Autorizaciones

Autorización de actividad audiovisual de baja complejidad

Art 4.1 de la Ordenanza Audiovisual.


Se trata de aquellas actividades audiovisuales que cumplan los siguientes requisitos:

  • Máximo 8 personas
  • Máximo 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
  • No causar ningún tipo de afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) ni intervención alguna.
  • Ampara la actividad durante 1 día y máximo en 3 localizaciones
  • No conlleva tasas

Plazo de solicitud mínimo 48 horas hábiles.

Autorización de actividad audiovisual de media complejidad

Art 4.2 de la Ordenanza Audiovisual.


Se trata de aquellas actividades audiovisuales que conlleve o implique alguna de estas condiciones o necesidades:

  • Más de 8 personas
  • Más de 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
  • Que conlleve alguna afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) o la utilización de drones, pero sin efectos especiales, vehículos, armas, fuegos artificiales, animales, etc.
  • Conlleva tasas

Plazo de solicitud mínimo 10 días hábiles.

Autorización de actividad audiovisual de alta complejidad

Art 4.3 de la Ordenanza Audiovisual.


Se trata de aquellas actividades audiovisuales que conlleve o implique alguna de estas condiciones o necesidades:

  • Más de 8 personas
  • Más de 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
  • Que conlleve alguna afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) o la utilización de medios aéreos, nocturnidad, efectos especiales, vehículos especiales, armas, fuegos artificiales, animales, etc.
  • Conlleva tasas

Plazo de solicitud mínimo 15 días hábiles.