0052667-25 - VENTA DE PAPEL Y CARTÓN PROCEDENTE DE LA RECOGIDA SELECTIVA DE LA CIUDAD DE ZARAGOZA Y SUS BARRIOS RURALES.


Pendiente de Adjudicar Pendiente de Adjudicar

  • Tipo de contrato: Servicios
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: GOBIERNO DE ZARAGOZA
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE LIMPIEZA PUBLICA Y GESTION DE RESIDUOS
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 2.175.945,60€
  • Importe (sin IVA): 1.305.567,35 € (con IVA: 1.305.567,35 €)
  • Objeto: El objeto de este contrato es la venta de papel y cartón procedente de la recogida selectiva mediante contenedores monomaterial, recogida puerta a puerta de comercios, Puntos Limpios y procedente de Valdespartera así como aquellos otros procedimientos de recogida que el Ayuntamiento de Zaragoza determine en el futuro incorporar al contrato.
  • Duración: 1095 días
  • CPV:
    • Servicios de recogida de papel
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta económica

El único criterio a considerar para la adjudicación del contrato será el precio y la adjudicación del contrato se realizará a la oferta económicamente más ventajosa. Los licitadores deberán presentar su mejor oferta para el término B de la fórmula que determina el precio mensual P (€/Tm) a pagar por el papel-cartón procedente de la recogida selectiva:

P(€/Tm) = A(€/Tm) ± B (€/Tm)

donde A (€/Tm) es el precio publicado mensualmente por ASPAPEL para calidad 1.04.01 “Papel y cartón ondulado ordinario” y B (€/Tm) es la cantidad positiva, negativa o nula que deberá ofertar cada licitador.

El precio P (€/Tm) a pagar mensual será el precio A (€/Tm) publicado por la Asociación Nacional de Fabricantes de Pasta, Papel y Cartón (ASPAPEL) para calidad 1.04.01 “Papel y cartón ondulado ordinario”, más la cantidad B (€/Tm) (positiva, negativa o nula) que deberá ofertar cada licitador:

En ningún caso podrán producirse saldos negativos para el Ayuntamiento de Zaragoza, siendo el precio mínimo que éste podría llegar a cobrar de 10,00 €/Tm.

A simples efectos operativos, en el informe de valoraciones de las ofertas presentadas, para obtener un precio P (€/Tm) se fijará como valor A, el último precio que se deduzca de las variaciones mensuales publicadas por ASPAPEL.

TipoDescripción

Volumen anual de negocios que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos deberá ser al menos de 652.783,68 € (IVA excluido).

El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Relación de los servicios realizados de igual o similar naturaleza al dispuesto en el presente procedimiento de contratación, con una gestión mínima anual de 10.000 Tm. en los años 2021, 2022 y 2023.

Esta cantidad anual es la resultante de considerar la media del papel-cartón recogida por el Servicio Municipal durante estos tres años, aplicando posteriormente un 70%. Por tanto si la media es de 14.403,49 Tm, el 70% resultante es de 10.082,44 Tm

TipoDescripción
Cláusulas de carácter medioambiental

De carácter medioambiental para la promoción del reciclado de productos: el formato preferente para la presentación de los trabajos será el electrónico, salvo los documentos mínimos que deban presentarse en papel de conformidad con el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. En estos casos se deberá utilizar papel reciclado que produzca un menor impacto medioambiental en su producción

Cláusulas sociales de genero y discapacidad

a.- Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentaruna imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b.- Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019. Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023. A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el ANEXO X de este Pliego.

c.- En todo caso y siempre que sean necesarias nuevas contrataciones, sustituciones y/o se produzcan bajas, la empresa adjudicataria se compromete a contratar a mujeres y en función del número de contrataciones éstas se realizarán en un porcentaje superior, al menos en cinco puntos al porcentaje medio señalado en el último trimestre para el sector de actividad concreto por la encuesta de población activa del I.N.E.

d.- La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

e.- En la elaboración de memorias e informes que la entidad licitadora deberá presentar con motivo de la ejecución del contrato, todos los datos estadísticos sobre las personas beneficiarias o usuarias y sobre el personal que ejecute el contrato, deberán estar desagregados por sexo y edades, estableciendo porcentajes, de forma que pueda conocerse la población sobre la que incide el contrato

f.- La empresa adjudicataria deberá realizar durante la ejecución del contrato como mínimo tres acciones nuevas en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral dirigidas a la plantilla adscrita a su ejecución, que podrán pertenecer a uno o más de los bloques detallados en el apartado 3.5.1.f) de la Instrucción relativa la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Empresarial. Antes de finalizar el contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar al Responsable del contrato un informe detallado sobre todas las actuaciones realizadas; sin la presentación del mismo no se podrá dar por finalizado el contrato. Este informe se realizará según el Modelo incluido en el ANEXO XI a este Pliego.

El incumplimiento de cualesquiera de estas condiciones podrá ser penalizado con un 1% del presupuesto de licitación del contrato (IVA excluido) por cada uno de dichos incumplimientos.

Descargar: Datos Abiertos