Asistencia Técnica en Materia de Seguridad y Salud en las Actuaciones del Servicio de Explotación de Redes y Cartografía: Adjudicación
Expediente 887.178/10
La Concejal Delegada de Infraestructuras y Ciclo del Agua con fecha 15 de diciembre de 2010, ha dictado el siguiente decreto:
PRIMERO.- Adjudicar, por procedimiento negociado, sin publicidad, el servicio de "ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS ACTUACIONES DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN DE REDES Y CARTOGRAFÍA", con un presupuesto de estimado de licitación de 16.840,00 euros (I.V.A. excluido); 19.871,20 euros (I.V.A.incluido), considerando los cuatro años de duración del contrato, a la empresa COPREDIJE, S.A. con C.I.F A-82003815 y con domicilio en Vía Ibérica, 38, esc. dcha. - 50012 - Zaragoza, por un importe anual de 3.999,50 euros (I.V.A. excluido); 4.719,41 euros (I.V.A. incluido).
La motivación de la selección de su oferta se debe a la retirada de la oferta de la empresa CERTUM CONTROL TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN, S.A., que resultó ser la primera en la clasificación por ser la mas económica, siendo la adjudicataria la segunda más económica.
Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Técnicas Particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse el Servicio de Explotación de Redes y Cartografía.
SEGUNDO.-El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria siguiente: 10/INF/155/22796 "Supervisión Seguridad Obras Infraestructuras", RC: 101102.
La duración del contrato para el resto de los ejercicios, incluidas las posibles prórrogas, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.
TERCERO.- El adjudicatario comparecerá, dentro de los QUINCE DÍAS hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la adjudicación, para la firma del contrato cuando fuera requerido para ello.
CUARTO.- Esta Concejal Delegada será la competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.
QUINTO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente.
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