Agua. Aplicación de Coeficiente Colectivo a Totalizadores de Viviendas, de Agua caliente y Establecimientos de concentración de carácter asistencial
DESCRIPCIÓN
Se aplica a pólizas de suministro de agua fría o caliente que controlan a través de un único contador los consumos de:
- a) Una pluralidad de viviendas en urbanizaciones o edificios.
- b) Establecimientos de concentración de carácter asistencial, excluidas las actividades de hospedaje y enseñanza, que sean la residencia habitual de las personas internadas en ellos.
El coeficiente colectivo aplicable se determina de la siguiente manera:
- a) En el caso de totalizadores de agua fría o caliente doméstica: Será igual al número de viviendas suministradas a través de un mismo contador, excluyendo los locales comerciales. Si coexisten viviendas acabadas con viviendas en construcción, el punto o puntos de consumo correspondientes a las obras en curso, se contabilizarán como una sola unidad para el coeficiente colectivo.
- b) En el caso de establecimientos de concentración de carácter asistencial: Se considerará una vivienda equivalente por cada tres personas empadronadas.
Su aplicación amplía los tramos de consumo de las tarifas por cuota variable de abastecimiento y saneamiento de agua, evitando que la acumulación de consumos en un único contador se vea afectada por la progresividad de la tarifa.
En el caso de consumos no domésticos (comerciales e industriales) abastecidos a través de contador totalizador, consultar el procedimiento de "Independización de consumos".
Dirigido a Comunidad de Propietarios
Normativas:
- Ordenanza Fiscal nº 24.25: Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua
- Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua
- Ordenanza Reguladora de las Tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua
- Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza
- Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza, 2024
FORMAS DE TRAMITACIÓN:
Presencial
PROCESO:
- Solicitud del interesado o su representante por escrito a presentar a través del Registro General del ayuntamiento, indicando el número de viviendas (reales o equivalentes) abastecidas por un mismo contador, excluyendo los locales comerciales.
- En el caso de comunidades de propietarios, se remite a informe del Área de Infraestructuras.
- El plazo de resolución es de aproximadamente 2 meses.
- Se aplica desde la fecha de solicitud. No tiene efectos retroactivos.
- Los cambios que afecten al coeficiente colectivo deberán ser comunicados al ayuntamiento en el plazo de un mes.
DOCUMENTACIÓN:
- Certificación sobre el número de viviendas, reales o equivalentes, a incluir en el coeficiente colectivo.
- En establecimientos de concentración, relación de personas empadronadas, con sus datos identificativos: nombre y dos apellidos y N.I.F.
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
Oficina de Registro Plaza del Pilar
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50071
Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50071
- Horario:
- De lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. (excepto festivos)
- Lunes y jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19h.
Oficina de Registro Seminario
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Horario:
- De lunes a viernes: de 8,30 a 13,30 h.
Por Correo
Dirección:
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Via Hispanidad, 20 (Planta B)
50009 Zaragoza
Unidad de Tasas y Precios Públicos
Via Hispanidad, 20 (Planta B)
50009 Zaragoza
PROCESO:
- Solicitud del interesado o su representante por escrito a presentar a través del Registro General del ayuntamiento, indicando el número de viviendas (reales o equivalentes) abastecidas por un mismo contador, excluyendo los locales comerciales.
- En el caso de comunidades de propietarios, se remite a informe del Área de Infraestructuras.
- El plazo de resolución es de aproximadamente 2 meses.
- Se aplica desde la fecha de solicitud. No tiene efectos retroactivos.
- Los cambios que afecten al coeficiente colectivo deberán ser comunicados al ayuntamiento en el plazo de un mes.
DOCUMENTACIÓN:
- Certificación sobre el número de viviendas, reales o equivalentes, a incluir en el coeficiente colectivo.
- En establecimientos de concentración, relación de personas empadronadas, con sus datos identificativos: nombre y dos apellidos y N.I.F.
Órgano Gestor:
Oficina de Gestión Tributaria
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071
- Tfno: 976 721917
- Horario:
- De lunes a viernes de 8 a 14 h. (Solicitud de turno para atención presencial hasta las 13:15h).