0036942-26 - SERVICIO DE VISITAS GUIADAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE TORRERO.
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Fecha de Presentación: Hasta 03-08-2026 12:59
- Tipo de contrato: Servicios
- Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
- Organismo Contratante: CONSEJERIA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGIA Y VIVIENDA
- Servicio Gestor: CONSEJERIA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGIA Y VIVIENDA
- Año: 2026
- Valor estimado: 186.300,00€
- Importe (sin IVA): 69.000,00 € (con IVA: 83.490,00 €)
- Objeto: SERVICIO DE VISITAS GUIADAS EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL DE TORRERO.
- Duración: 730 días
- CPV:
- Servicios de guías de turismo
| Tipo | Subtipo | Peso | Titulo | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| Objetivo | Precio | 65 % | Oferta económica | La oferta económica (IVA no incluido) se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = Np x |√B/Bmax| Siendo:
La puntuación que obtiene la oferta que se valora (P) será la resultante de multiplicar la puntuación máxima asignada al precio por este Pliego (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos. |
| Subjetivo | Otros | 35 % | Proyecto Técnico | El Proyecto Técnico objeto de valoración deberá contener, necesariamente, los apartados siguientes a los que podrán otorgarse las puntuaciones máximas que se indican para cada uno de ellos y que tendrá una puntuación máxima de 35 puntos:
En el Proyecto Técnico no se podrá contener referencia alguna a los elementos que vayan a ser objeto de valoración mediante fórmula matemática, so pena de exclusión. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser, al menos, 1,5 veces el valor estimado anual medio del contrato, es decir, 55.890 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. La solvencia económica y financiera se acreditará documentalment e por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Zaragoza. |
|
Relación de los principales servicios efectuados durante los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior al 70% del valor estimado anual medio del contrato, es decir, 26.082 €. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La solvencia técnica se acreditará documenta l mente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Servicio de Contratación del Ayuntamiento de Zaragoza. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| Cláusulas sociales de género | a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de muejres y hombres previsto en la Ley Orgáncia 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de enpleo para personas con discapacidad o la adopción de medidas alternativas legalmente previstas según el art. 39 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. A efectos de los dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el ANEXO 4 del presente pliego. c) En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a muejres en función del número de contrataciones, estas se realziarán en un porcentaje superior, al menos en cincopuntos, al porcentaje medio señalado en el último trimestres para el sector de actividad concreto por la Encuesta de Población Activa del I.N.E. d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual. e) En la elaboración de memorias e informes realizados a lo largo de la ejecución del contrato se portarán datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias que deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato. f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial, según modelo que figura en ANEXO 7 en el presente pliego. e) Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará conforme al Modelo incluido en el ANEXO 8 de este Pliego. ograma de información y formación que presentó como parte integrante de su oferta. |
| Protección de datos personales | De conformidad con el artículo 5 del Real Decreto-Ley 14/2019 del 31 de octubre, por el que se adoptan las medidas urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital, contratación del sector público y telecomunicaciones, es condición especial de ejecución la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos vigente, advirtiéndose además al contratista de que esta obligación tiene el carácter de obligación contractual esencial de conformidad con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP. |
Contratos con mismo CPV:
- CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA DE ZARAGOZA TURISMO
- SERVICIO DE ELABORACIÓN, EDICIÓN, PRODUCCIÓN, TRADUCCIÓN Y GRABACIÓN DE LOCUCIONES DE LOS RECORRIDOS DEL BUS TURÍSTICO: BUS TURÍSTICO DIURNO Y BUS TURISTICO NOCTURNO.
- SERVICIO "VISITAS GUIADAS DE ZARAGOZA TURISMO 2017"
- SERVICIO DE ANIMACIÓN DEL MEGABÚS Y EL DIVERTOUR DE ZARAGOZA TURISMO
- CONTRATO MENOR SERVICIO ANIMACIÓN MEGABUS Y DIVERTOUR
Descargar: Datos Abiertos
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