Tablón Municipal
Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística
Aprobar, con carácter inicial, la Modificación Aislada 20 del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza de 2024
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2026, en expediente 0002505/2026 acordó:
PRIMERO.- Aprobar, con carácter inicial, la Modificación Aislada 20 del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza de 2024, con el objeto de suprimir la limitación contenida en el artículo 2.2.33 de las Normas Urbanísticas respecto de la imposibilidad de otorgar licencia para la transformación de locales en viviendas en las zonas saturadas, posibilitando estas actuaciones, conforme al proyecto redactado por el departamento de Planificación y Diseño Urbano fechado el 14 de enero de 2026 y al informe emitido y por el departamento de Ordenación y Gestión Urbanística en fecha 14 de enero de 2026.
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85.3 y 57 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2014, mediante edicto a publicar en la sección provincial correspondiente del Boletín Oficial de Aragón y publicación adicional en la web municipal, según dispone la Disposición Adicional Quinta del citado cuerpo legal.
TERCERO.- Dar traslado del presente acuerdo a los servicios del área de Urbanismo, para su conocimiento y a los efectos oportunos.
CUARTO.- Finalizado el periodo de información pública, de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 85.3 de la Ley de Urbanismo de Aragón para las modificaciones de menor entidad de los planes generales, se resolverá lo que proceda sobre la aprobación definitiva visto que mediante acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 22 de octubre de 2013 se ha procedido a la homologación del Ayuntamiento de Zaragoza, para que la intervención autonómica en las modificaciones de menor entidad del Plan General sea facultativa.
QUINTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77.2 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, el presente acuerdo de aprobación inicial determinará la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición que pudieran verse afectadas por la modificación en curso. No obstante, la suspensión no afecta a los proyectos que cumplan simultáneamente el plan en vigor y la modificación aprobada inicialmente.
SEXTO.- Facultar al Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda, para que adopte las resoluciones oportunas tendentes a la resolución del presente acuerdo.
Mediante el presente anuncio se somete el expediente número 0002505/2026 a información pública durante el plazo de 1 mes en el Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística de la Gerencia de Urbanismo, sito en Vía Hispanidad 20-Centro Administrativo Seminario, en horas de oficina y en el enlace https://www.zaragoza.es/sede/portal/urbanismo/planeamiento/informacion-publica, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
I.C. de Zaragoza a 19 de febrero de 2026
EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, P.D. de fecha 13 de septiembre de 2017 LA LETRADA- JEFA DEL SERVICIO Fdo.: Vanesa Laguarta Soro
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 26/02/2026

