VIV 4-2026 - REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE 44 VIVIENDAS EN ALQUILER CON ESPACIOS COMUNITARIOS COMPARTIDOS ,EN 4 ACTUACIONES EN EL ENTORNO DE ZAMORAY PIGNATELLI DE ZARAGOZA.


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Fecha de Presentación: Hasta 23-03-2026 14:00

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Zaragoza Vivienda
  • Organismo Contratante: SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA, S.L.U.
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 23.400,00€
  • Importe (sin IVA): 23.400,00 € (con IVA: 28.314,00 €)
  • Objeto: El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios de asistencia técnica de ingeniería de telecomunicaciones, e ingeniería necesarios para la construcción de cuatro edificios para un total de 44 nuevas viviendas y locales comerciales, en el entorno del Pignatelli -Zamoray de la ciudad de Zaragoza
  • Duración: 150 días
  • CPV:
    • Servicios de ingeniería
  • Lotes
      • Lote 1: Telecomunicaciones. Redacción de 4 proyectos de ICT para 3 rehabilitaciones. y 1 obra nueva
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 5.500,00 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 6.655,00 €
      • Estado: En Licitación
      • Lote 2: Memorias técnicas de las instalaciones o proyectos de las 3 rehabilitaciones y 1 obra nueva
      • Importe de licitación(sin I.V.A.): 17.900,00 €
      • Importe de licitación(con I.V.A.): 21.659,00 €
      • Estado: En Licitación
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Mejor Oferta Económica

En este apartado la máxima puntuación (100 puntos) se asignará al licitador que presente la oferta económica más baja, que no sea considerada anormalmente baja y que reúna todos los requisitos de los pliegos de condiciones administrativas y técnicas. Al resto de los proponentes, se asignará la puntuación proporcional con una aproximación de dos decimales, según la fórmula que se indica a continuación (a efectos del cálculo de la fórmula, la baja ofertada se aplicará sobre el presupuesto base licitación, sin IVA):

P=Np x |√(B/Bmax)|

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Se ha escogido esta fórmula puesto que cumple con los criterios establecidos por la doctrina del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón.

El tipo de licitación respecto del que se calcula la baja es el presupuesto base de licitación (IVAexcluido).

La oferta económica no podrá superar el presupuesto base de licitación del contrato, IVA excluido. Si no se realiza baja respecto del presupuesto base de licitación del contrato obtendrán cero (0) puntos. El importe de baja requerido vendrá referido a un máximo de dos decimales

TipoDescripción

Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, conforme a lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP.

Habilitación legal:

  • Lote 1: Titulación universitaria en ingeniería de telecomunicaciones.
  • Lote 2: Titulación universitaria habilitante para elaborar y visar los proyectos de instalaciones (Ingeniero Industrial o Ingeniero Técnico Industrial).
TipoDescripción
Condición especial de ejecución del contrato de carácter social relativa al mantenimiento de la plantilla

La empresa adjudicataria tiene la obligación del mantenimiento de la plantilla adscrita al objeto del contrato, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la Sociedad o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria.

Condición especial de ejecución del contrato de carácter social referente a los salarios

Las empresas licitadoras deberán garantizar que la oferta económica deberá ser adecuada para hacer frente al coste derivado de la aplicación del convenio colectivo sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios / hora de los salarios puedan ser inferiores a los precios / hora del convenio más los costes de Seguridad Social.

La empresa adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar a los trabajadores y trabajadoras el salario mensual, en la cuantía y en los periodos establecidos en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel.

El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de las nóminas del personal que participe en la ejecución del contrato.

Se considerará que incumple la citada condición cuando se produzca el impago o un retraso en el abono de las nóminas en más de dos meses.

El órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que la empresa contratista ha de hacer a los trabajadores y trabajadoras que participen en la ejecución del contrato.

A tal efecto podrá exigir, junto a la factura mensual, una certificación emitida por la representación legal de la empresa acreditativa de que se encuentra al corriente en el pago de las nóminas de acuerdo con las retribuciones fijadas en el convenio y la fecha en que fueron abonadas.

Las condiciones especiales de ejecución señaladas en el párrafo anterior tendrán el carácter de obligaciones esenciales a los efectos del artículo 211. f) de la LCSP, pudiendo dar lugar a la resolución del contrato atendidas las circunstancias del caso, si se optara por ello en lugar de la imposición de las penalidades señaladas en la cláusula 25 PCAPE.

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