Ayuntamiento

Tablón Municipal

Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Aprobación definitiva de la expropiación de un terreno

El Gobierno de Zaragoza en sesión de fecha 9 de julio 2021 resolvió lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente la expropiación de una porción de terreno de 204,91 m² de superficie procedentes de la Finca 70709 inscrita en el Registro de la Propiedad 10 de Zaragoza al Tomo 2664, Libro 1130, Folio 41, cuya titularidad corresponde a D. Íñigo García Marco, a consecuencia de su no incorporación a la Junta de Compensación del Área de Intervención F 56/10 del PGOU de Zaragoza, una vez expuesto al público el acuerdo por el que se procedió a aprobar inicialmente la expropiación de la porción de terreno descrita, en el B.O.P. número 3717 de 26 de abril de 2021, en cumplimiento de lo exigido por el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 26 del Reglamento que la desarrolla.

SEGUNDO.- La adopción del presente acuerdo supone el inicio del expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico de publicación diaria y en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, a los efectos oportunos.

TERCERO.- Requerir a la propiedad de la finca afectada por expropiación para que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente L.E.F., hagan saber a esta Corporación, dentro de los siete días siguientes a que reciban la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, las condiciones en que se avendría a convenir libremente y de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia.

CUARTO.- El presente acuerdo supone el inicio, a efectos de cómputo de plazos, para un posible desahucio administrativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.

Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 16/07/2021