Contratación del servicio de control, atención al público y auxiliar de producción de Salas de Exposiciones, Museos y Centro de Historias, dependientes del Servicio de Cultura, y de otras instalacione: Rectificación error material
DECRETO DEL ILMO. SR. CONSEJERO DE CULTURA, EDUCACIÓN Y MEDIO AMBIENTE. EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A DIECINUEVE DE MARZO DE DOS MIL QUINCE.
Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, este Consejero de Cultura, Educación y Medio Ambiente, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno Local mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009 resuelve lo siguiente:
PRIMERO.- Rectificar el error material consistente en la omisión en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas del expediente de contratación del servicio de "CONTROL, ATENCIÓN AL PÚBLICO Y AUXILIAR DE PRODUCCIÓN DE LAS SALAS DE EXPOSICIONES, MUSEOS Y CENTRO DE HISTORIAS DEPENDIENTES DEL SERVICIO DE CULTURA, Y DE OTRAS INSTALACIONES DEL SERVICIO DE PATRIMONIO E HISTORIA CULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA", de la siguiente cláusula:
" v) Condiciones especiales de ejecución:
De conformidad con el acuerdo del Gobierno de Zaragoza, de fecha 10 de octubre de 2014, la empresa adjudicataria vendrá obligada a no minorar las condiciones de trabajo de los trabajadores en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, aunque el mismo pierda posteriormente su vigencia como consecuencia de la ultraactividad. "
SEGUNDO.- Iniciar un nuevo plazo de presentación de ofertas y remitir el anuncio al D.O.U.E., Boletín Oficial del Estado y Boletín Oficial de Aragón para la licitación del servicio de referencia por procedimiento abierto, pudiendo presentar proposiciones los licitadores durante el plazo de veinticuatro (24) días naturales a contar desde la fecha del envío del citado anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea, dado que se ha remitido anuncio previo indicativo, se ofrecerá acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria y los anuncios se prepararán y enviarán por medios telemáticos.
TERCERO.- Dar traslado del presente Decreto a los interesados y a los Servicios Municipales.
CUARTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
EL CONSEJERO DE CULTURA, EDUCACION Y MEDIO AMBIENTE,
Fdo.: Jerónimo Blasco Jáuregui.
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