Consulta pública previa
Reglamento de los Centros Municipales de Servicios Sociales

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Consulta pública previa. Finalizada el lunes, 26 de abril de 2021. Aportaciones recibidasRespuestas al cuestionario recibidas

Aprobación inicial: Gobierno de Zaragoza 24 de mayo de 2021 • BOPZ nº 128 de 8 junio 2021

Información Pública: Del 08 junio 2021 al 08 julio 2021 Acceso

Antecedentes y objetivos

La ciudad de Zaragoza, capital de la Comunidad y principal núcleo de población de la misma, carece hasta el momento de una regulación municipal propia que, en materia de acción e intervención social y derechos sociales, establezca un marco organizativo y de funcionamiento específico que atienda a las particularidades de la ciudad de Zaragoza frente a otros municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por este motivo, en ejercicio de la competencia propia atribuida al municipio de Zaragoza en el artículo 33 de la Ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón, en materia de “Creación, mantenimiento y gestión de los Centros Municipales de Servicios Sociales correspondientes al área o áreas básicas que se constituyan en Zaragoza, de acuerdo con el Mapa de Servicios Sociales de Aragón” y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón y, particularmente al apartado segundo de la Disposición Final Primera del Decreto 184/2016, de 20 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón que establece que “Las entidades locales titulares del Centro de Servicios Sociales deberán aprobar un reglamento de funcionamiento interno del Centro y la Carta de derechos y deberes de las personas usuarias” se propone la aprobación de un marco normativo adecuado que responda a ese objetivo.

En esta fase de elaboración de la norma ha de estarse a lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que dispone que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento, se sustanciará consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en el que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Por todo ello, se somete a consulta pública la elaboración del Reglamento de Centros Municipales de Servicios Sociales, por plazo de quince días, a través de la Plataforma de Gobierno Abierto integrada en la sede electrónica municipal, de conformidad y en cumplimiento de lo establecido en el mencionado artículo 133.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Aportaciones al proyecto. Plazo de consulta finalizado.

El Ayuntamiento de Zaragoza sometió a consulta pública el proyecto de Reglamento de los Centros Municipales de Servicios Sociales, iniciándose el 7 de abril y estableciéndose para ello el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación del presente acuerdo con la documentación correspondiente en la Plataforma de Gobierno Abierto, para la realización de dicha consulta, recabando la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma y todo ello en los términos establecidos en la citada ley de Procedimiento Administrativo Común y en las Instrucciones dictadas por acuerdo de 22 de septiembre de 2017 del Gobierno de Zaragoza para habilitar la Consulta Pública previa.

El proceso participativo permitió dos vías de participación:

  1. Responder a las siguientes preguntas:
    • ¿Cómo puede mejorar esta normativa la gestión y atención a la ciudadanía desde los Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS)?
    • ¿Que derechos y deberes debería establecer para una mejor atención y funcionamiento de los CMSS?
    • ¿Qué información debería ofrecerse a los ciudadanos y ciudadanos y ciudadanas sobre el funcionamiento de los CMSS?
  2. Realizar aportaciones al reglamento a nivel general o a cualquier apartado del reglamento.

Para poder participar es necesario ser mayor de 14 años y estar dado de alta en la Plataforma de Gobierno Abierto.

También puedes dar tu apoyo a las aportaciones realizadas por otros participantes.