Dirección Facultativa Obras Vestuarios C.F.M. Río Gállego: Adjudicación Definitiva
Expediente:0207842/09.
DECRETO DEL SR. CONCEJAL DELEGADO DE EQUIPAMIENTOS. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 29 DE MAYO DE 2009.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este Concejal Delegado de Equipamientos, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado sin publicidad, el servicio de "DIRECCIÓN FACULTATIVA OBRAS VESTUARIOS C.F.M. RÍO GÁLLEGO (SAN JUAN MOZARRIFAR)", cuyo presupuesto de licitación es de 21.531,03 euros (I.V.A. excluido); 24.976,00 euros (I.V.A. incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por ALBERTO RIVAS SORIA con N.I.F 25.151.416-L y con domicilio en Isla de Malta, 13, casa 3, 50.012 Zaragoza, por la cantidad de 20.500,00 euros (I.V.A. excluido); 23.780,00 euros (I.V.A. incluido). Al tratarse de un contrato de carácter complementario al contrato principal al que se refiere, la duración de los trabajos comprende el de la propia ejecución material de las obras (tres meses), extendiéndose el plazo del contrato hasta el final del periodo de garantía (de dos años) de las mismas.
Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.
SEGUNDO.- El gasto derivado del contrato, para el presente ejercicio, se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 09 GUR 43211 62801 "DIRECCION Y EJECUCION PROYECTOS Y OBRAS", RC: 091061.
TERCERO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los CINCO DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de este Decreto comparezca para la firma del contrato cuando fuese requerido para ello.
CUARTO.- Este Concejal Delegado será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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