Calendario mensual del Contribuyente

  1. Cuotas periódicas

    Que vencen el periodo voluntario en ABRIL Fin periodo voluntario
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, trimestre.: Noviembre 23/Enero 24 15 de Abril de 2024
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, mes: ENERO/24 AB-01-24 15 de Abril de 2024
    “Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Actividades Callejeras. Venta Ambulante” Clave Recaudatoria VA-12-24 Mes de FEBRERO 2024 15 de Abril de 2024
    “Tasa por Aprovechamiento Especial derivado del Paso de Vehículos de Peso o Tamaño Superior al Autorizado por las Vías Públicas Clave Recaudatoria VA-31-24 03 de Abril de 2024
    “Servicio de ayuda a domicilio. Tasas Kioskos e Industria Callejera. Tasas Ocupación de Mercados. Renta de Inmuebles. VA-01-24, 4º Trimestre de 2023 15 de Abril de 2024
    Que inician el periodo voluntario en ABRIL Fin periodo voluntario
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, trimestre.: Enero 24/Marzo 24 17 de Junio de 2024
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, mes: MARZO/24 AB-03-24 17 de Junio de 2024
    “Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Actividades Callejeras. Venta Ambulante” Clave Recaudatoria VA-14-24 Mes de ABRIL 2024 17 de Junio de 2024
    “Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Ejercicio 2024 17 de Junio de 2024
    Que continúan el periodo voluntario en ABRIL Fin periodo voluntario
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, trimestre.: Diciembre 23/Febrero 24 15 de Mayo de 2024
    Abaste. Agua/Recogida Basuras, mes: FEBRERO/24 AB-02-24 15 de Mayo de 2024
    “Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Actividades Callejeras. Venta Ambulante” Clave Recaudatoria VA-13-24 Mes de MARZO 2024 15 de Mayo de 2024
    “Impuesto anual sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana”. Ejercicio 2024 02 de Mayo de 2024
    “Impuesto anual sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica” Ejercicio 2024 02 de Mayo de 2024
  2. Cuotas no periódicas

    • Liquidaciones notificadas del 01 al 15, vencerán el día 20 del mes posterior, o el siguiente día hábil.
    • Liquidaciones notificadas del 16 al 31, vencerán el día 5 del segundo mes posterior, o el siguiente día hábil.
  3. Plazos de pago cuotas periódicas

    • Periodo Voluntario: Hasta la fecha límite que consta expresamente en la carta de pago.
    • Periodo Ejecutivo: Se inicia vencido el periodo voluntario y determina el devengo de los recargos del periodo ejecutivo y de los intereses de demora previstos en los artículos 28 y 26 de la Ley General Tributaria.
  4. LUGAR Y MEDIOS DE PAGO

    • ONLINE:

    • PRESENCIALMENTE:

      • En Entidades Colaboradoras: Ibercaja, Caja Rural de Aragón, B.B.V.A., Banco Santander y Caixa Bank, en los cajeros automáticos y en las oficinas y horarios que tengan establecidos.
      • En las Dependencias de Recaudación Municipal, en horario de atención presencial, Vía Hispanidad, 20 (Antiguo Seminario). Se admite dinero en efectivo(sólo para recibos de importe inferior a 1.000 €euros), tarjeta de crédito o débito (VISA o MASTERCARD) o cheque conformado a nombre del Ayuntamiento de Zaragoza.
    • POR TELÉFONO:

      • Pago telefónico con Tarjeta VISA o MASTERCARD en horario de atención al público: Teléfono 976 72 11 15 (Opción 1).
  5. Domiciliación bancaria de recibos periódicos

    El art. 25 del R.G.R establece que las domiciliaciones bancarias se dirigirán al órgano recaudatorio, al menos dos meses antes del comienzo del periodo recaudatorio. No obstante, si técnicamente es posible, surtirá efecto en la siguiente facturación.

    (Comienzo de periodo recaudatorio: 2 meses antes de la fecha límite de pago)

    EL CARGO EN CUENTA SE REALIZARÁ EL ÚLTIMO DÍA DE PERIODO VOLUNTARIO PODRÁ OBTENER UNA COPIA DEL RECIBO ORIGINAL EN:
    1. CARPETA CIUDADANA: https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana
    2. EN LA DIRECCIÓN: https://www.zaragoza.es/consultaRecibosWeb/consultaReciboPdf.faces
  6. Formalización del mandato de domiciliación

  7. Notas de interés

    • A los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, para poder realizar el abono de estas cuotas, en las circunstancias antedichas, se les remitirá, al domicilio fiscal, la Carta de Pago (recibo), la cual les será diligenciada de “Recibí” en el momento del abono de la cuota por la entidad a través de la cual efectúen el pago. La no recepción del documento de pago, no exime de la obligación de realizarlo.
    • Los contribuyentes que no tengan su cuota domiciliada, si 15 días antes del fin de periodo voluntario no han recibido la carta de pago, podrán obtener un duplicado:

      y podrán subsanar el posible error en el domicilio fiscal, así como abonar la cuota antes de la fecha límite de pago en periodo voluntario.