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Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Admitir a tramite la solicitud formulada por IDOM como empresa redactora del proyecto del estadio NUEVA ROMAREDA

El Gobierno de Zaragoza en fecha 31 de enero de 2025 ha acordado lo siguiente:

PRIMERO.- Admitir a tramite la solicitud formulada por IDOM como empresa redactora del proyecto del estadio NUEVA ROMAREDA en representación de la mercantil LA NUEVA ROMAREDA S.L. (B56843972), relativa al otorgamiento de concesión administrativa de 75 años sobre la porción de terreno de 918 m², que constituye vía publica en calle Juan II de Aragón y calle Convento de Jerusalén, habiéndose acreditado la conveniencia e interés público de la misma de conformidad con lo dispuesto en el art. 85 del Decreto 347/2002, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, con el fin de dar acceso mediante rampa a las plantas bajo rasante de la parcela con código 28.22, sobre la que se ha otorgado derecho de superficie a dicha sociedad, por un plazo de 75 años, para la construcción del nuevo estadio de futbol. Dicha porción objeto de concesión administrativa forma parte de la finca registral n.º 10551 de la sección primera del Registro de la Propiedad N.º 9, con número general de inventario de bienes municipales n.º 4973-1.

SEGUNDO.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Económico Administrativas que regirán la adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad de la concesión de aprovechamiento de dominio publico a favor de la entidad mercantil LA NUEVA ROMAREDA, S.L., con CIF B56843972, cuya finalidad deriva de la necesidad de dar acceso mediante rampa a las plantas bajo rasante incluidas en el Proyecto básico del Estadio Nueva Romareda y Proyecto de ejecución de la construcción del nuevo estadio de fútbol en la parcela municipal con código 28.22. Que acreditada técnicamente en el expediente la inviabilidad de la adjudicación a favor de tercera persona de la concesión administrativa de aprovechamiento de dominio publico y en aplicación del art. 168 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, someter el expediente a información publica por término de veinte días, mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y un periódico de publicación diaria, de conformidad con lo dispuesto en el art. 90 del Decreto 347/2002, todo ello con carácter previo al otorgamiento, en favor de la entidad mercantil LA NUEVA ROMAREDA S.L., de la concesión administrativa consistente en la ocupación de subsuelo en viario publico para dar acceso mediante rampa a las plantas bajo rasante de la nueva Romareda. La ocupación prevista consiste en ocupar una superficie en régimen de accesos en superficie de 918 m², que sirve de acceso y salida a las plantas bajo rasante proyectadas en la parcela con código municipal 28.22 en que se ubica el nuevo estadio de futbol, habiendo sido informado favorablemente por la Oficina de Planificación y Diseño de la Movilidad Urbana con fecha 8 de agosto de 2024.

TERCERO.- Transcurrido el plazo de información publica reseñado en el apartado segundo del presente acuerdo y resueltas las alegaciones presentadas, en el supuesto de que se formulen, se procederá a la adjudicación mediante procedimiento negociado sin publicidad de la indicada concesión administrativa, a cuyos efectos constituirá ley de la concesión, el Pliego de Cláusulas Económico Administrativas particulares aprobado en el presente acuerdo, estableciéndose un plazo de duración máximo de la concesión de setenta y cinco años, de acuerdo con el art. 93.3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas Decreto 347/2002 del Gobierno de Aragón.

CUARTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energía y Vivienda, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

I. C de Zaragoza,13 de febrero de 2025

LA JEFA DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION DE SUELO Y VIVIENDA Fdo. M.ª Teresa Barrao Sanchez

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 26/02/2025