Tablón Municipal
Servicio de Administración de Suelo y Vivienda
Incoar expediente para la constitución de una servidumbre permanente
El Consejo de Gerencia en sesión de fecha 21 de junio de 2021 acuerda lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente para la constitución de una servidumbre permanente de paso de personas, vehículos y maquinaria, respecto de una porción de terreno de 4.857 m² de superficie que proporcione el camino de acceso a los depósitos de suministros del Sector 89/3 (Arcosur) del P.G.O.U. de Zaragoza, cuya propìedad pertenece a Acampo Casellas S.A. y Otros, al resultar afectada por el proyecto de obras para la ejecución de dichos depósitos así como por la modificación del proyecto de reparcelación del referido ámbito del planemiento; todo ello en aplicación de lo señalado en los artículos 30.1. b) y art. 154.2. b) del Decreto Legislativo 1/2.014, de 8 de Julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón. De conformidad con lo determinado en el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación forzosa y 17 de su propio Reglamento, se señala un plazo de quince días, que comenzará a contarse desde aquel en que aparezca la última publicación del anuncio, para que todas las Corporaciones, Entidades y particulares que pudieran resultar interesados, formulen ante la Alcaldía por escrito y de modo razonado, cuantas reclamaciones estimen pertinentes sobre la necesidad de ocupación de los terrenos afectados e indicados en la relación que seguidamente se incluye. Igualmente cualquier persona, aún no siendo de las relacionadas, podrá formular alegaciones si bien a los solos efectos de subsanar errores de la misma: La relación concreta e individualizada, en la que aparecen con mayor amplitud los detalles de los bienes sujetos a expropiación, será expuesta al público durante el plazo de quince días, en el Servicio de Administración de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (Edificio el Seminario - Vía Hispanidad nº20).
| Propietarios | Referencia catastral | Superficie de la Finca m2 | Extensión ocupación permanente m2 |
|---|---|---|---|
| Acampo Casellas S.A: y Otros | 50900A105000580000GW | 16.472 m2 | 4.857 m2 |
SEGUNDO.-. El contenido del apartado anterior se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico local de publicación diaria y en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
TERCERO.-. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones sin que se hayan producido o resueltas las que se formulen, se aprobará definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por servidumbre, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa.
CUARTO.-. Solicitar de todos y cada uno de los titulares de bienes sujetos a expropiación para que en el indicado plazo de alegaciones pongan en conocimiento de la Corporación expropiante, la posible existencia de titulares de derechos de ocupación o arrendamientos en las fincas afectadas, indicando en dicho supuesto nombre y domicilio de dichos afectados, con aportación de los contratos de arrendamiento o títulos que legitiman dichos derechos de ocupación y con expresión de las rentas que se satisfacen por dicho concepto, todo ello con el fin de iniciar el procedimiento para el desahucio en vía administrativa reseñado en el art. 64 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.
QUINTO.-. Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
Lo que se comunica a Ud. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que la anterior resolución agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponer potestativamente recurso de Reposición en el plazo de 1 mes y ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
I. C. de Zaragoza, a 23 de junio de 2021
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 25/06/2021

