Ayudas y Subvenciones

Subvenciones mejora competitividad: aportación de la justificación económica


Descripción

Los solicitantes de subvención de mejora de la competitividad que han sido adjudicatarios de una subvención deben justificar con el anexo 5, anexo 6, facturas y documentos acreditativos del pago el importe que se indica en la resolución definitiva. 

La justificación se realizará por la totalidad del importe de las acciones.

El importe del presupuesto a tener en cuenta, a los efectos de justificación, está detallado en la resolución de concesión de subvención, consultable al inicio de la página. Si la solicitud no ha sido reformulado, se deberá justificar la totalidad del importe de las acciones presentadas en el momento de solicitar la subvención. Si la solicitud ha sido reformulada, el importe a justificar será el importe total del presupuesto reformulado.

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos de la subvención revestirá la forma de Cuenta justificativa del gasto realizado, siguiendo las prescripciones establecidas en el artículo 45 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

Plazo de Presentación


La rendición de la cuenta justificativa es una obligación del beneficiario de la subvención que, con posterioridad a su concesión y antes del 1 de marzo del año 2024, deberá presentar en el Servicio de Mercados y de Promoción del Comercio.

Formas de tramitación


Por Internet

Documentación

  • Breve memoria descriptiva de las actividades desarrolladas (incluyendo 3 fotografías y/o evidencias de la inversión realizada. Ver Resolución definitiva apartado Séptimo)
  • Descripción de las actuaciones realizadas y relación numerada de justificantes del gasto separada por cada tipo de acción del que ha concedido subvención.
  • Documentos justificativos (facturas, nóminas o documentos equivalentes acreditativos del gasto realizado).
  • Documentos acreditativos de los pagos a los acreedores.

Más Información:

  • En la Base  Decimonovena de las Bases, consultables en el apartado de Normativas.

Proceso.

Si dispone del DNI electrónico u otro Certificado Electrónico Reconocido admitido por el Ayuntamiento de Zaragoza o sistema Cl@ve puede tramitar sus procedimientos por medios electrónicos, siguiendo los siguientes

PASOS:

1. Qué documentación tiene que enviar

  •  Si existe un impreso especifico (formato PDF) en el apartado "Impresos Relacionados" de la ficha descriptiva del Trámite, cumpliméntelo y guárdelo en su ordenador siguiendo las Instrucciones para Almacenar los Impresos.
  • Si es necesario presentar alguna documentación adicional que Vd. dispone en soporte papel escanéela, preferiblemente en formato PDF, y guárdela también en su ordenador.

2. Iniciar Procedimiento

  • Generar su solicitud haciendo clic en el botón rojo Iniciar trámite con Certificado o sistema Cl@ve y accederá al inicio de su solicitud que  cumplimentará de forma guiada y que será recibida en el órgano gestor correspondiente del Ayuntamiento de Zaragoza. Deberá completar sus datos e indicar si desea que las notificaciones se cursen electrónicamente en el espacio "Notificaciones" de "Mi Carpeta Ciudadana", es decir en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, o si prefiere que se le remitan en soporte papel (salvo sujetos obligados a relación electrónica según art. 14 de la ley 39/2015).
  • La solicitud será generada automáticamente con los datos que cumpliemente. Incorpore además la documentación adicional, si la hubiera.
  • A continuación, se le pedirá que firme su presentación (sólo si dispone de certificado electrónico o Cl@ve Permanente con registro fehaciente) y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante, que podrá conservar en su ordenador, imprimir o consultar en cualquier momento en su espacio "Registro de Entrada" de "Mi Carpeta Ciudadana".
  • Si se observara la carencia de algún dato o documento necesario para la tramitación de la solicitud, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistido de su petición.
Dirigido a:
Última actualización: 2024-01-22

Descarga: Datos Abiertos

Órgano gestor


SERVICIO DE MERCADOS, DE PROMOCION DEL COMERCIO Y HOSTELERIA, Y CONSUMO