569822-25 - RENOVACION PAVIMENTO DE HORMIGON DE APARCAMIENTOS EN EL BARRIO DE CARTUJA BAJA


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: COORDINACION GENERAL DEL AREA DE PARTICIPACION CIUDADANA Y REGIMEN INTERIOR
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE DISTRITOS Contacto: Ver Anexo II
  • Año: 2025
  • Importe (sin IVA): 39.980,17 € (con IVA: 48.376,00 €)
  • Objeto: Su objeto es la mejora del estado superficial de los pavimentos de hormigón existentes en varias zonas de estacionamiento del barrio que actualmente se encuentran en un estado de deterioro superficial que afecta tanto a la funcionalidad como a la seguridad y confort de los usuarios, de igual forma se definen las condiciones de ejecución del contrato y los derechos y obligaciones del contratista.
  • Duración: 30 días
  • CPV:
    • Trabajos diversos de pavimentación
  • Materia:
    • Reparación y pavimentación de infraestructuras viarias
  • Licitadores: 2
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta economica

El presente contrato se adjudicara a la oferta economicamente mas ventajosa quecumpla todas las caracteristicas descritas en la memoria valorada.

Si en la propuesta de adjudicacion del contrato menor, se cuestiona a la empresapropuesta como adjudicataria de la obra, porque esta podria no cumplir con losrequisitos de capacidad, la responsable del contrato podra solicitarle certificados debuena ejecucion de las obras en los que se haga constar que esta empresa haintervenido en obras de las mismas caracteristicas que el presente contrato.

TipoDescripción
Condiciones de aptitud para contratar

Se comprobará que la empresa que se presente esté inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas REA del Sector de la Construcción, en el caso de que no sea así, la empresa será descartada.

Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.

Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.

Contratos con mismo CPV:

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