0079456-25 - EJECUCIÓN DE UNA INSTALACIÓN MUNICIPAL DE RECOGIDA SEPARADA DE RESIDUOS (PUNTO LIMPIO FIJO) EN CALLE SISALLO CON CALLE ROMERO, POLÍGONO EMPRESARIUM, ZARAGOZA, SUBVENCIONADO PARCIALMENTE DENTRO DEL PROGRAMA FEDER ARAGÓN 2021-2027 PARA EL FOMENTO DE LA PREPARACIÓN PARA LA REUTILIZACIÓN Y EL RECICLADO DE LOS RESIDUOS MUNICIPALES EN ARAGÓN. LÍNEA 2: CONSTRUCCIÓN DE PUNTOS LIMPIOS.


Desierto Desierto

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA Y GESTION DE RESIDUOS
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 396.232,54€
  • Importe (sin IVA): 396.232,54 € (con IVA: 479.441,37 €)
  • Objeto: El objeto de este proyecto es la definición y valoración de las obras necesarias para la realización y Construcción de un Centro de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos en Calle Sisallo con Calle Romero. Pol. Empresarium
  • Duración: 180 días
  • CPV:
    • Obras de ingeniería y trabajos de construcción
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 80 % Oferta económica

P = Np x | √ Bi / Bmax |

Se propone un criterio de proporcionalidad respecto de la oferta más reducida, a la que se atribuirá la puntuación máxima, calculando la ponderación de las demás con arreglo a la siguiente fórmula: La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), en este caso 80, por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (Bi) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Objetivo Otros 20 % Incremento del control de calidad

El proyecto objeto de licitación prevé una cantidad de 4.170,06 € con destino al capítulo 4 “Control de Calidad”, lo que supone un 1,25 % del presupuesto de ejecución material. Las empresas licitadoras podrán ofertar una actuación destinada para el control de calidad y asistencia técnica de la obra que sea superior a la establecida en los documentos del Proyecto, ofertando un incremento (ICC), hasta un máximo del 2% del valor de ejecución material de las obras (CCMax), (adicional al 1,25 % existente, es decir 1,25 %+ICC) Se valorará con 20 puntos el incremento igual al 2% del valor de ejecución material de las obras sobre el definido en el proyecto. Los incrementos inferiores se valorarán de acuerdo con la fórmula que se indica.

P = (20xICC) / CCMax

Donde P es la puntuación obtenida, ICC el incremento del valor destinado, en %, a control de calidad sobre el presupuesto de ejecución material de las obras ofertado por el licitador y CCMax el del 2% del valor de ejecución material de las obras, incremento máximo establecido.

TipoDescripción

La solvencia técnica del empresario deberá acreditarse conforme al art. 88.1.a) con la relación de las obras ejecutadas de igual o similar naturaleza que las que constituyen el objeto del contrato en el curso de los cinco últimos años, avaladas por certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de dicho periodo, que sea igual o superior a 277.362,78 € IVA no incluido (el 70% del valor estimado del contrato).

Los certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Volumen anual de negocios en el mejor de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o inicio de la actividad de los empresarios por un importe mínimo de 594.348,81 € (IVA excluido) (1,5 veces el valor estimado del contrato conforme al artículo 87.3 a) de la LCSP y al informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón n.º 4/2021).

El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro; y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

TipoDescripción
Ensayos y análisis de materiales y unidades de obra

Sin perjuicio de los análisis y ensayos previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Programa de Control, la Dirección Facultativa podrá ordenar que se realicen los ensayos y análisis de materiales y unidades de obra que en cada caso resulten pertinentes. Los gastos que se originen serán de cuenta del contratista hasta un importe máximo del 1% del presupuesto del contrato.

La Dirección Facultativa fijará el número, forma y demás características que deben reunir las muestras y probetas para ensayo y análisis, caso de que no exista disposición general al efecto, ni establezca tales datos el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares o el programa de control.

Cláusulas sociales

El responsable del contrato podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista ha de hacer a los trabajadores que participan en la ejecución del contrato. A tal efecto, se establece la siguiente condición especial de ejecución con el carácter de esencial, cuyo incumplimiento, será causa de resolución del contrato:

El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de las nóminas del personal que participe en la ejecución del contrato. Se considerará que se incumple la citada condición cuando se produzca un retraso o impago en el abono de las nóminas en más de dos meses. A tal efecto, la Administración podrá exigir, junto a la factura el envío de certificación acreditativa de que el contratista se encuentra al corriente en el pago de las nóminas de los trabajadores que ejecuten el contrato, emitida por el representante legal de la empresa.

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos