Tablón Municipal
Aprobar con carácter inicial la modificación aislada nº 180 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza vigente, de menor entidad, instada por los Padres Capuchinos San Antonio de Padua.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
PRIMERO.- Aprobar con carácter inicial la modificación aislada nº 180 del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza vigente, de menor entidad, instada por los Padres Capuchinos San Antonio de Padua, con el objeto de incorporar el uso de sanidad y salud (ES) dentro de los usos actuales permitidos en la parcela 33.16 -referencia catastral 6115608XM7161E0001BY- del colegio San Antonio de Padua, sita en la calle Fray Julián Garas nº 1, y con el fin de poder dar servicio complementario al Hospital San Juan de Dios, parcela 33.15, conforme al proyecto técnico redactado por los arquitectos D. Xavier Guindano Laborda y Dª María Pía Canals Lardiés.
SEGUNDO.- Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 85.2 y 57 del Decreto Legislativo 1/2014, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, mediante edicto a publicar en la sección provincial correspondiente del Boletín Oficial de Aragón, según dispone la Disposición Adicional Quinta del citado cuerpo legal.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al promotor del expediente y a los servicios municipales del área de Urbanismo y Sostenibilidad.
CUARTO.- Finalizado el periodo de información pública, de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 78.3 de la Ley de Urbanismo de Aragón para las modificaciones de menor entidad de los planes generales, se resolverá lo que proceda sobre la aprobación definitiva, visto que por acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 22 de octubre de 2013, se ha procedido a la homologación del Ayuntamiento de Zaragoza para que la intervención autonómica en el planeamiento derivado y modificaciones de menor entidad del Plan General sea facultativa.
QUINTO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Urbanismo de Aragón, el presente acuerdo de aprobación inicial determinará la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición sólo en el ámbito afectado por la modificación.
SEXTO.- Facultar a la Alcaldía-Presidencia para que adopte las resoluciones oportunas tendentes a la ejecución del presente acuerdo.
Mediante el presente anuncio se somete el expediente número 575400/2020 a información pública durante el plazo de un mes en el Servicio de Ordenación y Gestión Urbanística de la Gerencia de Urbanismo, sito en Vía Hispanidad 20-Centro Administrativo Seminario, en horas de oficina, a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
I.C. de Zaragoza a 29 de diciembre de 2020.
Fecha de Publicación del Tablón Municipal: 29/12/2020

