Tablón Municipal
Servicio de Administración de Suelo y Vivienda
Aprobar definitivamente la expropiación de una porción de terreno de 204,91 m² de superficie procedentes de la Finca 70709
El Gobierno de Zaragoza en sesión de fecha 24 de mayo de 2021 acuerda lo siguiente:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente la expropiación de una porción de terreno de 204,91 m² de superficie procedentes de la Finca 70709 inscrita en el Registro de la Propiedad 10 de Zaragoza al Tomo 2664, Libro 1130, Folio 41, cuya titularidad corresponde a Dª M.ª Ángeles Monsec Lalanza y Dª M.ª Isabel Monsec Lalanza, en un 50% indiviso a cada una de ellas, a consecuencia de su no incorporación a la Junta de Compensación del Área de Intervención F 56/10 del PGOU de Zaragoza, una vez expuesto al público el acuerdo por el que se procedió a aprobar inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos de la porción de terreno descrita, en el B.O.P. número 236 de 13 de octubre de 2020, en cumplimiento de lo exigido por el art. 18 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y artículos 17 y 26 del Reglamento que la desarrolla.
SEGUNDO.- La adopción del presente acuerdo supone el inicio del expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el Boletín Oficial de la Provincia, en un periódico de publicación diaria y en el Tablón de anuncios de la Casa Consistorial, a los efectos oportunos.
TERCERO.- Requerir a la propiedad de la finca afectada por expropiación para que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la vigente L.E.F., hagan saber a esta Corporación, dentro de los siete días siguientes a que reciban la notificación de este acuerdo y en escrito dirigido al Ilmo. Sr. Alcalde, las condiciones en que se avendría a convenir libremente y de mutuo acuerdo con el Excmo. Ayuntamiento el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia.
CUARTO.- El presente acuerdo supone el inicio, a efectos de cómputo de plazos, para un posible desahucio administrativo, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.
QUINTO.- Autorizar al Sr. Consejero de Urbanismo y Equipamientos o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo.
Lo que comunico a Vd. para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN EN EL PLAZO DE UN MES DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA RECEPCIÓN DE ESTA NOTIFICACIÓN O DIRECTAMENTE RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de DOS MESES, todo ello según lo previsto en los artículos 10, 45 y siguientes de la Ley 29/1.998 de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, en relación con el art.52 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y arts. 114 y concordantes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 39/2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
I. C. de Zaragoza, a 28 de mayo de 2021
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 03/06/2021

