Limpieza del Complejo Deportivo Municipal Palafox: Adjudicación Provisional

Expediente: 0549780/09

DECRETO DEL CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES EN LA INMORTAL CIUDAD DE ZARAGOZA A 16 DE JUNIO DE 2010.

Vista la documentación obrante en el expediente, y el informe y propuesta del Servicio de Contratación, con la conformidad de la Jefatura del Departamento de Contratación y Patrimonio, este CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES, en virtud de las atribuciones delegadas por el Gobierno de Zaragoza mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2009, resuelve lo siguiente:

PRIMERO.- No admitir en el procedimiento de adjudicación convocado para el servicio de LIMPIEZA DEL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL PALAFOX a la Plica nº 5 INICIAL FACILITIES SERVICES, por haber presentado la oferta fuera de plazo.

SEGUNDO.- Excluir del procedimiento de adjudicación convocado para el servicio de LIMPIEZA DEL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL PALAFOX a la Plica nº 7 SAMSIC IBERIA S.L. por incluir en el sobre C la oferta económica y a las Plicas nº 8 LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO,S.A.(LIMASA), nº9, LIMPIEZAS ZARAGOZA, S.A., nº 11, LIMPIEZAS PISUERGA GRUPO NORTE (LIMPISA, S.A.) y nº 14, DISTRIVISUAL, S.L., por no incluir los manuales de procedimiento propios de la empresa que afectan al servicio objeto de contrato, de acuerdo con lo exigido en la cláusula h) de los Pliegos de cláusulas administrativas particulares específicas.

TERCERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Fernando Díaz Sánchez, en nombre y representación de la empresa KLUH LINAER ESPAÑA S.L, al respecto de su exclusión del procedimiento relativo al contrato del servicio de LIMPIEZA DEL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL PALAFOX” ya que en la cláusula h) de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares Específicas se establece la documentación que ha de incluirse en el sobre A):

  • Oferta económica: deberá presentarse de acuerdo con el modelo previsto en el anexo I del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
  • Sistemas de gestión de la calidad: aportación de manuales de procedimiento propios de la empresa y que afecten al servicio objeto del contrato.

Dicha documentación debía aportarse exclusivamente en el sobre A no en ningún otro sobre, y el incumplimiento de las normas del pliego, cuando éste exija la presentación de las documentaciones técnica y económica en sobre separados, al objeto de permitir la apertura sucesiva de ambos, determinará la inadmisión de los licitadores que hubieran incurrido el mismo, por lo que queda excluída del procedimiento de licitación.

CUARTO.- Desestimar las alegaciones presentadas por D. Ignacio Moros Garcia en nombre y representación de la empresa SOLDENE S.A., contra la valoración técnica, basadas en lo que consideran una infravaloración en todos los apartados de la parte técnica (sobre C), toda vez que la puntuación dada a la empresa SOLDENE S.A., ha sido de 6,40 puntos en el informe técnico, puntuación a la que habría de sumarse la obtenida en la proposición económica (sobre A) que incluye no sólo la oferta económica sino también los sistemas de gestion de calidad, que no es un criterio que se ha valorado en la documentación técnica. La suma de la valoración del sobre C y la gestión de calidad de la empresa SOLDENE, S.A. es de 11,40 puntos que unidos a la valoración de la oferta económica, 65 puntos, dan como resultado los 76,40 puntos finales. Por parte del Servicio de Instalaciones Deportivas se ratifica en la valoración técnica realizada.

QUINTO.- Adjudicar provisionalmente, por procedimiento abierto, el servicio de LIMPIEZA DEL COMPLEJO DEPORTIVO MUNICIPAL PALAFOX, cuyo presupuesto de licitación es de 739.544,36 euros (I.V.A. Excluido); 857.871,46 euros (I.V.A.incluido), a la oferta más ventajosa para los intereses municipales, de acuerdo con el baremo recogido en los pliegos de cláusulas administrativas, de entre los licitadores admitidos a la licitación y que corresponde a la formulada por la empresa MULTIANAU, S.L. con C.I.F B50819507 y con domicilio en C/ GUARA, NAVE 1, PARCELA 5 D POLÍGONO INDUSTRIAL VALDECONSEJO 50410 CUARTE DE HUERVA (ZARAGOZA) por los siguientes importes y una duración del contrato de 4 años:

Precios
CONCEPTOI.V.A. excluidoI.V.A. incluido
Precio en euros / h diurno 16,50 euros 19,14 euros
Precio en euros / h nocturno 20,60 euros 23,90 euros

Dichos trabajos se ejecutarán con sujeción a los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas particulares obrantes en el expediente e instrucciones que curse la Dirección Técnica Municipal.

SEXTO.- El gasto derivado del contrato para el presente ejercicio se satisfará con aplicación a la partida presupuestaria 10-DEP-342-22799 CONTROL PABELLONES DEPORTIVOS RC:101877. La vigencia del contrato para el resto de los ejercicios a los que se extiende la duración del mismo, quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en los presupuestos anuales correspondientes.

SEPTIMO.- Requerir al adjudicatario para que dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a la publicación de esta adjudicación en el perfil del contratante, constituya en la Tesorería Municipal en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas particulares la cantidad de 3.697,72 euros, en concepto de garantía definitiva, todo ello para responder de las estipulaciones del contrato y de la efectividad de las responsabilidades que pudieran derivarse de su gestión, lo que acreditará en el Servicio de Contratación mediante la presentación del correspondiente resguardo.

Asimismo, deberá presentar en el citado Servicio justificante de haber abonado en la Tesorería Municipal el importe de 908,83 euros en concepto de pago por la inserción de anuncios en los correspondientes boletines oficiales.

OCTAVO.- Notificar el presente acuerdo a todas las empresas que han intervenido en la licitación.

NOVENO.- Este Consejero será el competente para la firma de cuanta documentación precisare la debida efectividad del presente Decreto.

DÉCIMO.- El presente Decreto deberá quedar inscrito en el Libro correspondiente

EL CONSEJERO DEL ÁREA DE FOMENTO Y DEPORTES
Fdo.: Manuel Lorenzo Blasco Nogués

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