0048427-25 - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE UN CROMATÓGRAFO DE LÍQUIDOS HPLC CON DETECTOR DE FLUORESCENCIA PARA EL SERVICIO DE SALUD PÚBLICA


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Otros 12 % Menor error de arrastre

Por tener un error de arrastre o error sistemático “Carry-over” que sea menor o igual a 0,004%
(40ppm de clorhexidina) o equivalente. Si cumple con ello se otorgarán los 12 puntos pero si es
superior al límite indicado se otorgarán 0 puntos

Objetivo Otros 18 % Aumento del plazo de garantía

0,5 puntos por cada mes de garantía adicional. Sólo en caso de ofertar anualidades completas, se
incluye el mantenimiento preventivo.

Objetivo Precio 70 % Oferta económica

Cláusula 16.a del PCAPE.

TipoDescripción
Tecnico

De conformidad con el artículo 89.1.a) de la LCSP, la solvencia técnica se acreditará mediante una relación de los principales suministros efectuados durante los últimos 3 años que sean de idéntica naturaleza a los del objeto del contrato. Si el modelo que se oferta es nuevo, se admitirán en la relación de solvencia modelos anteriores al que se sustituye. En caso contrario, la relación de la solvencia técnica se referirá exclusivamente al modelo que se oferta, es decir, el licitador deberá demostrar que el modelo que se oferta ha sido vendido en los últimos tres años anteriores a la fecha del anuncio de licitación. El importe anual que el licitador debe haber ejecutado, en el año de mayor ejecución en el período antes indicado, en suministros de igual o similar naturaleza que los del contrato, deberán ser, al menos, 40.495 €. A los efectos de la presente licitación, se considera que son suministros de idéntica naturaleza, exclusivamente las ventas de cromatógrafos líquidos HPLC con detectores de fluorescencia. Las empresas de nueva creación deberán cumplir los requisitos de solvencia técnica tal y como dispone el art. 89.1 e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.

Economica

De conformidad con el artículo 87.3 a) de la LCSP y el informe n.º 4/2021 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón, se exige un volumen anual de negocio que referido al año de mayor volumen de negocio en los tres últimos ejercicios concluidos, deberá ser al menos de 1,5 veces el valor estimado del contrato-, lo que se concreta en lo siguiente: 86.775 € (IVA excluido)

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