Ayuntamiento

Tablón Municipal

Servicio de Administración de Suelo y Vivienda

Solicitud de incoación de expediente expropiatorio

El Consejo de Gerencia Municipal de Urbanismo en sesión celebrada el dia 7 de febrero de 2013 ha acordado lo siguiente:

PRIMERO.- Someter a información pública por término de quince días, mediante su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, dos periódicos de publicación diaria y Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, de conformidad con lo dispuesto en el art. 18 de la Ley de Expropiación Forzosa y 17 del Reglamento que la desarrolla, la solicitud de incoación de expediente expropiatorio formulada por la Junta de Compensación del Sector 89/3 (Arcosur), por impago de cuotas de urbanización, recargos e intereses adeudados al día de la fecha por la entidad mercantil Grupo Empresarial Canales S.L, en su condición de miembro de dicha Junta de Compensación, respecto de las parcelas de su propiedad que a continuación se señalan:

1.- La finca nº C-48 de las resultantes del T.R. del Proyecto de Reparcelación del Sector 89/3 (Arcosur) pertenece en su totalidad a Grupo Empresarial Canales S.L., y se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 3396, Folio 206, Finca Registral 77680.

Tiene una superficie edificable máxima residencial y de otros usos de 13.860.-m2. y capacidad para la construcción de 132 Viviendas Protegidas de Aragón, precio máximo.

Dicha finca se encuentra libre de cargas y gravámenes con excepción de su afección con carácter real al pago del saldo de la liquidación definitiva de los costos de urbanización del Sector 89/3.

2.- La finca C-41.2 de las resultantes del T.R. del Proyecto de Reparcelación del Sector 89/3 (Arcosur) pertenece en su totalidad a Grupo Empresarial Canales S.L. y se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad al Tomo 3395, Folio 51, Finca Registral nº 77646.

Tiene una superficie edificable máxima de uso residencial y otros usos de 3.378,43 m2., con capacidad para la construcción de 27 viviendas libres.

Dicha finca se encuentra libre de cargas y gravámenes con excepción de su afección con carácter real al pago del saldo de la liquidación definitiva de los costos de urbanización del Sector 89/3.

3.- La finca E-2 de las resultantes del T.R. Del Proyecto de Reparcelación del Sector 89/3 (Arcosur) pertenece en su totalidad a Grupo Empresarial Canales S.L. y se encuentra inscrita en el Registro de la Propìedad al Tomo 3400, Folio 51, Finca Registral nº 77740.

Tiene una superficie edificable máxima residencial y otros usos de 16.038.-m2., con capacidad para la construcción de 144 viviendas libres..

Dicha finca se encuentra libre de cargas y gravámenes con excepción de su afección con carácter real al pago del saldo de la liquidación definitiva de los costos de urbanización del Sector 89/3.

4.- Una participación de 40,17 % en la parcela T-13 de las resultantes del Proyecto de Reparcelación del Sector 89/3 (Arcosur), pertenene al Grupo Empresarial Canales S.L. y se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad, al Tomo 3414, Folio 196, Finca Registral nº 78.148.

Tiene una superficie edificable máxima de 8.148.-m2. Para uso terciario y se encuentra libre de cargas y gravámenes con excepción de su afección real al pago del saldo de liquidación definitiva de los costos de urbanización del Sector 89/3.

SEGUNDO.- Las cantidades adeudadas por Grupo Empresarial Canales S.L en concepto de cuotas de urbanización, recargos e intereses pendientes al día de la fecha, que ascienden a un total de 494.556,34 euros, según certificación emitida por D. Fernando Fernández Lázaro como Secretario de la Junta de Compensación del Sector 89/3, fechada el 23 de enero de 2013, se desglosan de la siguiente forma:

1.- 427.586,86 euros (IVA no incluido), correspondientes al saldo deudor por derramas de cuotas de urbanización hasta el 23 de Enero de 2013.

2.- 53.366,09 euros, correspondiente a las penas indemnizatorias por el total adeudado hasta el 23 de Enero de 2013, en aplicación del art. 35.3 de sus Estatutos.

3.- 13.603,39 euros correspondientes a los intereses generados por el total adeudado hasta el 23 de Enero de 2013, en aplicación del art. 35.3 de sus Estatutos.

TERCERO.- El presente acuerdo habrá de ser objeto de notificación individualizada a la Junta de Compensación del Sector 89/3 (Arcosur), a la propiedad y acreedores hipotecarios de las fincas cuya expropiación se ha solicitado.

CUARTO.- Una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan producido alegaciones, o en su caso resueltas las que se formulen, se resolverá sobre la conveniencia o no de proseguir con la incoación del expediente expropiatorio, lo que supondría el inicio del mismo con arreglo a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, o en su defecto, se optará por la utilización de la vía de apremio para el abono de las cuotas de urbanización adeudadas a la Junta de Compensación del Sector en los términos que posibilita el art. 36.1 de los Estatutos de la misma.

QUINTO.- Poner en conocimiento de la Junta de Compensación del Sector 89/3 (Arcosur), titulares dominicales y acreedores hipotecarios de las fincas cuya expropiación se solicita, el informe técnico emitido por la Unidad de Proyectos y Valoraciones en fecha 30 de Enero de 2013, que establece los criterios y procedimientos valorativos que se aplicarán, con arreglo a la legislación urbanística estatal, en el supuesto de que se inicie el procedimiento expropiatorio solicitado, para la tasación de las fincas de referencia, dando traslado del mismo para su conocimiento y efectos.

SEXT0.- Autorizar al Sr. Consejero del Area de Urbanismo, Infraestructuras, Equipamientos y Vivienda, o miembro de la Corporación que legalmente le sustituya, para la fijación de plazos y firma de cuanta documentación precise la debida efectividad del presente acuerdo. Todo ello en apliación del art. 92 de la Ley 5/99 Urbanística de Aragón y art. 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Aragón.

Inmortal Ciudad de Zaragoza,27 de febrero de 2013

ELSECRETARIO GENERAL,P.A.

Fdo. Pedro Marín Ballabriga

Fecha de Publicación del Tablón Municipal: