Maestra/o Conductor/a (PI)
09/02/2026 Acuerdo Tribunal de Selección (calificaciones finales y propuesta de nombramiento)
ANEXO I A ACTA N.º 10
ACUERDO del Tribunal de Selección del proceso selectivo convocado para el acceso a 2 PLAZAS de MAESTRO CONDUCTOR por el turno de promoción interna y mediante el sistema selectivo de concurso-oposición.
Primero. Elevar propuesta de nombramiento como personal funcionario en prácticas en plaza/categoría profesional de Maestro Conductor, de la Escala de Administración Especial, a favor de la personas aspirantes que han obtenido las mejores puntuaciones en el proceso de conformidad con lo dispuesto en las Bases generales que rigen el proceso selectivo y que se relacionan en documento adjunto (anexo II).
Informar a las personas propuestas que, de conformidad con lo dispuesto en la base séptima, previo al nombramiento como funcionaria/o de carrera, las personas candidatas propuestas por el tribunal de selección, cuyo número no podrá ser superior al de plazas convocadas, deberán superar un periodo de prácticas de cuatro meses.
No deberán realizar el periodo de prácticas, aquellas personas candidatas que, propuestas por el tribunal de selección hubieren prestado servicio previo en idéntica plaza funcionarial o puesto de trabajo para el personal laboral a la que acceden durante un periodo mínimo de tres años dentro de los últimos cinco años, y hayan obtenido el mismo puesto de trabajo que hubieren desempeñado en el indicado plazo, así como cuando, a juicio de la comisión evaluadora no concurran otras circunstancias que hagan conveniente la realización del periodo de prácticas o prueba. La comisión, podrá recabar los informes que sean precisos y que servirán de fundamento a la resolución que se adopta por la misma.
Segundo. Documentación acreditativa. -
Conceder a las personas aspirantes que han sido propuestos para su nombramiento, un plazo de veinte días naturales para aportar a la oficina de Recursos Humanos, los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda, así como la acreditación documental de los méritos previstos en la base duodécima.
Tercero. Formación de Lista de espera. -
A la vista de las calificaciones/puntuaciones concedidas en el proceso selectivo se remite a la Oficina de Recursos Humanos relación de puntuaciones de aspirantes para que se proceda a confeccionar la correspondiente lista de espera conforme a las disposiciones de aplicación.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
I.C. de Zaragoza, a 9 de febrero de 2026.
