Sin Barreras

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A QUIÉN VA DIRIGIDA

La accesibilidad favorece, de una u otra manera, a toda la población, pero es evidente que hay grupos de personas que se ven más afectadas por la existencia de barreras, ya sea de forma permanente o circunstancial. A estos se les ha denominado comúnmente Personas Beneficiarias de la Supresión de Barreras (PBSB). Serían:

  • Personas con discapacidades permanentes: derivadas de Deficiencias Físicas, Sensoriales o Mentales.
  • Personas mayores: Distinguimos: o Personas mayores discapacitadas. o Personas mayores no discapacitadas.
  • Personas afectadas por circunstancias transitorias: Derivadas de actividades o situaciones coyunturales que pueden resultar discapacitantes. Dentro de este grupo distinguimos personas con discapacidad transitoria física (uso de muletas, etc)., mujeres embarazadas, etc.
    Llevar niños pequeños en brazos o en cochecito, transportar bultos pesados o, simplemente tener las manos ocupadas motivan que una persona no discapacitada pueda ser, temporalmente, una persona con movilidad reducida.

La recopilación de las características de  accesibilidad mostradas en este portal como resultado del análisis de los edificios de uso público, ocio y turismo (hoteles, museos, cines, etc.), itinerarios peatonales (barreras urbanísticas), rutas en transporte público (barreras transporte) y barreras sensoriales, permitirá a los usuarios antes citados, realizar una valoración antes de salir de su casa sobre la accesibilidad de los sitios a visitar, considerando si se les va a permitir un acceso total o parcial al edificio, si deben ir acompañados, o si el entorno urbanístico es apto para que puedan llegar de forma autónoma. Para ello se indican de manera específica las condiciones de aparcamiento, entrada, aseos de uso público, el área de atención al público, desplazamientos verticales, movilidad en el interior del edificio, etc.

En este sentido, y con el fin de evitar confusiones, conviene precisar por qué en determinados casos nos encontramos con zonas accesibles en mayor o menor grado, lo que se hace constar con el símbolo correspondiente, Ver Simbología Utilizada , explicando de forma general por qué un edificio o una ruta, dependiendo de su tipología, son considerados acccesibles o no.

 

¿POR QUÉ SON ACCESIBLES?

Para explicar básicamente por qué consideramos accesible un edificio o no nos basaremos en la legislación aplicable al efecto. En el caso de Aragón debemos ceñirnos al Decreto 19/1999 de 9 de Febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación, de aplicación a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por qué es accesible un Edificio Público

Entendemos como tal los museos, bibliotecas, centros cívicos, oficinas de atención al ciudadano como correos, ayuntamientos, policía, tráfico, etc.

Llegada al edificio.
Es importante que existan medios de transporte público y que estén señalizadas las paradas así como las conexiones entre ellas. En caso de utilizar transporte propio deberá existir un aparcamiento adaptado.

Aparcamiento.
Debe disponer de plazas reservadas para personas con discapacidad señalizadas adecuadamente mediante el Símbolo Internacional de Accesibilidad (S.I.A) . También se deberá favorecer desde este el acceso al edificio mediante rampas, ascensores,etc.

Señalización.
El edificio debe estar correctamente señalizado desde el exterior, de modo que sea inteligible para personas con discapacidad.

Entrada:
Llana, a cota cero y sin peldaños. En caso de que existan estos debe disponer de elevadores o una rampa longitudinal alternativa y con pendiente, de acuerdo a la normativa. Las puertas deben ser amplias, preferiblemente automáticas.

Hall::
Mesas y mostradores de información tendrán la altura adecuada para recibir a todo tipo de usuario. También otros elementos como teléfonos, accesos a internet, etc. Debe haber espacios amplios para facilitar el giro. El pavimento debe ser antideslizante. El personal de atención deberá aportar la información e interacción adecuada dirigida a satisfacer las necesidades de estos usuarios (uso de instalaciones, etc).

Dependencias Administrativas:
Se debe cumplir atendiendo a tres criterios de accesibilidad. Por un lado accesibilidad en las oficinas de atención al ciudadano, por otro en impresos y documentos y finalmente accesibilidad en la prestación de servicios de atención.
Las oficinas de atención deben estar adaptadas. Sus elementos funcionales deberán estar a la altura correcta.
Los documentos e impresos deberán ser accesibles, mediante su ubicación en estantes, dispensadores u otro mobiliario (adaptados en altura). Se ofrecerán en formatos alternativos si así se solicita utilizando tipografías grandes o ampliadas, en braille, o bien se contará con personal de apoyo para facilitar su cumplimentación.
La atención por parte del personal al servicio de la administración se regirá por criterios de interacción con las personas con discapacidad facilitando los medios auxiliares pertinentes para su realización.
Las dependencias dispondrán de espacios amplios para la movilidad, aseos, ascensores y rampas adaptados.

Ascensores Adaptados:
Las puertas tendrán un ancho mínimo de 80 cm y el dispositivo de seguridad pertinente. Deben ser amplios (1,10 x 1,40) con pasamanos a la altura. La botonera debe estar a menos de 120 cm. de altura el botón más desfavorable con numeración en Braille o en relieve. Tendrán señalización luminosa de tránsito en cada planta y una señal acústica de cada llegada.

Movilidad en el interior del edificio:
Espacios amplios. Puertas y pasos de un mínimo de 80 y 1,05 cm respectivamente. Para el desplazamiento vertical a otros servicios comunes como cafetería, bar,etc se utilizarán rampas o elevadores  para salvar escaleras. Disposición de ascensor adaptado para el desplazamiento entre plantas. Teléfonos y otros elementos de comunicación estarán adaptados en altura y dotados de telefonía de texto, de fax, y de poder permitirse técnicamente sistemas de videotelefonía para facilitar la lectura labial.

Aseos Adaptados:
La puerta de entrada al aseo mínimo 80cm. En el interior se debe permitir el giro, poder inscribir un círculo de 150 cm. Los elementos del aseo como lavabo, wc, etc deben estar a la altura suficiente. (Inodoro entre 45 y 47 cm). Debe existir un espacio de al menos 90 cm. para poder realizar la transferencia desde una silla de ruedas; además, de existir al menos una barra de apoyo abatible y otra fija que permita su realización. Se eliminarán elementos como papeleras, motivos decorativos etc. que lo imposibiliten.

* En el caso de edificios tales como hospitales, residencias de tercera edad, etc. además habrá de tenerse en cuenta:

Consultas
Tienen que tener puertas amplias (al menos 80cm). Mesas adaptadas. Espacios amplios para la movilidad (posibilidad de giro).

Habitaciones
Tienen que tener puertas amplias (al menos 80 cm). Espacios amplios para la movilidad (posibilidad de giro). Los aseos o baños estarán adaptados conforme a la normativa.

 

Por qué es Accesible un Hotel

Llegada al edificio.
Es importante que existan medios de transporte público y que estén señalizadas las paradas así como conexiones entre ellas. En caso de utilizar transporte propio deberá existir un aparcamiento adaptado.

Aparcamiento.
El acceso al edificio debe estar adaptado existiendo plazas reservadas para personas con discapacidad señalizadas adecuadamente, así como favorecer el acceso al hotel desde el parking mediante rampas o ascensores adaptados.

Entrada:
Debe ser llana, a cota cero y sin peldaños. En caso de que existan estos debe disponer de elevadores o una rampa longitudinal alternativa y con pendiente de acuerdo a la normativa. Las puertas deben ser amplias. Lo ideal es que las puertas sean automáticas.

Hall:
Mesas y mostradores de información tendrán la altura adecuada para recibir a todo tipo de usuario. También otros elementos como teléfonos, accesos a internet, etc. Debe haber espacios amplios para facilitar el giro. El pavimento debe ser antideslizante. El personal de atención deberá aportar la información e interacción adecuada dirigida a satisfacer las necediades de estos usuarios (uso de instalaciones, etc).

Ascensores Adaptados:
Las puertas tendrán un ancho mínimo de 80 cm y el dispositivo de seguridad pertinente. Deben ser amplios (1,10 x 1,40 cm.) con pasamanos a la altura. La botonera debe estar a menos de 120 cm. de altura el botón más desfavorable con numeración en Braille o en relieve. Tendrán señalización luminosa de tránsito en cada planta y una señal acústica de cada llegada.

Habitaciones:
Las habitaciones deberán ser amplias permitiendo el giro. La puerta de entrada a las mismas debe ser amplia (80 cm. mínimo). La cama debe estar a  una altura que posibilite  la transferencia desde la silla. Deben poseer baños adaptados.

Movilidad en el interior del edificio:
Espacios amplios. Puertas y pasos de al menos 80 cm. Accesos a otros servicios comunes como cafetería, bar, sala de juegos, etc. mediante rampas, etc. Disposición de ascensor adaptado para el desplazamiento entre plantas.

Aseos o Baños Adaptados:
La puerta de entrada al baño o aseo debe ser amplia (mínimo 80cm.). En el interior se debe permitir el giro, poder inscribir un círculo de 150 cm. Los elementos del baño como lavabo, wc, bañera, etc deben estar a la altura suficiente.(Inodoro entre 45 y 47 cm). Debe existir un espacio de al menos 75 cm. para poder realizar la transferencia desde una silla de ruedas; además, de existir al menos una barra de apoyo abatible y otra fija que permita su realización. Se eliminarán elementos como papeleras, motivos decorativos etc. que lo imposibiliten. En la zona de la ducha o bañera la puerta tendrá un ancho de 80 cm. o más, espacio para realizar transferencia, barras de apoyo fijas y abatibles y asientos.

 

Por qué es Accesible un Medio de Transporte

Paradas o estaciones:
Deben existir medios de transporte público adaptado para acceder a las estaciones de tren o aeropuertos y aparcamientos con plazas reservadas si se utiliza transporte propio.
En el caso de paradas de medios de transporte público (autobuses) estarán debidamente señalizadas con suficiente espacio para la movilidad. Pavimento antideslizante y altura y pendiente de la plataforma respecto de la parada conforme a normativa. Los servicios de atención a pasajeros deberán estar adaptados.

Embarque o desembarque del vehículo:
El acceso al interior de los vehículos (vagones, autobuses, aviones,etc) se salvará mediante rampas móviles o plataformas elevadoras con borde señalizado mediante una banda antideslizante. Se deberá comprobar la adecuación de la ubicación de los pasamanos de los accesos y los mecanismos automáticos de seguridad de las puertas. Anchura de puertas mínimo 1,00 m.

Interior del vehículo:
Deberán existir asientos reservados debidamente señalizados  y espacios habilitados para usuarios de silla de ruedas con asientos abatibles. El pavimento debe ser antideslizante.

Deben existir pulsadores de llamada, máquinas marcadoras de billetes, lectores de tarjetas, pasamanos horizontales y verticales a la altura diferenciados por color y material (botones en braille). Se instalará un pulsador específico de solicitud de parada (a la altura) que advierta al conductor de que una persona con movilidad reducida en silla de ruedas desea descender para que así pueda contemplar un tiempo de apertura de puertas superior al habitual.

Se colocarán señalizadores táctiles. Debe existir un correcto funcionamiento de las señales luminosas y auditivas que aporten información sobre recorridos, paradas, etc.
No deben exisitir obstáculos que impidan la movilidad y circulación de los pasajeros. Las puertas interiores, corredores y pasillos deben permitir permitir el paso de una persona en silla de ruedas. Los aseos deben estar adaptados.
El personal de asistencia al usuario facilitará el uso de las instalaciones y vehículos a la personas con movilidad reducida favoreciendo la comunicación e interacción con ellos.

 

Por qué es accesible un Itinerario

Los itinerarios peatonales son rutas en la vía pública que nos permiten acceder a edificios y lugares para poder desarrollar nuestra vida diaria con normalidad.
Los elementos a tener en cuenta para analizar la accesibilidad de los itinerarios son:

Elementos generales. La anchura del espacio destinado a la circulación de peatones debe ser al menos de 1,50 m, siendo recomendable una anchura de 2 m. La altura mínima libre será de 2,20 m. La pendiente del itinerario deberá ajustarse a los parámetros establecidos por la normativa de accesibilidad. Si no es posible alcanzar este objetivo habrán de habilitarse itinerarios alternativos.

Aceras. Anchura mínima de 1,50 m. En cascos históricos donde esta medida resulte compleja conviene crear una plataforma única en la que acera y calzada se encuentren a la misma cota, y en la que se limite el acceso de vehículos.

Pavimento. Antideslizante, con bordillos de 14 cm de altura máxima.

Pasos de peatones. Los vados, isletas y pasos de peatones tendrán una anchura mínima de 1,50 m. Hay que evitar la diferencia de cota entre bordillo y paso de peatones, ya sea a través de un rebaje en el bordillo o de una elevación de la calzada, pero siempre manteniendo un desnivel de al menos 2 cm para evitar que las personas con discapacidad visual invadan inadvertidamente la calzada.
Los pasos de peatones deben señalizarse en la acera, mediante una franja señalizadora de 1,20 m de anchura contrastada en textura (pavimento táctil de botones T y H) y color con el resto de la acera.
Los pasos de peatones elevados y subterráneos deberán contar con una escalera y una rampa, o con un ascensor, que cumplan las condiciones de accesibilidad y que estén señalizados de acuerdo con las especificaciones para cambios.

Señalización vertical, semáforos, farolas.
Las señales verticales y farolas se colocarán preferentemente junto al bordillo, siempre que dejen libre una franja para la circulación peatonal horizontal de anchura mínima de 1,50 m.
Los semáforos se ubicarán de forma que no interrumpan la circulación, y contarán con una señal acústica no molesta, que se active cada vez que el semáforo esté abierto para los peatones. En ningún caso se adosarán papeleras u otros objetos salientes en los postes verticales, ya que no serían detectables por las personas con discapacidad visual.

Cuerpos salientes. Los toldos, banderolas y otros cuerpos salientes en las fachadas se colocarán a una altura mínima de 2,20 m desde el suelo.

Bolardos, horquillas y pilarotes. Han de colocarse en línea en el borde de la acera y lo más próximo posible a la calzada, dejando una anchura libre mínima para la circulación peatonal de 1,50 m.
Deben contrastar cromáticamente con la acera. En ningún caso se deben instalar horquillas, suponen un peligro para las personas ciegas o con deficiencia visual.

Protección de alcorques. Se cubrirán con rejillas enrasadas con el pavimento para evitar una diferencia de nivel que pueda provocar accidentes.

Tapas de registro, rejillas de ventilación y sumideros. Deben estar perfectamente fijados y enrasados en la acera, además de impedir cualquier tipo de deslizamiento.

Árboles y jardineras. La altura libre de paso en un área arbolada que se encuentre en la zona de circulación peatonal, será de 2,20 m de altura.
Entre los tiestos, jardineras y otras áreas ajardinadas ubicados en las zonas de circulación peatonal debe existir una distancia mínima de 90 cm. Las plantas que en ellas se contengan no deben invadir la zona libre de paso entre los elementos.

Paneles informativos y carteleras. Las señales y paneles informativos a lo largo del itinerario deben ajustarse a las condiciones de accesibilidad que se presentan.

Otros:Debemos cuidar que no obstaculicen el itinerario otros elementos tales como fuentes, papeleras, bancos, obras en la vía públicas, etc.

Anexos Gráficos