Autorizaciones
Autorización de actividad audiovisual de baja complejidad
Art 4.1 de la Ordenanza Audiovisual.
Se trata de aquellas actividades audiovisuales que cumplan los siguientes requisitos:
- Máximo 8 personas
- Máximo 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
- No causar ningún tipo de afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) ni intervención alguna.
- Ampara la actividad durante 1 día y máximo en 3 localizaciones
- No conlleva tasas
Plazo de solicitud mínimo 48 horas hábiles.
Autorización de actividad audiovisual de media complejidad
Art 4.2 de la Ordenanza Audiovisual.
Se trata de aquellas actividades audiovisuales que conlleve o implique alguna de estas condiciones o necesidades:
- Más de 8 personas
- Más de 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
- Que conlleve alguna afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) o la utilización de drones, pero sin efectos especiales, vehículos, armas, fuegos artificiales, animales, etc.
- Conlleva tasas
Plazo de solicitud mínimo 10 días hábiles.
Autorización de actividad audiovisual de alta complejidad
Art 4.3 de la Ordenanza Audiovisual.
Se trata de aquellas actividades audiovisuales que conlleve o implique alguna de estas condiciones o necesidades:
- Más de 8 personas
- Más de 2 equipos técnicos (cámaras, trípodes, sonido, iluminación, etc)
- Que conlleve alguna afección (espacio, tráfico, actividades de terceros, etc) o la utilización de medios aéreos, nocturnidad, efectos especiales, vehículos especiales, armas, fuegos artificiales, animales, etc.
- Conlleva tasas
Plazo de solicitud mínimo 15 días hábiles.