0002768-26 - SUMINISTRO E INSTALACIÓN PARA EL EQUIPAMIENTO DE SISTEMAS MÓVILES DE ESCENARIO Y BUTACAS DE LA SALA DE EXHIBICIÓN PARA DISTRITO 7 - ECOSISTEMA AUDIOVISUAL DE ZARAGOZA.


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS ESTRATEGICOS Y PROYECCION EXTERIOR
  • Año: 2026
  • Valor estimado: 785.123,87€
  • Importe (sin IVA): 785.123,87 € (con IVA: 949.999,88 €)
  • Objeto: Suministro e instalación para el equipamiento de sistemas móviles de escenario y butacas de la sala de exhibición para Distrito 7 - Ecosistema Audiovisual de Zaragoza.
  • Duración: 90 días
  • CPV:
    • Servicios de instalación (excepto software)
    • Butacas de teatro
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Subjetivo Otros 50 % Memoria técnica

El licitador deberá presentar un Proyecto Técnico/ Memoria Técnica relativo al suministro e instalación de sistemas móviles de butacas y escenario, de acuerdo con los Pliegos de Prescripciones Técnicas, la cual deberá estar integrada por Planos (plantas, alzados, secciones, detalles, elementos en 3D y esquemas de funcionamiento y control), fichas técnicas de todos y cada uno de los elementos a instalar con sus marcas y modelos propuestos, pliego de condiciones, mediciones y planificación, valorándose las mejoras propuestas en dicha memoria respecto a los estándares exigidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en base a los siguientes criterios:

  • Materiales y durabilidad: facilidad de limpieza, calidad de los acabados, resistencia al desgaste, colores acordes con el espacio... entre otras (hasta 10 puntos) 
  • Condiciones acústicas: absorción de ruido del material de acabado, emisión de ruido por la propia instalación al escamotearse..., entre otras (hasta 10 puntos)
  • Dimensiones y distancias: dimensiones de las butacas, distancia entre butacas y entre filas, entre otros (hasta 10 puntos)
  • Otras mejoras técnicas (hasta 10 puntos)
  • Propuesta distribución butacas (hasta 10 puntos) de acuerdo con el número de butacas establecido en la cláusula 3.1 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Objetivo Otros 10 % Experiencia adicional

Al tratarse de un suministro e instalación con una componente tecnológica importante y de coordinación de equipos, la cualificación y experiencia del personal que se adscriba a la realización de esos trabajos es un criterio fundamental para obtener la mejor relación calidad- precio.

Se asignarán 0,5 puntos a cada proyecto adicional que se acredite, realizado por el encargado de los trabajos en los últimos 10 años en instalaciones de características similares, con un máximo de 20 proyectos.

Objetivo Precio 30 % Oferta económica

Para la valoración de la oferta económica se aplicará un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la puntuación de los demás con arreglo a la siguiente fórmula:

P = Pmax - |√ B / Bmax |

Siendo:

  • P es la puntuación que obtiene la oferta que se valora.
  • Pmax es la puntuación máxima asignada al criterio precio por este Pliego (30 puntos).
  • B es la baja correspondiente al licitador que se valora. Bmax es la mayor baja ofertada

La puntuación que obtiene la oferta que se valora (P) será la resultante de multiplicar la puntuación máxima asignada al criterio precio por este pliego (Pmax) por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax). 

Las ofertas que vayan al tipo de licitación se puntuarán con 0 puntos.

Objetivo Otros 10 % Ampliación del plazo de garantía

Se valorará la ampliación del plazo mínimo de garantía, fijado en 3 años. Serán tenidas en cuenta las ampliaciones de plazo superiores o iguales a 1 año, otorgando una puntuación de 2 puntos por cada periodo anual, hasta un máximo de 10 puntos (ampliación de 5 años).

TipoDescripción

1. La acreditación de la solvencia técnica por parte de los licitadores se realizará conforme al artículo 89.1 a) de la LCSP, es decir, mediante la relación de los principales suministros efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos.

El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado, en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato, ha de ser igual o superior al 70% del valor medio anual del contrato, es decir 549.586,71 €.

2- Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.

3- La solvencia técnica se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamiento de Zaragoza.

La justificación de los requisitos de solvencia se encuentra en el informe emitido en fecha 25 de noviembre de 2025, obrante en el expediente.

El criterio de solvencia económica y financiera que se ha elegido es el criterio cuantitativo y cualitativo de referencia que recoge la Ley de Contratos del Sector Público en su artículo 87.3 a), es decir, volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser de al menos una vez y media el valor estimado del contrato, es decir, 1.177.685,81 €.

1- El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

2- La solvencia económica y financiera se acreditará documentalmente por el propuesto como adjudicatario previo requerimiento por el Ayuntamiento de Zaragoza

TipoDescripción
Cláusulas sociales de empleo

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad.

Cláusulas sociales de género

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 8 de julio de 2016, por el que se aprueba la Instrucción sobre incorporación de cláusulas sociales de género:

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género. 25) Condiciones especiales de ejecución del contrato.

b) La empresa adjudicataria deberá acreditar en su caso, el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, de conformidad con el Real Decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Contratos con mismo CPV:

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