Bombero/a Conductor/a (TL - TLRTERR - TLRVGEN)
02/06/2025 Acuerdo del Tribunal de Selección (Desestimación revisión de calificación del SEGUNDO EJERCICIO)
ANEXO I A ACTA N.º 6.3
ACUERDO del Tribunal de Selección del proceso selectivo convocado para el acceso a 64 plazas de Bombero/a-Conductor/a -57 TLO, 5 tlrterr, 2 tlrvgen- (convocatoria conjunta), Además, las indicadas plazas serán objeto de ampliación, hasta un total de 7 plazas que acrecentarán a las del turno libre ordinario, mediante el sistema selectivo de oposición.
Vistas todas y cada una de las solicitudes de revisión de calificaciones formuladas al segundo ejercicio del proceso selectivo, convocado para el acceso y provisión de plazas de bombero/a-conductor/a, y de conformidad con lo dispuesto en las bases 5.17 y 7.2 de la convocatoria, así como de conformidad a lo informado por la empresa TEA en informes de fecha 14 de mayo de 2025, acuerda:
Primero. Desestimación de solicitudes de revisión de calificaciones del segundo ejercicio.-
Desestimar la revisión de las calificaciones correspondientes al segundo ejercicio instadas por los aspirantes que han promovido los expedientes administrativos que a continuación se indican:
- Expte. 0042339/2025
- Expte. 0042432/2025
- Expte. 0042667/2025
El motivo de tal decisión es que de conformidad con el informe técnico (Protocolo de evaluación Psicotécnica en el acceso a plazas de bombera/o conductor/a) de fecha 14 de mayo de 2025, por la empresa asesora y designada para la realización del ejercicio psicotécnico (TEA), no se aprecia en la actuación de este órgano seleccionador error material, aritmético y/o de valoración, y en consecuencia procede confirmar la calificación concedida a las personas interesadas en el segundo ejercicio del proceso selectivo convocado para la provisión de plazas de bombero/a-conductor/a.
Segundo. Publicación.-
Comunicar el presente acuerdo mediante su publicación en el “Tablón de Anuncios” del Ayuntamiento de Zaragoza, sito en la planta de acceso del edificio Seminario (Vía Hispanidad), así como en la página web municipal, conforme a lo dispuesto en la base 5.17.
Tercero. Recurso de alzada.-
Contra el acuerdo expresado en el apartado primero podrá interponerse por las personas interesadas recurso de alzada, en el plazo legal de un mes ante la Concejalia Delegada de Personal, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y ello sin perjuicio de cualesquiera otro recurso que se estime oportuno.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
En la I.C. de Zaragoza, 2 de junio de 2025
