El Consejo de Gerencia con fecha 7 de febrero de 2022 ha acordado lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar, a instancia de parte, expediente expropiatorio respecto de la finca registral número 34.621 con referencia catastral 7010539XM7170G0001EA, de 140 m² de superficie sita según registro de la propiedad número 5 de los de Zaragoza en C/ Palma de Mallorca número 32 (y según datos del Catastro en C/ Palma de Mallorca 36), por resultar afectada por la alineación establecida por el Plan General de Ordenación Urbana para la apertura de un vial, todo ello de conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y art. 17 de su propio Reglamento, señalando un plazo de quince días, que comenzará a contarse desde aquél en que aparezca la última publicación del anuncio, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados formulen ante la Alcaldía, por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de la finca de referencia. Igualmente cualquier persona podrá formular alegaciones, si bien a los solos efectos de subsanar errores de la misma:
Titularidares según Inscripción en el Registro de la Propiedad:
Ref. Catastral: 7010539XM7170G0001EA
Superficie: 140 m².
Linderos:
El presente expediente será expuesto al público para su consulta durante el plazo de quince días en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Edificio El Seminario, Vía Hispanidad, número 20 - C.P. 50.009).
SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
TERCERO.- Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o, resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la expropiación de la finca de referencia, al amparo del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa.
CUARTO.- Solicitar de los titulares del bien sujeto a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en la finca afectada, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en los arts. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.
QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
I. C de Zaragoza,14 de febrero de 2022
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 17/02/2022