Tablón Municipal
Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística
Aprobar con carácter inicial la modificación aislada n.º 7 del Texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2025, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar con carácter inicial la modificación aislada n.º 7 del Texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana, de menor entidad, redactada con el objeto de cambiar de calificación de la parcela de equipamiento público deportivo ED(PU) 44.41, situada en el área de intervención G-44-2, asignándole la calificación adjetiva 0/11 "parcelas con aprovechamiento lucrativo perteneciente a una Administración Pública, en la que podrá transmitirse el derecho de superficie, pero no el dominio", conforme al proyecto de marzo de 2025 redactado por el Servicio Técnico de Planeamiento y Rehabilitación y el Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística en fecha 12 de marzo de 2025.
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85.2 y 57 del Decreto Legislativo 1/2014, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, mediante edicto a publicar en la sección provincial correspondiente del Boletín Oficial de Aragón, según dispone la Disposición Adicional Quinta del citado cuerpo legal.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a la Zaragoza Alta Velocidad para su conocimiento y a los servicios municipales del área de Urbanismo a fin de que puedan formular sugerencias en el marco de sus competencias, si lo estiman conveniente.
CUARTO.- Finalizado el periodo de información pública, de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 78.3 de la Ley de Urbanismo de Aragón para las modificaciones de menor entidad de los planes generales, se resolverá lo que proceda sobre la aprobación definitiva, visto que por acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 22 de octubre de 2013, se ha procedido a la homologación del Ayuntamiento de Zaragoza para que la intervención autonómica en el planeamiento derivado y modificaciones de menor entidad del Plan General sea facultativa.
QUINTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Urbanismo de Aragón, el presente acuerdo de aprobación inicial determinará la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición sólo en el ámbito afectado por la modificación.
SEXTO.- Facultar a la Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda para que adopte las resoluciones oportunas tendentes a la ejecución del presente acuerdo.
Mediante el presente anuncio se somete el expediente número 14791/2025 a información pública durante el plazo de 1 mes en el Servicio Jurídico de Ordenación y Gestión Urbanística de la Gerencia de Urbanismo, sito en Vía Hispanidad 20-Centro Administrativo Seminario, en horas de oficina, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
I.C. de Zaragoza a 28 de marzo de 2025.
EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO, P.D.de fecha 13 de septiembre de 2017, LA LETRADA- JEFA DEL SERVICIO Fdo.: Vanesa Laguarta Soro
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 03/04/2025

