550540-25 - REFORMA DEL ENTORNO DEL COLEGIO PUBLICO MONSALUD


Contrato Menor

Adjudicación Adjudicación

  • Tipo de contrato: Obras
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: COORDINACION GENERAL DEL AREA DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE INFRAESTRUCTURA VERDE Contacto: Ver Anexo II
  • Año: 2025
  • Importe (sin IVA): 31.708,35 € (con IVA: 38.367,10 €)
  • Objeto: El objeto del contrato es la REFORMA DEL ENTORNO DEL COLEGIO PUBLICO MONSALUD como Zona Verde de la ciudad de Zaragoza. La actuacion es la realizacion de trabajos para acometer las correspondientes obras de reforma de los viales publicos, repoblando las zonas ajardinadas y adecuando su entorno a ¿n de crear una nueva zona estancial, optima para el uso ciudadano.
  • Duración: 30 días
  • CPV:
    • Servicios de jardinería paisajística
  • Materia:
    • Reforma y adecuación de edificios
  • Licitadores: 4
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta económica

Se valorará la Oferta Económica más favorable para la Administración, que será una baja respecto al precio del proyecto.

a.1) Para la valoración de la oferta económica se aplicará la fórmula que aquí se fija y la puntuación de cada una de las propuestas económicas de entre las que resulten aceptables, se realizará ordenándolas de mayor a menor, con criterio de proporcionalidad aritmética, usando la siguiente expresión:

La puntuación obtenida (P) será la resultante de multiplicar el número máximo de puntos (Np), por el valor absoluto (positivo) de la raíz cuadrada del cociente entre la baja correspondiente al licitador que se valora (B) y la mayor baja ofertada (Bmax).

Se ha escogido esta fórmula puesto que cumple con los criterios establecidos por la doctrina del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón. En este sentido otorga 0 puntos a aquellas ofertas que vayan al tipo de licitación y distribuye de manera proporcional los puntos de acuerdo con las bajas ofertadas.

a.2) Criterios para la apreciación de ofertas anormalmente bajas, en su caso.

De conformidad con el artículo 149 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, así como con lo establecido en el artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre) aquellas ofertas que se consideren anormalmente bajas u ofertas desproporcionadas o temerarias podrán ser excluidas.

TipoDescripción
Cláusulas sociales de género

En cumplimiento de la instrucción relativa a la incorporación de cláusulas sociales de género en los contratos celebrados por el Ayuntamiento de Zaragoza, sus organismos autónomos y entidades del sector público municipal la entidad licitadora deberá utilizar tanto en la memoria técnica como en toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que se generen durante la ejecución del contrato, un lenguaje e imágenes no sexistas.

Los trabajos previstos en este documento generarán, previsiblemente, un contrato menor por lo que, en aplicación de la citada instrucción, art. 2.3 párrafo tercero, la entidad licitadora tendrá la obligación de utilizar un lenguaje e imágenes no sexistas en toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que se generen durante la ejecución del contrato. Está obligación deberá
incluirse en la Memoria Técnica.

Condiciones especiales de ejecución
  • El contratista será el único responsable de las consecuencias de la transgresión de los Reglamentos de Seguridad vigentes en la construcción, instalaciones eléctricas, etc.; sin perjuicio de las atribuciones de la inspección técnica al respecto. El contratista adjudicatario de los trabajos, está obligado a instalar y mantener a su costa y bajo su responsabilidad, las señalizaciones necesarias, balizamientos, iluminaciones y protecciones adecuadas para las obras, tanto de carácter diurno como nocturno, ateniéndose en todo momento a las vigentes reglamentaciones y obteniendo en todo caso las autorizaciones necesarias para las ejecuciones parciales de la obra.
  • El tipo de vallas, iluminación, pintura y señales circulatorias, direccionales, de precaución y peligro, se ajustarán a los modelos reglamentarios.
  • El Contratista será responsable, durante la ejecución de los trabajos, de todos los daños y perjuicios directos e indirectos que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio, público o privado como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo, o de una deficiente organización, señalización, ejecución o protección de los trabajos, incumpliendo las normas dictadas o los vigentes Reglamentos.
  • Las personas que resulten perjudicadas deberán ser compensadas a su cargo adecuadamente.
  • Los servicios o propiedades públicas o privadas que resulten dañados, deberán ser reparados, a su costa, restableciendo sus condiciones primitivas o compensando adecuadamente los daños o perjuicios causados.

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