0078493-25 - ENAJENACIÓN COMO CHATARRA DE LOS VEHÍCULOS DEL DEPÓSITO MUNICIPAL O DE OTRAS INSTALACIONES Y DEMÁS CHATARRAS, MATERIALES Y ENSERES QUE GENEREN LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES


En Licitación En Licitación

Fecha de Presentación: Hasta 03-03-2026 12:59

  • Tipo de contrato: Privado
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE TALLERES Y BRIGADAS
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 950.000,00€
  • Importe (sin IVA): 190.000,00 € (con IVA: 190.000,00 €)
  • Objeto: Será objeto del contrato a que refieren estos pliegos, la venta como chatarra de los vehículos del depósito municipal o de otras instalaciones y demás chatarra que generen las distintas dependencias municipales.
  • Duración: 365 días
  • CPV:
    • Minerales diversos
    • Acero
    • Minerales metálicos y aleaciones
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 80 % Oferta económica

Se aplicará un criterio de proporcionalidad, a la máxima oferta de Euros /Tonelada, se le atribuirá "la puntuación máxima, evaluando la ponderación de los demás con arreglo a la fórmula:

P1 = 80 x (1 – ((of max – of i) / of max))

Donde, of max es la oferta máxima ofertada por un Licitador (sin IVA). Of i es la oferta del licitador que se valora (sin IVA).

El tipo de Iicitación que sirva de base al contrato, será la oferta "of' (sin I.V.A.) = % P. Siendo P el precio de venta de la chatarra de acero mensual que marca la Federación Española Asociaciones Fundidores (FEAF) en su página web del mes de la publicación de la presente licitación en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Zaragoza. Cada Proposición deberá determinar el % de P que ofrezca en ' función de' los costos (transporte, descontaminación, cesión de los 65 vehículos usados/año a bomberos -cesión, transporte, recogida y gestiones en la Jefatura Superior de Tráfico- etc. .), del beneficio industrial y de la mejora que estimen convenientes.

Por tanto, obtendrá la máxima puntuación en este apartado el licitador que oferte un mayor % de P.

Las ofertas a valorar, no podrán ser inferiores a 140 €/Toneladas ( sin IVA)

El precio de los restantes materiales cobre, aluminio, baterías usadas, latón etc...de la chatarra a enajenar, será al valor de mercado en el momento de la enajenación.

Subjetivo Otros 20 % Acreditación para transportar los vehículos, fuera de uso para chatarras,

Se valorará el número de vehículos disponibles que supere los mínimos establecidos en el pliego pliego de prescripciones técnicas y en este pliego ( apartados 11.5, 11.6 11.7 y 11.8 de la clausula 10), otorgando la máxima puntuación a quien oferte el mayor número de vehículos, evaluando la ponderación de los demás con arreglo a la fórmula:

P2 = 20 x (1 – ((N max – N i) / N max))

Donde, N max representa el mayor número de vehículos, que supera los mínimos establecidos en este pliego, ofertados por un Licitador. N i representa el número de vehículos, que supera los mínimos establecidos en este pliego, ofertados por cada Licitador.

Sólo se tendrán en cuenta aquellos vehículos que sirvan para esos fines tales como camiones bañera, con o sin pulpo, camiones abiertos, con o sin grúa, plataformas, grúas, no siendo admitidos camiones cerrados, isotermos, etc.... Además solo se contarán aquellos vehículos completos, es decir, aquellos que cuenten con cabeza tractora más remolque o semiremolque.

Deberá acreditarse la posesión de los vehículos (cabezas tractoras, remolques o semiremolque) aportando los permisos de circulación y fichas técnicas de los mismos     

TipoDescripción

Se acreditará mediante la cifra anual de negocios del licitador o candidato, en los tres últimos años, siendo el volumen de negocio en el mejor de los tres ejercicios no inferior a 209.000,00 € (IVA excluido) de ingresos netos. El volumen de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobada y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario, por la depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresario individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuenta anuales legalizadas por el Registro Mercantil.

Relación de los principales contratos de características similares al objeto del presente contrato, efectuados durante los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismo. El importe acumulado de los contratos efectuados en el año de mayor ejecución en los últimos tres años deberá ser igual o superior a 209.000,00 € (IVA excluido). Los contratos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea privado, mediante un certificado expedido por éste.

TipoDescripción
Prevención de riesgos laborales

El adjudicatario del contrato está obligado al cumplimiento de las medidas en materia de Seguridad y Salud Laboral incluidas en la Legislación Vigente. En el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud el adjudicatario deberá llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para que el trabajo de transporte y descarga del producto se desarrollen dentro de la normativa vigente en esta materia y concretamente, según lo previsto en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de reforma de marco normativo de la PRL, RD 39/1997, Reglamento de los servicios de prevención, RD 171/2004 Coordinación de actividades empresariales, consideradas de manera enunciativa y no limitativa.

Debido a la concurrencia de actividades empresariales en un mismo centro de trabajo, el Ayuntamiento de Zaragoza tiene el deber de vigilancia del cumplimiento de la Normativa de PRL en sus instalaciones. Por ello el adjudicatario del contrato se compromete a aportar los documentos acreditativos que el Ayuntamiento de Zaragoza le solicite con el fin de cumplir el deber de coordinación de actividades empresariales.

El adjudicatario del contrato está obligado a adoptar las medidas necesarias para evitar los riesgos en las instalaciones y a transmitir esa información a todos los trabajadores, propios o subcontratados, que desarrollen la actividad contratada.

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad.

Clausulas sociales de género

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

c)Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019.

Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo n.º IX del PCAPE.

c) La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que puedan pertenecer a uno o más de los siguientes bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial:

  1. Mejora o ampliación de los permisos establecidos por la normativa legal vigente.
  2. Flexibilización y/o adecuación de la jornada de trabajo.
  3. Flexibilización y/o adecuación del horario de trabajo
  4. Servicios de apoyo a la conciliación
  5. Otro tipo de medidas

Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el Anexo X a este Pliego.

Descargar: Datos Abiertos