VIV 10-2025 - SERVICIO CONSISTENTE EN LA REALIZACIÓN DE INSPECCIONES REGLAMENTARIAS POR ORGANISMO DE CONTROL AUTORIZADO DE LOS APARATOS ELEVADORES UBICADOS EN LOS INMUEBLES GESTIONADOS POR LA SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA, S.L.U.
Contrato Formalizado Contrato Formalizado
- Tipo de contrato: Servicios
- Entidad Contratante: Zaragoza Vivienda
- Organismo Contratante: SOCIEDAD MUNICIPAL ZARAGOZA VIVIENDA, S.L.U.
- Año: 2025
- Valor estimado: 35.594,40€
- Importe (sin IVA): 19.369,00 € (con IVA: 23.436,49 €)
- Objeto: El objeto del contrato es la prestación del servicio de inspecciones reglamentarias por organismo de control autorizado (OCA) de los aparatos elevadores ubicados en inmuebles propiedad de Zaragoza Vivienda, y de aquellos otros que, sobre la base de convenios, programas, acuerdos o cualquier otro tipo de cesión, sean gestionados por ella. El servicio abarcará, en las condiciones que más adelante se especificarán, a todos los aparatos elevadores actualmente utilizados por Zaragoza Vivienda independientemente del uso, ocupación, titularidad,régimen de cesión del inmueble o del lugar en el que se sitúen y a todos aquellos que como consecuencia de actualizaciones o nuevas adquisiciones entren a formar parte de dicho conjunto. La identificación de inmuebles, uso principal, dirección postal, número de aparatos, número de paradas,etc., se detallan en el Anexo I: OCA¿s Ascensores. Relación ascensores que acompaña al presente pliego de prescripciones técnicas particulares. El ámbito territorial de actuación es el término municipal de Zaragoza
- Duración: 730 días
- CPV:
- Servicios de inspección de maquinaria
- Licitadores: 8
| Tipo | Subtipo | Peso | Titulo | Descripción |
|---|---|---|---|---|
| Objetivo | Precio | 100 % | Mejor Oferta Económica | Se otorgará un máximo de 100 puntos a la propuesta que presente la oferta económica más baja a expresar en porcentaje, con un máximo de dos decimales, a aplicar sobre el presupuesto base de licitación (sin I.V.A.) , que no sea considerada anormalmente baja y que reúna todos los requisitos de los pliegos de condiciones administrativas y técnicas., EL IMPORTE ofertado incluirá todos los gastos de gestión. Al resto de los proponentes, se asignará la puntuación proporcional con una aproximación de dos decimales, según la fórmula que se indica a continuación (a efectos del cálculo de la fórmula, la baja ofertada se aplicará sobre el presupuesto base licitación, sin IVA): P n = 100 x (Mbo/Bo) En donde:
La baja ofertada se aplicará a todos los precios del contrato, tanto a la inspección inicial como a la segunda visita. Los licitadores presentarán su propuesta económica según el modelo Anexo II del presente Pliego de Condiciones Administrativas Particulares Específicas. Los licitadores que oferten un 0% de baja obtendrán CERO (0) PUNTOS para el presente criterio. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
Se eximirá a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, con- forme a lo dispuesto en el artículo 159.6 b) de la LCSP. Habilitación legal: Los licitadores deberán ostentar las autorizaciones administrativas necesarias para ser Entidad de Control Autorizado por la Comunidad Autónoma de Aragón (OCA) en materia de seguridad industrial para la actividad de aparatos de elevación y manutención de los mismos y estar acreditado en la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) El operador económico que resulte adjudicatario deberá aportar cuando sea requerida certificado de su inscrip- ción en el citado Registro industrial integrado de la CCAA. |
| Tipo | Descripción |
|---|---|
| Transparencia y justicia fiscal | Todos los contratistas se comprometen a ejecutar el contrato con criterios de equidad y transparencia fiscal, por lo que los ingresos o beneficios procedentes del contrato serán íntegramente declarados y tributados conforme a la legislación fiscal vigente, sin que en ningún caso puedan utilizarse domicilios fiscales incluidos en algún país de la lista de paraísos fiscales establecida por la OCDE, bien sea de for- ma directa o a través de empresas filiales o personas interpuestas. |
| Condición especial de ejecución del contrato de carácter social referente al convenio colectivo de aplicación. | La empresa contratista durante la ejecución del contrato aplicará, a la totalidad de la plantilla ads crita al mismo, las condiciones de trabajo establecidas por el último convenio colectivo sectorial y territorial en vigor en el que se encuadre la prestación contractual o, en su caso, el convenio de empresa vigente que mejore lo dispuesto en el citado convenio colectivo, en cuyo caso aplicará el de empresa. La empresa adjudicataria deberá mantener las condiciones de trabajo de la plantilla adscrita al con- trato durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, en los términos del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente vigencia co- mo consecuencia de la ultraactividad. Asimismo, deberá introducir cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable en virtud del con venio colectivo en vigor. |
| Condición especial de ejecución del contrato de carácter social relativa al mantenimiento de la plantilla | La empresa adjudicataria tiene la obligación del mantenimiento de la plantilla adscrita al objeto del contrato, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la So- ciedad o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria. |
| Condición especial de ejecución del contrato de carácter social referente a los salarios. | Las empresas licitadoras deberán garantizar que la oferta económica deberá ser adecuada para ha- cer frente al coste derivado de la aplicación del convenio colectivo sectorial que corresponda . La empresa adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar a los trabajado- res y trabajadoras el salario mensual, en la cuantía y en los periodos establecidos en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El adjudicatario deberá estar al corriente de pago de las nóminas del personal que participe en la ejecución del contrato. Se considerará que incumple la citada condición cuando se produzca el impago o un retraso en el abono de las nóminas en más de dos meses. El órgano de contratación podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que la empresa contratista ha de hacer a los trabajadores y trabajadoras que participen en la ejecución del contrato. A tal efecto podrá exigir, junto a la factura mensual, una certificación emitida por la representación legal de la empresa acreditativa de que se encuentra al corriente en el pago de las nóminas de acuerdo con las retri- buciones fijadas en el convenio y la fecha en que fueron abonadas. |
Descargar: Datos Abiertos
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Licitación
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Adjudicación - Formalización
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11/07/2025 -17/07/2025
CUALlCONTROL-ACI, S.A.UImporte: 11.234,02€ (con IVA: 13.593,16€)
- TÜV SÜD ATISAE, SAU
- OCA GLOBAL INSPECCIONES REGLAMENTARIAS S.A.
- BUREAU VERITAS SOLUTIONS IBERIA, S.L.U
- SERVICIOS TÉCNICOS REGLAMENTARIOS SLU
- TUV Rheinland Iberica ICT, S.A.
- EUROCONTROL, S. A.
- SGS INSPECCIONES REGLAMENTARIAS, S.A.U
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Ejecución
Duración: 730 días
