0002982-26 - SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE PANTALLAS IDENTIFICATIVAS DE INTERIOR Y EXTERIOR EN DISTRITO 7 - ECOSISTEMA AUDIOVISUAL DE ZARAGOZA


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 10 % Experiencia adicional

La valoración de la experiencia adicional se realizará del siguiente modo: se asignarán 0,5 puntos por cada proyecto adicional de suministro e instalación de iguales o similares características al del objeto del contrato, realizado dentro de los últimos cinco años, en el que haya participado el Encargado del Proyecto, hasta un máximo de 10 puntos.

La experiencia se alegará mediante una declaración responsable en la que se indiquen los proyectos de suministro e instalación iguales o similares en los que haya participado el Encargado de proyecto, especificando el objeto de los mismos, las fechas de ejecución y el presupuesto (IVA excluido), de acuerdo con el modelo del Anexo V.

Solo en caso de resultar clasificada como oferta más ventajosa, el licitador deberá acreditar la participación del Encargado de proyecto en los trabajos incluidos en la declaración responsable a través de cualquier medio válido en derecho que acredite la relación laboral.

Las ofertas que no incluyan experiencia adicional se puntuarán con 0 puntos.

Subjetivo Otros 50 % Proyecto Técnico/Memoria Técnica

El Proyecto Técnico/Memoria Técnica del suministro e instalación de las pantallas LED, tanto interiores como exteriores, deberá realizarse de acuerdo con la memoria de necesidades e incluyendo planos (plantas, alzados, secciones, detalles, elementos en 3D y esquemas de funcionamiento y control), fichas técnicas de todos los elementos a instalar (indicando sus marcas y modelos), memoria, pliego de condiciones, mediciones y planificación.

La documentación se valorará en base a los siguientes criterios: 

  • Características técnicas y funcionales de los equipos: número de pixeles, luminosidad, consumo, solidez, entre otros. (10 puntos). 
  • Características técnicas y funcionales del software e instalación de los equipos: rapidez, seguridad, versatilidad, entre otros. (10 puntos). 
  • Características técnicas y funcionales de los sistemas de anclaje e instalación: seguridad, facilidad de montaje, reparación y sustitución, entre otros. (10 puntos). 
  • Plan de actuación ante un fallo de infraestructura o equipo durante el periodo de garantía: rapidez, coordinación, sustitución, entre otros. (10 puntos).
  • Planificación de los trabajos objeto del proyecto (sin desvelar días de plazo de ejecución): coherencia de la planificación. (10 puntos).

En el caso de las características técnicas y funcionales del hardware, del software y de los sistemas de anclaje e instalación, se valorarán las mejoras propuestas sobre lo indicado en el Anexo II del Pliego de Prescripciones Técnicas.

En ningún caso se podrán incluir en el Proyecto Técnico/Memoria Técnica datos que desvelen información correspondiente al sobre 3 (criterios objetivos sujetos a fórmula matemática y/o automática).

Subjetivo Otros 10 % Reducción del plazo de entrega

La valoración de la reducción de plazo de entrega se realizará del siguiente modo: las ofertas obtendrán 0,5 puntos por cada día de reducción de plazo total. 

Los plazos de entrega que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos.

Objetivo Precio 30 % Oferta económica

Para la valoración de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la puntuación de las demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Np x | √ B/Bmax |

Siendo:

  • P la puntuación que obtiene la oferta que se valora.
  • Np el número máximo de puntos.
  • B la baja correspondiente al licitador que se valora.
  • B max la mayor baja ofertada.

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), en este caso 30, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (B max ).

El tipo de licitación respecto del que se calcula la baja es el presupuesto base de licitación (IVA excluido).

Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos.

En las ofertas económicas, el IVA se especificará como una partida independiente. Si el licitador estuviera exento de IVA deberá especificarlo en su oferta, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

Quedarán excluidas todas aquellas ofertas que no incluyan en el precio final del suministro el coste del equipamiento e instalación ofertado por cada licitador, que como mínimo será el exigido de acuerdo con los Anexos II y III del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.

TipoDescripción

La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse conforme al artículo 89.1 a) de la LCSP, es decir, mediante una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo los tres últimos años, y cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato; es decir, igual o superior a 253.945,25 €.

Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

En todos ellos se hará constar la descripción del objeto, los importes, fechas y destinatarios, así como el certificado de buena ejecución de los mismos.

Volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato, de acuerdo con los artículos 87.1 a) y 87.3 a) de la LCSP; es decir, deberá ser igual o superior a 544.168,40 €

El cumplimiento de este requisito se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

El adjudicatario deberá cumplir las siguientes Cláusulas Sociales de Género, de acuerdo con la cláusula 3 y el Anexo I de la Instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal:

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales deberán emplear un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad, y pluralidad de roles e identidades de género.

b) Las empresas con plantilla de 50 o más personas trabajadoras, deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley 3/2007 de 22 de marzo, Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las empresas deberán acreditar el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas, de acuerdo con el artículo 39.2 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el modelo de declaración responsable incluida en el Anexo IV del presente Pliego.

Descargar: Datos Abiertos