y permita su ocupación inmediata, incluye lavado de tuberías previo a la instalación mediante sucesivos llenados, purga, vaciado y limpieza de filtros. Se valora el compromiso de la empresa de realizar a su cargo la limpieza a fondo por empresa especializada en edificios terminados con 10 puntos, las empresas que no presenten dicho compromiso no obtendrán ningún punto.

Objetivo Otros 10 % Aumento del plazo de garantía

Se asignarán con 10 puntos a las empresas que amplíen en un año el plazo legalmente establecido de dos años, quedando el compromiso de garantía en un total de 3 años, y cero puntos a las que no lo oferten.

TipoDescripción

La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse conforme al art. 88.1.f) con la declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.

• Jefe de obra

Titulación: Ingeniero T. Industrial o Graduado en Ingeniería Industrial o cualquier otra titulación realacionada con el objeto del contrato acorde con las características y complejidad de la obra.

Experiencia mínima: 5 años en obras similares. Deberá poseer la experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato.

• Encargado de obra: Experiencia mínima: 3 años como encargado de obra, en obras similares, avalados por certificados de buena ejecución.

• Técnico especialista: Experiencia mínima: 3 años como técnico especialista, en obras similares. La empresa deberá contar en el equipo técnico, durante los trabajos desarrollados en capítulo 2 del proyecto, con un técnico especialista en sistemas de regulación y control de climatización con Certificación Partner Autorizado.

Las funciones a desarrollar por este técnico especialista son las siguientes:

• Implementar las estrategias de control, identificando los puntos de consigna adecuados.

• Visitar la obra, durante los trabajos específicos de regulación y control con una presencia mínima de 2 horas a la semana. Este número de visitas serán las necesarias para asegurar el cumplimiento de sus funciones, debiendo además personarse en ella, en un plazo nunca superior a 24 horas, siempre que fuese necesario o requerido por la Dirección Facultativa o los técnicos responsables de la gestión municipal.

• Asistir a las reuniones de obra a las que sea convocado por la Dirección Facultativa.

• Elaborar cuantos informes y resto de documentación de obra (planos, mediciones, presupuestos, etc.) específicos en materia de regulación y control a requerimiento de la Dirección Facultativa o técnicos responsables de la gestión municipal.

• Elaborar el programa de mantenimiento preventivo, programa de gestión energética, instrucciones de seguridad, instrucciones de manejo y maniobra, y programa de funcionamiento, de acuerdo a la Instrucción Técnica It 3. Mantenimiento y Uso del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

Como medio material deberá contar con, al menos:

• Un espacio habilitado a disposición de la dirección facultativa o caseta que se pudiera destinar a oficina de la obra.

Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 451.735,83 € (IVA excluido) (1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP y al informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón n.º 4/2021). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
De tipo social

El responsable del contrato podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista ha de hacer a los trabajadores que participan en la ejecución del contrato. A tal efecto, se establece la siguiente condición especial de ejecución con el carácter de esencial, cuyo incumplimiento, será causa de resolución del contrato: - El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de las nóminas del personal que participe en la ejecución del contrato. Se considerará que se incumple la citada condición cuando se produzca un retraso o impago en el abono de las nóminas en más de dos meses. A tal efecto, la Administración podrá exigir, junto a la factura el envío de certificación acreditativa de que el contratista se encuentra al corriente en el pago de las nóminas de los trabajadores que ejecuten el contrato, emitida por el representante legal de la empresa.

De tipo medioambiental

El cumplimiento de lo dispuesto en estudio de gestión de residuos del proyecto técnico

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos