DIN 589-2025 - SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE EQUIPOS INFORMÁTICOS PARA EL INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL DE ZARAGOZA (ZARAGOZA DINÁMICA)


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Suministros
  • Entidad Contratante: Zaragoza Dinámica
  • Organismo Contratante: INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FOMENTO EMPRESARIAL
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 59.998,08€
  • Importe (sin IVA): 59.998,08 € (con IVA: 72.597,68 €)
  • Objeto: El objeto es la adjudicación de un contrato para el suministro e instalación de equipos informáticos para el Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica) de acuerdo con la descripción detallada del Pliego de Prescripciones Técnicas y cuyo conjunto de documentos integrantes tendrá carácter contractual
  • Duración: 30 días
  • CPV:
    • Equipo y material informático
  • Licitadores: 4
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Propuesta económica

La oferta presentada por cada licitador será valorada aplicando un principio de proporcionalidad, es decir, habrá proporcionalidad entre la bajada de precio y el número de puntos asignados a la misma; la fórmula cumple con los siguientes principios:

- A la oferta que vaya al tipo de licitación deberá asignársele 0 puntos.

- La oferta que contenga la baja más elevada debe de obtener la mayor puntuación, sin que ello tenga por qué implicar que en todo caso deba asignársele la máxima puntuación otorgada al precio.

- La fórmula a utilizar será la siguiente:

P = Np ∗ |√ B / Bmax |

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

TipoDescripción

De conformidad con el artículo 89.1.a de la LCSP, la solvencia técnica requerida consistirá en la relación de (los principales suministros efectuados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 41.998,66 euros (l.V.A. no incluido) que equivale al 70 % del valor estimado del contrato.

Se considerarán suministros de similar naturaleza, aquellos que coincidan con los cuatro primeros dígitos de los códigos CPV del presente contrato, debiendo indicar en el apartado correspondiente de la Declaración Responsable Única (DRU, en adelante), que se adjunta al presente pliego como anexo 1: el importe, fechas de suministro, y destinatario público o privado de los mismos.

De conformidad con el artículo 89.1.e, a los efectos de permitir la concurrencia empresas de nueva creación, entendiendo por tales a las definidas en el artículo 89.1.h) de la LCSP, la solvencia técnica se entenderá cumplida mediante la descripción e información gráfica de los productos a suministrar, pudiendo acompañarse de las fotografías o documentos descriptivos de los citados productos a suministrar.

No siendo exigible la aportación de certificados que acrediten la autenticidad de los mismos.

De conformidad con el artículo 87.3.a de la LCSP, el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos disponibles, deberá ser igual o superior a 89.997,12 €, que equivale a una vez y media el valor estimado del contrato

TipoDescripción
Obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario

En relación con los trabajadores destinados a la ejecución de este contrato, la empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, la imposición -cuando proceda- de sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Será de aplicación el art.37: Indemnidad de las condiciones laborales de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lenguaje no sexista

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 8 de julio de 2016, por el que se aprueba la Instrucción sobre incorporación de cláusulas sociales de género, es condición especial de ejecución:

Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de todo tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles de identidades de género.

Contratos con mismo CPV:

Descargar: Datos Abiertos