Ayuntamiento de Zaragoza

Urbanismo

Adquisición por expropiación. Procedimientos ordinario y urgente (X204)

Última Actualización: 01/03/2016
Concepto:

Tiene por objeto la adquisición, por parte municipal, de bienes y derechos de propiedad privada para su ingreso en el Patrimonio Municipal de Suelo, al resultar afectados por la ejecución del Planeamiento del municipio, por ministerio de la Ley o por la ejecución de determinados Proyectos de obras de Urbanización o ejecución de colectores en el término municipal, sin perjuicio de otras expropiaciones derivadas de la ejecución de obras incluidas en convenios suscritos con otras Administraciones Públicas.


Tipologia:

Con carácter general engloba una pluralidad de supuestos, que a modo de síntesis pueden resumirse en la siguiente clasificación:

  • Expropiación-sanción por incumplimiento de obligaciones urbanísticas.
  • Expropiaciones derivadas de la ejecución del Plan General (Sistemas Generales yLocales).
  • Expropiaciones derivadas de la ejecución de Proyectos de obras de Urbanización, Pavimentación, Ensanche de viarios, ejecución de Colectores, etc.
  • Expropiación a titulares de fincas privadas incluidas en Proyectos de Reparcelación o Compensación, por no adhesión a las Juntas de Compensación en tiempo y forma.
  • Expropiación como sistema para la ejecución de ámbitos de actuación en que se prevé dicho Sistema de Gestión.

Unidad Responsable: UNIDAD JURÍDICA DE PATRIMONIO MUNICIPAL DE SUELO Y EXPROPIACIONES

Normativa

Procedimiento

  1. Tasación individual:
  2. Tasación conjunta.


1.PROCEDIMIENTO DE TASACIÓN INDIVIDUAL

1 A. Tasación individual. Procedimiento Ordinario

Es el utilizado en la mayoría de los casos.

A.  Iniciación

Puede iniciarse de oficio o a instancia de particular.

  • De oficio: en supuestos en que se expropie como sistema de gestión previsto en el PGOU, o en ejecución de un Proyecto de Urbanización, obtención de Sistemas Generales¿
  • A instancia de particular: en supuestos en que una Junta de Compensación solicite la expropiación por no-adhesión, o el propio interesado inste la expropiación según las previsiones del PGOU, en supuestos en que exista una entidad beneficiaria de la expropiación.

La solicitud se presentará en el Servicio de Informacióny Atención al Ciudadano junto con escritura de propiedad objeto de la expropiación.

B. Ordenación e Instrucción

1. Declaración de Utilidad Pública o Interés Público
Se entiende implícita con la aprobación del Proyecto de Obras, Urbanización, etc. que sirve de base para el inicio de los expedientes expropiatorios, incluso en el propio Plan General, todo ello de conformidad con la legislación aplicable al efecto.

2. Acuerdo de Necesidad de Ocupación
Dicho acuerdo supone relacionar los bienes y derechos afectados por el Proyecto expropiatorio, con expresión de superficies y linderos de las fincas, así como sus titulares reales.

  • Previamente a todo ello deberán evacuarse los siguientes informes:
      *Informe técnico de la Sección de Expropiación.
      *Informe de la Unidad de Gestión Exterior, con aportación de los titulares catastrales y registrales de cada una de las fincas afectadas.
      *Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo, aprobando inicialmente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación, y concediendo plazo por término de quince días para la presentación de alegaciones, en relación a la superficie afectada o a los titulares señalados en la misma.
  • En el plazo de quince días los interesados pueden formular alegaciones, aportando cuantos justificantes estimen convenientes. Transcurrido dicho plazo se deberán emitir
    los siguientes informes:
      *Informe técnico de los servicios técnicos competentes para resolver las alegaciones que hayan podido plantear los expropiados.
      *Informe Jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno, aprobando definitivamente la relación de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiación y requiriendo a los afectados para el señalamiento de condiciones de avenencia en el plazo de siete días, así como que manifiesten la existencia de ocupantes o titulares de derechos arrendaticios en la finca afectada, con indicación en este supuesto de rentas que satisfacen. Este acuerdo, que es susceptible de recurso ante la jurisdicción contencioso administrativa en el plazo de dos meses, supone el inicio del expediente expropiatorio, debiendo formalizarse tantos expedientes administrativos individualizados como sujetos expropiados se encuentren afectados por la ejecución de un determinado Proyecto, todo ello con carácter previo al inicio del expediente de justiprecio y pago. En dicho acuerdo se inicia procedimiento y plazos para deshaucio de acuerdo con el Reglamento de Bienes Autonómico.

Tanto el acuerdo inicial como el definitivo de aprobación de la relación de afectados deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, un periódico local de publicación diaria y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

3. Señalamiento del Justiprecio

  • Una vez individualizados los expedientes administrativos de cada uno de los titulares afectados, y habiéndose formulado propuesta de avenencia, o transcurrido el plazo concedido a tal efecto se efectuaran los siguientes trámites:
      *Informe de la Sección Técnica de Expropiación y de la Unidad Técnica de Proyectos y Valoraciones respecto de la propuesta formulada en fase de avenencia.
      *Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Resolución del Sr. Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad, dando por terminada la fase de avenencia y requiriendo la formulación de hoja de aprecio en veinte días a los sujetos expropiados.
  • Una vez remitida por los sujetos expropiados la hoja de aprecio o transcurrido el plazo de veinte días sin que sea efectuado dicho trámite, se evacuarán los siguientes informes:
      *Informe de la Sección Técnica de Expropiaciones y de la Unidad de Proyectos y Valoraciones que contendrá la hoja de aprecio municipal.
      *Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Resolución del Sr. Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad, rechazando la hoja de aprecio particular y aprobando la Hoja de aprecio emitida por los Servicios Técnicos Municipales, concediendo a los sujetos expropiados un plazo de diez días para su aceptación o rechazo.
  • Una vez rechazada la hoja de aprecio en el término de diez días o transcurrido dicho plazo sin que el particular haya aceptado la valoración municipal, se remitirá copia del expediente administrativo con todos sus antecedentes al Jurado Provincial de ExpropiaciónForzosa para la determinación del justiprecio expropiatorio en vía administrativa.
  • El Jurado Provincial de Expropiación Forzosa emitirá resolución donde se determina el justiprecio en vía administrativa. Dicha resolución es susceptible de recurso ante la jurisdicción competente, en el plazo de dos meses, tanto por parte de la Corporación expropiante como del sujeto expropiado.
    A tal efecto se adoptaran los siguientes trámites:
      *Informe de la Unidad de Proyectos y Valoraciones.
      *Informe Jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Informe de la Asesoría Jurídica.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Gobierno de Zaragoza, interponiendo recurso ante la jurisdicción competente, o en su defecto aceptando la resolución del Jurado Provincial de Expropiación
    Forzosa.
  • Con independencia de lo anterior, habiéndose señalado el justiprecio expropiatorio en vía administrativa por parte del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa. deberán adoptarse los trámites tendentes al pago a cuenta o consignación del justiprecio señalado a tal efecto, debiendo efectuarse los siguientes trámites:
      *Formalización de documento contable RC y remisión para su tramitación a los Servicios de Contabilidad y Fiscalización.
      *Una vez devuelto el documento contable RC, remitir a Intervención General para informe.
      *Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Gobierno de Zaragoza, ordenando el pago del justiprecio expropiatorio señalado por el Jurado Provincial para el caso de que dicha resolución no haya sido recurrida por la Corporación expropiante ni por los sujetos expropiados. Para el caso en que haya sido recurrido por ambas partes el acuerdo será de abono a cuenta hasta el límite en que exista conformidad entre las partes (hoja de aprecio municipal), consignándose el resto del montante del justiprecio en la Caja General de Depósitos, hasta el momento en que se produzca resolución firme de los tribunales competentes.
  • Como quiera que la casuística puede ser muy variada, debe hacerse constar que en caso de que exista recurso ante la jurisdicción competente, el expediente seguirá vivo, en tanto no se produzca sentencia firme por parte de los tribunales competentes, que originara la adopción de los trámites tendentes al pago de las cantidades que queden pendientes hasta completar el justiprecio señalado por la sentencia, todo ello previa evacuación de los siguientes informes:
      *Informe Jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Gobierno de Zaragoza, relativo al abono del justiprecio pendiente.
      *Previamente a ello se remitirá el expediente a la jurisdicción competente, emitiéndose cuantos informes se soliciten por la Sala, en ramo de prueba.
  • Normalmente, como consecuencia de la tardía resolución del expediente administrativo,se habrán generado intereses de demora, tanto en la tramitación del justiprecio como en el pago del mismo, cuyo tramite será posterior al abono del principal, previo los siguientes informes:
      *Informe de Sección Técnica de Expropiaciones relativo al computo de los intereses de demora.
      *Audiencia y vista del montante de los intereses de demora a los sujetos expropiados.
      *Tramitación de documento RC en la forma ya expuesta con anterioridad.
      *Informe de Intervención General acreditando la disponibilidad económica para efectuar el gasto.
      *Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
      *Comisión Técnica de Asesoramiento.
      *Acuerdo del Gobierno de Zaragoza, legitimador de los intereses de demora devengados en el expediente.

4. Ocupación y Pago

En el momento de hacerse efectivo el justiprecio o consignado el señalado por el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa se efectuara la ocupación de la finca expropiada. A tal efecto, una vez adoptado el acuerdo del Gobierno de Zaragoza anteriormente mencionado que legitima el pago o consignación deberán efectuarse los siguientes trámites:

  • Formalización de documentos contables D y O y remisión de los mismos a los Servicios de Fiscalización y Contabilidad para su fiscalización.
  • Una vez devueltos los documentos contables D y O al Negociado de Expropiaciones, se remitirá oficio a Depositaria Municipal solicitando la expedición del talón en favor de los sujetos expropiados.
  • Remitido el talón al Negociado de Expropiaciones se procederá a la citación de los interesados, previa aportación de la documentación acreditativa de su titularidad en relación a los bienes expropiados.
  • Formalización del Acta de Ocupación y Pago por parte de la Jefatura de la Unidad Jurídica de Patrimonio Municipal del Suelo y Expropiaciones.
  • Fijación de fecha para la firma del Acta de Ocupación y Pago ante el Coordinador del Área de Urbanismo.

1 B  Tasación individual. Procedimiento de Urgencia

A. Iniciación

Se inicia generalmente de oficio con informe técnico con definición de las afecciones.

B. Ordenación e Instrucción

1. Declaración de Utilidad Pública o Interés Público.

Idem que Procedimiento Ordinario.

2. Acuerdo de Necesidad de Ocupación
Idem que Procedimiento Ordinario.

3.Formalización de Acta de Ocupación

  • Una vez adoptado acuerdo de necesidad de ocupación se da traslado del mismo a la Diputación General de Aragón, solicitando la declaración de urgencia del proceso expropiatorio, justificando dicha petición, que habrá de ser refrendada por aquella mediante Decreto. Para la obtención de dicho Decreto deberá efectuarse previamente retención de crédito por el importe a que ascenderán las hojas de depósito previos a la ocupación, para lo que será necesaria tramitar el correspondiente documento contable RC y fiscalizarlo.
  • Habiéndose establecido la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio y previo informe jurídico se someterá al Sr. Consejero de Urbanismo a la aprobación de acuerdo para el señalamiento de fecha y hora para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de la finca, momento en el que comparecerán todos y cada uno de los afectados, con sus títulos, haciendo constar los bienes ajenos al suelo existentes en la finca y demás circunstancias que puedan incidir en el procedimiento expropiatorio. Dicho acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Formalizadas las Actas Previas a la Ocupación, se remiten los expedientes a la SecciónTécnica de Expropiaciones para la confección de las hojas de depósito previas a la
    ocupación de la finca donde se recogen los perjuicios derivados de la rápida ocupación de las mismas.
  • Se confeccionarán documentos de retención de crédito contables por el importe a que asciendan las hojas de deposito previas a la ocupación de la finca, que una vez que estén fiscalizados y contabilizados por la Intervención General, y previos informes jurídicos se someterán a aprobación del Consejero de Urbanismo, resolución en el sentido de consignar o abonar dichos importes, con señalamiento de fecha para formalizar para ocupación definitiva de la finca afectada, ofreciéndose el abono de dicha cantidad a los afectados.
  • Formalizadas las Actas de Ocupación definitivas con la comparecencia o no de los sujetos expropiados se dará traslado de las mismas al Negociado de Gestión Exterior, con objeto de posibilitar su inmediata inscripción, a los efectos oportunos en el Registro de la Propiedad, mientras que paralelamente se individualizaran los expedientes
    administrativos en favor de cada uno de los titulares afectados para el inicio de la fase de justiprecio y pago, que a continuación se detallará y que a partir de este momento
    coincidirá con la relativa al procedimiento ordinario de expropiación, si bien del justiprecio definitivo deberán descontarse las cantidades abonadas o consignadas en favor de los expropiados en concepto de hoja de depósito previas a la ocupación.

4. Señalamiento del Justiprecio
Idem que Procedimiento Ordinario.

5. Pago del Justiprecio Expropiatorio
Idem que Procedimiento Ordinario.


C. Terminación

Una vez formalizada el Acta de Ocupación y Pago definitivo deberán adoptarse los siguientes trámites con carácter previo al archivo del expediente:
  *Inscripción del Acta de Ocupación en el Registro de la Propiedad si no se ha realizado
en un momento anterior.
  *Solicitud de número de Inventario al Servicio de Contratación y Patrimonio.
  *Inclusión del expediente administrativo en el Inventario General de Bienes.
  *Adquisición por expropiación.


D. Notificación

Todas las resoluciones que se produzcan a lo largo del expediente administrativo deberán notificarse, en un plazo de tiempo no superior a diez días desde el momento en que se produzca el acto administrativo.

E. Traslados

  • Gerencia Territorial del Catastro de Zaragoza.
  • Servicio de Gestión Tributaria con objeto de que el bien expropiado sea dado de baja a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles.
  • Tesorería Municipal, a los efectos de que se tenga constancia de que se ha producido el pago de la citada expropiación.
  • Servicio de Contratación y Patrimonio acreditando la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de la obra proyectada.
  • Servicio de Inspección Urbanística con objeto de que se efectúen las demoliciones previas necesarias para la ejecución del Proyecto de Obras que trae causa de la expropiación.
  • Traslado del expediente al Inventario General de Bienes de la Corporación para su ingreso en el mismo.

Nota. Durante la tramitación del expediente administrativo, en cualquier momento puede alcanzarse un acuerdo en avenencia con los sujetos expropiados, durante las subfases que integran la fase de instrucción y ordenación del procedimiento, en cuyo supuesto no resultarán necesarios los trámites procedimentales expuestos con posterioridad para dicha fase. En este caso se evacuarán los siguientes informes:

  • Informe Técnico de la Sección de Expropiación y Unidad de Proyectos y Valoraciones.
  •  Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones.
  • Informe de Intervención General, previa tramitación de los documentos contables RC en la forma ya expuesta.
  • Comisión Técnica de Asesoramiento.
  • Acuerdo del Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad.
  • Una vez adoptado acuerdo se continuará en la forma ya expuesta con la fase de ocupación y pago y la terminación del expediente administrativo instruido en favor de los sujetos expropiados.

F. Archivo del Expediente: en el propio Servicio (Inventario del Patrimonio Municipal de Suelo)

 

2. PROCEDIMIENTO DE TASACION CONJUNTA

A. Iniciación

(Idem tasación individual).

B. Ordenación e Instrucción

Idem tasación individual con las siguientes peculiaridades:

Este procedimiento sólo se podrá aplicar para expropiaciones de carácter urbanísticas y sistemáticas

Debe aprobarse una relación de propietarios, bienes y derechos afectados, de acuerdo con los arts. 204 y siguientes del Texto refundido del la Ley Urbanística de Aragón, que compete a Pleno del Ayuntamiento, tras un periodo de información pública de un mesal que se somete por acuerdo del Consejo de Gerencia, recogiendo idénticos informes municipales que en tasación individual.

Requiere los mismos informes técnicos que el procedimiento ordinario de tasación individual y como particularidad, el Proyecto expropiatorio incluye además la valoración pormenorizada de los bienes expropiados, previo informe de la Sección Técnica de Expropiación y Unidad de Proyectos y Valoraciones.

 

3. Pago del justiprecio expropiatorio y ocupación de la finca.

El anterior acuerdo municipal contendrá la hoja de aprecio municipal y esta fase se gestionará de acuerdo con el procedimiento previsto en el Reglamento de Gestión Urbanística estatal de 1976.

Así, aunque exista oposición del sujeto expropiado en cuanto a la valoración, ello no impide formalizar el acta de Ocupación definitiva, previa citación, abonando o consignando la hoja de aprecio municipal.

Manifestada la oposición el expediente se remite al Jurado Provincial de Expropiación Forzosa, y cabrá frente a dicho acuerdo recurso jurisdiccional.

El resto del proceso es idéntico al procedimiento ordinario de tasación individual.

Flujograma

ADQUISICIÓN POR EXPROPIACIÓN
PROCEDIMIENTO ORDINARIO Y URGENTE (X
204)

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Nª entrada/Registro/Nº Expediente
Nª entrada/Registro/Nº Expediente<br>
Notificación y traslados
Notificación y traslados<br>
Archivo
del expediente
Archivo<br>del expediente<br>
23520
23520
23515
23515
Inicio
Inicio
GUÍA DE PROCEDIMIENTOS DE URBANISMO
Última actualización: 31/01/2016
GUÍA DE PROCEDIMIENTOS DE URBANISMO<br>Última actualización: 31/01/2016<br>
23515
23515
Chequeo documentación presentada
Chequeo documentación presentada<br>
10400
10400
Servicio de Administración de Suelo y Vivienda
Servicio de Administración de Suelo y Vivienda <br>
Presencial (SIAC)
Presencial (SIAC)<br>
Oficio
Oficio
Formulario/Instancia y documentación
Formulario/Instancia y documentación<br>
23310
23310
23510
23510
23515
23515
Unidad Jurídica de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones
Unidad Jurídica de Patrimonio Municipal de Suelo y Expropiaciones<br>
Informe técnico de la Sección Técnica de Expropiación
Informe técnico de la Sección Técnica de Expropiación<br>
23536
23536
Informes técnicos de otros Servicios municipales
Informes técnicos de otros Servicios municipales<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
10510
10510
Aprobación inicial
ACUERDO DE NECESIDAD DE OCUPACIÓN
Consejo de Gerencia
Aprobación inicial<br>ACUERDO DE NECESIDAD DE OCUPACIÓN<br>Consejo de Gerencia<br>
¿ Alegaciones?
¿ Alegaciones?<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Aprobación definitiva
ACUERDO DE NECESIDAD DE OCUPACIÓN
Ayuntamiento Pleno
Aprobación definitiva<br>ACUERDO DE NECESIDAD DE OCUPACIÓN<br>Ayuntamiento Pleno<br>
Publicación
Publicación
Publicación
Publicación
Inicio de expediente expropiatorio, tantos expedientes administrativos individualizados como sujetos expropiados afectados
Inicio de expediente expropiatorio, tantos expedientes administrativos individualizados como sujetos expropiados afectados<br>
Propuesta de avenencia
Propuesta de avenencia<br>
Informe técnico de la Sección  Técnica de Expropiación
y Unidad  Técnica de Proyectos y Valoraciones
Informe técnico de la Sección&nbsp; Técnica de Expropiación <br>y Unidad&nbsp; Técnica de Proyectos y Valoraciones<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Resolución terminando fase de avenencia del Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad
Resolución terminando fase de avenencia del Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad <br>
EN PROCEDIMIENTO DE URGENCIA:  Resolución del Consejero de Urbanismo señalando fecha de formalización de actas
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Publicación
Publicación
Hojas de depósito
Hojas de depósito<br>
Actas de ocupación definitiva por Consejero de Urbanismo
Actas de ocupación definitiva por Consejero de Urbanismo <br>
Inscripción
Registro de la Propiedad
Inscripción <br>Registro de la Propiedad<br>
10400
10400
Adquisición por expropiación
Adquisición por expropiación<br>
Hojas de aprecio de los expropiados (20 días)
Hojas de aprecio de los expropiados (20 días)<br>
Informe técnico  con hoja de aprecio de la Sección de Expropiación y Unidad de Proyectos de Valoraciones
Informe técnico&nbsp; con hoja de aprecio de la Sección de Expropiación y Unidad de Proyectos de Valoraciones<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Resolución con hoja de aprecio
del Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad
Resolución con hoja de aprecio <br>del Coordinador de Urbanismo y Sostenibilidad <br>
Jurado Provincial de Expropiación Forzosa
Jurado Provincial de Expropiación Forzosa<br>
Resolución determinando el justiprecio
Resolución determinando el justiprecio<br>
Pago del justiprecio señalado
Pago del justiprecio señalado<br>
Trámite interposición de Recurso
Trámite interposición de Recurso
Servicio de Fiscalización y Contabilidad
Servicio de Fiscalización y Contabilidad<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal del Suelo<br>
Acta de Ocupación y Pago
Acta de Ocupación y Pago<br>
Inscripción del Acta de Ocupación en el Registro de la Propiedad
Inscripción del Acta de Ocupación en el Registro de la Propiedad<br>
Inclusión del expediente administrativo en el Inventario General de Bienes
Inclusión del expediente administrativo en el Inventario General de Bienes<br>
No
No
Si
Si
Informe técnico
Informe técnico<br>
(Sigue )
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(Sigue )
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23515
23515
( Sigue )
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Adquisición por expropiación
Adquisición por expropiación<br>
23515
23515
20310
20310
26003
26003
26003
26003
23515
23515
23515
23515
23535
23536
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Informe Unidad de Proyectos y Valoraciones
Informe Unidad de Proyectos y Valoraciones<br>
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo<br>
Informe de la Asesoría Jurídica
Informe de la Asesoría Jurídica<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Acuerdo del Consejo de Gerencia
Acuerdo del Consejo de Gerencia<br>
Formalización documento RC y
remisión a Contabilidad y Fiscalización
Formalización documento RC y<br>remisión a Contabilidad y Fiscalización<br>
Informe de Intervención General
Informe de Intervención General<br>
 Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo
&nbsp;Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Acuerdo del Gobierno de Zaragoza
ordenando el pago
Acuerdo del Gobierno de Zaragoza<br>ordenando el pago<br>
10522
10522
10510
10510
20204
20204
23535
23535
23515
23515
20310
20310
20300
20300
23515
23515
¿ Hay  recursos  (Ayuntamiento o particular?
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Acuerdo del Gobierno de Zaragoza
ordenando el pago del justiprecio
señalado por el Jurado Provincial
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Acuerdo del Gobierno de Zaragoza
ordenando el pago del justiprecio
hasta límite conformidad (hoja de aprecio)
[Not supported by viewer]
No
No
Remisión del expediente a la jurisdicción
competente, emitiéndose los informes que solicite la Sala en ramo de prueba
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El expediente seguirá vivo hasta que se produzca sentencia por tribunal, siguiendo los trámites para completar el justiprecio señalados en la sentencia.
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Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo
Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo<br>
23515
23515
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Acuerdo del Consejo de Gerencia
ordenando pago justiprecio pendiente
Acuerdo del Consejo de Gerencia<br>ordenando pago justiprecio pendiente<br>
10510
10510
10522
10522
10522
10522
¿ Se generan
intereses de demora?
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 Informe de la Sección Técnica de Expropiaciones
&nbsp;Informe de la Sección Técnica de Expropiaciones<br>
Audiencia y vista a sujetos expropiados
Audiencia y vista a sujetos expropiados<br>
Informe de Intervención General
acreditando disponibilidad económica
Informe de Intervención General<br>acreditando disponibilidad económica<br>
 Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo
&nbsp;Informe jurídico de la Unidad de Patrimonio Municipal de Suelo<br>
Comisión Técnica de Asesoramiento
Comisión Técnica de Asesoramiento<br>
Acuerdo del Gobierno de Zaragoza
legitimador del intereses  de demora
Acuerdo del Gobierno de Zaragoza<br>legitimador del intereses&nbsp; de demora<br>
20300
20300
10522
10522
23515
23515
23536
23536
No
No
23536
23536