0002860-26 - SUMINISTRO DE UNA HERRAMIENTA ON-LINE DE GESTIÓN DE DEUDA QUE PERMITA REGISTRAR, GESTIONAR, ANALIZAR Y CONTROLAR LA CARTERA GLOBAL DE ENDEUDAMIENTO Y UN SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO CONTINUADO.
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Fecha de Presentación: Hasta 11-03-2026 12:59
- Tipo de contrato: Servicios
- Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
- Organismo Contratante: CONSEJERIA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
- Servicio Gestor: UNIDAD CENTRAL CONTABILIDAD Y TESORERIA
- Año: 2026
- Valor estimado: 73.256,17€
- Importe (sin IVA): 73.256,17 € (con IVA: 88.639,97 €)
- Objeto: El objeto del contrato es contar con: - Una herramienta on-line de gestión de deuda que permita registrar, gestionar, analizar y controlar la cartera global de endeudamiento (El Ayuntamiento de Zaragoza mantiene vivas en la actualidad aproximadamente 27 operaciones y Zaragoza Vivienda S.A. 5 operaciones); a este respecto conviene señalar que en el presupuesto del ejercicio 2025, tal y como viene sucediendo desde 2021, se han agrupado todas aplicaciones del Capítulo 3 y 9 en una única en cada uno de ellos. - Un asesoramiento financiero continuado que ayude a la Administración Local a la hora de valorar sus decisiones de financiación.
- Duración: 1460 días
- CPV:
- Paquetes de software de análisis financiero
- Servicios de consultoría en gestión financiera
| Tipo | Subtipo | Peso | Titulo | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| Objetivo | Otros | 10 % | Equipo propuesto | Se valorará el reforzamiento del número de miembros del equipo y la mayor experiencia y formación de los mismos respecto a la mínima exigida en la Cláusula 12.3 del presente Pliego. De conformidad con lo anterior, se valorará la acreditación de una experiencia superior del analista a adscribir al contrato exigido por la Cláusula 12.3 del presente Pliego, así como la aportación de un analista adicional con una experiencia igual o superior a la mínima exigida en la mencionada cláusula, con arreglo a los siguientes criterios de puntuación:
En caso de que la experiencia de un analista se encuentre en un intervalo distinto que el otro, se asignará la puntuación en función del intervalo de experiencia inferior. La acreditación de la experiencia adicional ofertada se realizará mediante fotocopia compulsada o copia autenticada de la titulación exigida y el Currículum Vitae, junto con la documentación acreditativa de dicho currículum, de aquellas personas adscritas a la ejecución del servicio, que deberá incorporarse al Sobre 2. |
| Objetivo | Otros | 6 % | Tiempo medio de respuesta | Se valorará con 6 puntos el compromiso de respuesta por parte de los licitadores en un máximo de 72 horas para todas aquellas consultas que se formulen en el marco del servicio de asesoramiento financiero permanente cuya resolución no requiere la elaboración de una nota o informe. La valoración de las ofertas intermedias que se comprometan a una respuesta máxima entre 72 horas y 7 días naturales (Cláusula Séptima del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, es decir, 168 horas), serán valoradas proporcionalmente. |
| Subjetivo | Otros | 35 % | Propuesta técnica: mejoras del servicio | El licitador presentará una memoria descriptiva de la herramienta on-line en la que se justifique el cumplimiento de los requisitos técnicos. Se valorarán las prestaciones de la herramienta, el grado de detalle e información que faciliten los informes financieros, las herramientas y opciones de simulación conforme a la siguiente distribución: a) Acceso continuado a los mercados financieros (20 puntos) La memoria descriptiva que desarrolle este apartado tendrá una extensión máxima de 10 folios. b) Seguimientos, simulaciones y control (5 puntos) La memoria descriptiva que desarrolle este apartado tendrá una extensión máxima de 3 folios. c) Emisión de informes financieros de tipos medios, anualidades teóricas para el cálculo del ahorro neto, hedging e IFRS (10 puntos) La memoria descriptiva que desarrolle este apartado tendrá una extensión máxima de 3 folios. Se establece un umbral mínimo de puntuación del 50% del conjunto de los criterios sometidos a juicio de valor. (17,50 puntos) |
| Objetivo | Precio | 49 % | Oferta económica | Las oferta económicas se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula: P = Pmax * | √B / Bmax | Siendo:
La puntuación que obtiene la oferta que se valora (P) será la resultante de multiplicar la puntuación máxima asignada al criterio precio por este pliego (Pmax) por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos. Si el licitador estuviera exento de IVA deberá especificarlo en su oferta, aportando la documentación acreditativa correspondiente. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
La acreditación de la solvencia técnica por parte de los licitadores se hará conforme al artículo 90.1 a) de la LCSP, es decir, mediante la relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en el que se indique importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior al 70% del valor medio anual del contrato, es decir, 12.819,83 € (IVA excluido). Se escoge el importe supletorio establecido en el artículo 90.2 de la LCSP. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los cinco primeros dígitos del código CPV (79412 y 48440 a 48444). De conformidad con el artículo 90.4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, podrá acreditar su solvencia técnica de acuerdo con lo establecido en el artículo 90.1 h) de la LCSP: “h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación” La solvencia técnica se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamiento de Zaragoza. |
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El criterio de solvencia económica y financiera que se ha elegido es el criterio de referencia que recoge la LCSP en su artículo 87.1 a), es decir, volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser de al menos una vez y media el valor medio anual del contrato, es decir, 27.471,06 € (IVA excluido). Se escoge el importe supletorio establecido en el artículo 87.3 a) de la LCSP. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. a solvencia económica y financiera se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamiento de Zaragoza. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores | De conformidad con el artículo 37 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, las empresas licitadoras adquirirán con la presentación de sus ofertas el compromiso de mantener o mejorar, durante la ejecución del contrato, las condiciones laborales de los trabajadores adscritos a la ejecución de aquel, especialmente las relativas al salario, la duración de la jornada, la conciliación de la vida personal y familiar y los permisos. Esta obligación subsistirá incluso si decae la vigencia del convenio colectivo de referencia. Este compromiso alcanzará también a las empresas subcontratistas, siendo responsabilidad de la contratista principal asegurar su cumplimiento. |
| Cláusulas sociales de género | a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género (de conformidad con la lnstrucción aprobada por el Gobierno de Zaragoza sobre incorporación de cláusulas sociales de género de fecha 8 de julio de 2016). b) Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo V. c) En todo caso, y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar mujeres y en función del número de contrataciones, estas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E. d) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual. e) En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarios y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato. f) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato, como mínimo, tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1. f) de la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del Contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas, sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo VII I de este Pliego. La información correspondiente a las cláusulas sociales de género se encuentra disponible en la siguiente dirección web: https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/29103 |
Contratos con mismo CPV:
- ASISTENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIO, ANÁLISIS DE MODELOS, CONTRASTE DE MERCADO PARA EL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE LOS ESPACIOS TERCIARIOS DE LA NUEVA ROMAREDA
- CONTRATO MIXTO CONSISTENTE EN EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO Y SUMINISTRO DE UNA HERRAMIENTA ON-LINE DE GESTIÓN DE DEUDA
- CONTRATO MIXTO CONSISTENTE EN EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO Y SUMINISTRO DE UNA HERRAMIENTA ON-LINE DE GESTIÓN DE DEUDA
Descargar: Datos Abiertos
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