0088177-24 - ENAJENACIÓN COMO CHATARRA DE LATÓN DE LOS CONTADORES DE AGUA DESMONTADOS Y OBSOLETOS.


Contrato Formalizado Contrato Formalizado

  • Tipo de contrato: Privado
  • Entidad Contratante: Ayuntamiento de Zaragoza
  • Organismo Contratante: CONSEJERIA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGIA Y VIVIENDA
  • Servicio Gestor: SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DEL AGUA POTABLE
  • Año: 2025
  • Valor estimado: 225.000,00€
  • Importe (sin IVA): 75.000,00 € (con IVA: 75.000,00 €)
  • Objeto: El objeto del presente Pliego es establecer las condiciones técnicas para el contrato de retirada y enajenación para su posible valorización, de los contadores de agua potable obsoletos propiedad del Ayuntamiento de Zaragoza. El material se podrá retirar indistintamente de las instalaciones del Ayuntamiento o de las del contratista adjudicatario del suministro y lectura de contadores. El material se valorará al precio/kg ofertado en la licitación pública, abonando el adjudicatario los kilogramos de materiales retirados de los lugares indicados en este Pliego. El precio a abonar por parte del adjudicatario de este contrato vendrá establecido por la cotización de estos materiales en el mercado internacional. El procedimiento de cálculo del precio / kg viene establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
  • Duración: 365 días
  • CPV:
    • Zinc
    • Cobre
  • Materia:
    • Lectura y gestión de contadores de agua
  • Licitadores: 3
Informacion extraida de manera manual. Fuente original: Pliego de clausulas administrativas especificas publicado en Plataforma del Estado
TipoSubtipoPesoTituloDescripción
Objetivo Precio 100 % Oferta económica

El único criterio a considerar para la adjudicación del contrato será el precio y se realizará atendiendo únicamente a la oferta económica más ventajosa para los intereses municipales.

El tipo de Iicitación que sirva de base al contrato será la oferta "of' (sin I.V.A.) = % P.

Siendo P el precio de venta de la chatarra de la aleación de cobre y zinc establecida por el LME (London Metal Exchage) en su página web.

La forma de obtener dicho valor de P, es adoptar el menor de los cuatro valores: “cash buyer”, “cash seller”, “3-months buyer” y “3-months seller”, que aparecen en la web en las columnas de los dos materiales, del Cobre (Copper) y del Zinc (Special Hg). Se tomará como fecha de referencia el mes de publicación de la presente licitación en la Plataforma de Contratos del Sector Público.

El valor de P, de acuerdo a la determinación de la aleación del Latón descrita, será:

P= 0,60 x min (Copper) + 0,40 x mìn (Special Hg)

Los precios vienen reflejados en dólares. Para su conversión a euros, se establecerá el valor medio de la paridad Euro/Dólar del último día del mes vencido respecto a la fecha en la que se realice el cálculo.

Los licitadores ofertarán el porcentaje de P, de tal forma, que no se admitirán valores inferiores al 40% de P. (sin iva)

Por tanto, obtendrá la máxima puntuación en este apartado el licitador que oferte un mayor % de P.

A la hora de valorar las ofertas presentadas se tendrá en cuanta la siguiente formula:

Puntuación Total del Licitador = (Porcentaje Ofertado del Licitador / Porcentaje Máximo Ofertado) x 100

Sólo se permitirán porcentajes al alza del precio de partida establecido en la presente cláusula.

TipoDescripción

Se acreditará mediante el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mejor ejecución de los tres últimos concluidos deberá ser como mínimo por un importe no inferior a 1,5 veces el valor anual medio del contrato , es decir: 1,5 x 75.000 € = 112.500 € (IVA no incluido) de ingresos netos.

Se deberá acreditar: 1.- Relación de los principales contratos de características similares al objeto del presente contrato, realizados en los últimos tres años en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se acreditarán con certificados expedidos por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. El importe anual acumulado de negocios en el añor de mayor ejecución dentro de los tres últimos concluidos deberá ser igual o superior a 52.500 € (IVA no incluido).

2.- Debido a la especial repercusión sobre el medio ambiente y a la necesidad de aplicar la jerarquía en el tratamiento de residuos contemplada en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la empresa adjudicataria gestora de residuos, debe indicar las medidas de gestión medioambiental que lleva a cabo en las operaciones de tratamiento del material retirado, ya sea la valorización, reciclado, eliminación u otra actividad.

TipoDescripción
Clausulas sociales de género

a) Toda la documentación, publicidad, imagen o materiales de tipo deberán utilizar un lenguaje no sexista, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de roles e identidades de género.

b) La empresa adjudicataria garantizará la adopción de medidas para prevenir, controlar y erradicar el acoso sexual, por razón de sexo u orientación sexual.

c)Las empresas deberán acreditar el diseño y aplicación efectiva del Plan para la Igualdad de mujeres y hombres previsto en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres conforme al Rel Decreto Ley 6/2019.

Las empresas acreditarán el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas según establece el artículo 39 de Ley 11/2023.

A efectos de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores, el propuesto como adjudicatario deberá cumplimentar el Anexo n.º VI del PCAPE

No minoración de las condiciones de trabajo de los trabajadores

De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad.

Prevención de riesgos laborales

El adjudicatario del contrato está obligado al cumplimiento de las medidas en materia de Seguridad y Salud Laboral incluidas en la Legislación Vigente.

En el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud el adjudicatario deberá llevar a cabo todas las actuaciones necesarias para que el trabajo de transporte y descarga del producto se desarrollen dentro de la normativa vigente en esta materia y concretamente, según lo previsto en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 54/2003, de reforma de marco normativo de la PRL, RD 39/1997, Reglamento de los servicios de prevención, RD 171/2004 Coordinación de actividades empresariales, consideradas de maneraenunciativa y no limitativa.

Debido a la concurrencia de actividades empresariales en un mismo centro de trabajo, el Ayuntamiento de Zaragoza tiene el deber de vigilancia del cumplimiento de la Normativa de PRL en sus instalaciones. Por ello el adjudicatario del contrato se compromete a aportar los documentos acreditativos que el Ayuntamiento de Zaragoza le solicite con el fin de cumplir el deber de coordinación de actividades empresariales.

El adjudicatario del contrato está obligado a adoptar las medidas necesarias para evitar los riesgos en las instalaciones y a transmitir esa información a todos los trabajadores, propios o subcontratados, que desarrollen la actividad contratada.

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